Ley de Emprendedores. Tipos de Visados de Residencia para Emprendedores, Actividad Empresarial y Profesionales Altamente Cualificados.

Ley de Emprendedores. Tipos de Visados de Residencia para Emprendedore

Uno de los puntos que intenta fomentar esta Ley es la agilización de la tramitación de los visados, estableciendo, como regla general, un plazo de resolución de diez días para todos los visados que se encuentran incluidos en esta ley.

En una entrada anterior vimos cuales eran los requisitos que se debían cumplir para su tramitación. Pues bien, en esta ocasión, vamos a continuar con el análisis de cuáles son los distintos tipos de Visados de Residencia a los que se refiere esta Disposición normativa. Son los siguientes:

Visado de Residencia para Emprendedores y Actividad Empresarial.

En esta tipología de Visado de Residencia podemos incluir a aquellos inversores que presenten un Proyecto de tipo empresarial que vaya a ser desarrollado en territorio español y que tenga la consideración y acreditación de ser de interés general. Además, también se encontrarán englobados en este tipo de Permisos, aquellas personas que tengan la previsión de entrar y permanecer en España por un periodo de un año, con la finalidad principal o única de llevar a término la tramitación previa para poder realizar el desarrollo de una actividad de tipo emprendedor.

A pesar de que se engloban dentro del mismo tipo de Visado, debemos hacer ciertas distinciones: en el primer supuesto, el Interesado deberá un Informe que sea favorable emitido por la Oficina Comercial correspondiente al ámbito de demarcación geográfica en la cual el Inversor presente la Solicitud del Visado, en aras de constatar que el Proyecto Empresarial presentado cumple con los requisitos para que sea considerado de interés general.

Debemos tomar en consideración que será admisible que se haga una inversión de capital que sea importante en el supuesto de que quien la lleve a cabo sea una Persona Jurídica, la cual se encuentre domiciliada fuera de España, siempre y cuando no sea en un territorio que tenga la consideración de Paraíso Fiscal de acuerdo a lo que dispone la normativa española a este respecto, y siempre y cuando el ciudadano extranjero ostente, de forma directa o indirecta, la mayoría de los derechos de voto, así como disponga de la potestad de nombramiento o destitución respecto de la mayoría de los miembros de su Órgano de Administración.

Por lo que respecta a los Emprendedores, se considerará como actividad de tipo emprendedor aquella que destaque por su carácter innovador con especial interés para España y, a este respecto, disponga de un Informe de carácter favorable emitido por la Oficina Comercial donde el Inversor haya realizado la presentación de la Solicitud de Visado.

Visado de Residencia para Profesionales Altamente Cualificados.

Para realizar la tramitación de la Solicitud de este Visado, se requerirá que sea la propia Empresa quien lleve a cabo esta cuestión previamente en España mediante la petición de una Autorización de Residencia para Profesionales Altamente Cualificados, lo cual deberá efectuarse ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, dependiendo su concesión de la Dirección General de Migraciones.

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