Jueves, 18 de Abril de 2024
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La CE elimina IVA y aranceles a la importación de equipos médicos de terceros

La CE elimina IVA y aranceles a la importación de equipos médicos de terceros

La Comisión Europea (CE) decidió este viernes aprobar la petición de los Estados miembros y del Reino Unido de eliminar temporalmente los derechos de aduana y el IVA en la importación de dispositivos médicos y equipos de protección procedentes de terceros países, durante la crisis del coronavirus.

Se aplicará por un periodo de seis meses con la posibilidad de prolongarlo y tendrá un efecto retroactivo desde el 30 de enero.

La CE explicó en un comunicado que esta decisión facilitará a nivel financiero la adquisición de equipos médicos «que doctores, enfermeras y pacientes necesitan desesperadamente». La medida incluye las mascarillas y equipos de protección así como los test de diagnóstico, respiradores y otros dispositivos médicos.

«Durante esta emergencia es vital que los equipos y dispositivos médicos lleguen rápido donde sean necesarios. Eliminando los derechos de aduana y el IVA sobre la importación de estos productos desde fuera de la (Unión Europea) UE, la Comisión Europea ayudará a que esos artículos sean más accesibles«, indicó el comisario europeo de Economía, Paolo Gentiloni.

En un vídeo en su cuenta de Twitter, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, especificó que, por ejemplo, algunas mascarillas protectoras procedentes de China están gravadas con un arancel del 12 % y un impuesto sobre el valor añadido (IVA) del 22 %, por lo que la eliminación de estos dos impuestos rebajará su precio en un tercio. Para respiradores, añadió, el tipo de IVA medio se halla en el 20 %.

El pasado 20 de marzo, la CE invitó a todos los Estados miembros, así como al Reino Unido, a enviar peticiones para suprimir los aranceles y el IVA de estos productos importados desde fuera de la Unión, y así lo hicieron todos ellos.

La legislación comunitaria sobre aduanas contempla la posibilidad de conceder un alivio arancelario «en beneficio de víctimas de desastres», y puede aplicarse a las importaciones de organizaciones estatales o de caridad y filantrópicas. Para ello, es necesaria una decisión de la Comisión, que debe actuar en respuesta a la petición del Estado miembro concernido.

De forma parecida, la legislación europea sobre IVA prevé la exención de ese impuesto en la importación final de ciertos productos, recordó Bruselas.

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