Dos años de paro como máximo, según el SEPE
El SEPE confirma que la prestación por paro podrá ascender a los dos años, dependiendo de la cotización de cada persona.
El mes de marzo dejó unos datos muy bueno con una reducción de la tasa de paro, según el Ministerio de Trabajo y Economía Social, de 22.934 desempleados respecto al mes anterior, lo que supone una caída del 0,9%. Todo indica que serán unos datos que seguirán mejorando debido a la temporada alta en la que entramos. Aún así los empleos tienen cierto desconocimiento sobre cómo funciona el servicio de prestaciones por desempleo una vez finalizados los contratos de temporada. Este sistema en España se organiza a partir de distintos intervalos de cotización. Es decir, la duración de la prestación no se determina de manera estrictamente proporcional al tiempo exacto trabajado, sino a través de tramos previamente fijados que marcan cuántos días de paro corresponden.
¿Cuándo y cuánta cantidad se percibe?
Así, por ejemplo, quienes han cotizado entre 360 y 539 días tienen derecho a 120 días de prestación, mientras que aquellos que acumulan entre 720 y 899 días pueden percibirla durante 240 días. Desde los 1.080 días cotizados y hasta los 1.259, la cobertura asciende a 360 días, casi un año completo, y a medida que aumenta el periodo cotizado también lo hace la duración de la ayuda, hasta alcanzar el límite máximo previsto por la normativa. Este modelo pretende facilitar el reconocimiento de los derechos y homogeneizar el acceso a las prestaciones.
No obstante, el límite máximo del sistema se alcanza a partir de 2.160 días cotizados, que dan derecho a 720 días de prestación, es decir, dos años de paro. Desde ese umbral, aunque el trabajador siga sumando cotizaciones, la duración de la ayuda ya no aumenta. El modelo fija, por tanto, un techo que no puede rebasarse, con independencia de los años trabajados después. Este límite responde a un criterio de equilibrio financiero y de proporcionalidad en la cobertura por desempleo.
Qué ocurre con las cotizaciones que sobran
En este contexto, una de las cuestiones clave del sistema es el destino de las cotizaciones excedentes. Cuando se reconoce el derecho a la prestación dentro de un tramo determinado, los días adicionales que no permiten alcanzar el siguiente escalón no se conservan ni se añaden a futuras solicitudes. En la práctica, esto supone que una parte del esfuerzo contributivo no siempre se traduce en más tiempo de paro, una singularidad que suele generar dudas entre los trabajadores y que pone de relieve la conveniencia de entender bien el funcionamiento del sistema antes de pedir la prestación. Además, únicamente se computan las cotizaciones no consumidas correspondientes a los últimos seis años.










