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La seguridad social permitirá jubilarse 10 años antes sin recortes

Los trabajadores con una discapacidad igual o superior al 45% vinculada a nuevas patologías podrán acceder a la jubilación anticipada desde los 56 años

La seguridad social permitirá jubilarse 10 años antes sin recortes
Publicado a 26/05/2026 9:30

La Seguridad Social ha confirmado una de las modificaciones más relevantes de los últimos años en materia de jubilación anticipada. El Gobierno ampliará el listado de enfermedades que permiten acceder a una retirada laboral antes de la edad ordinaria y, en determinados casos, hacerlo hasta 10 años antes sin recortes en la pensión.

La medida afecta especialmente a trabajadores con discapacidad reconocida igual o superior al 45%, vinculada a determinadas patologías que dificultan el desarrollo de una actividad laboral prolongada. Con este cambio, el Ejecutivo busca adaptar el sistema de pensiones a situaciones de especial vulnerabilidad y reducir el impacto que determinadas enfermedades degenerativas tienen sobre la vida profesional.

Qué trabajadores podrán jubilarse antes

La reforma no modifica la edad ordinaria de jubilación en España, pero sí amplía los supuestos en los que algunos trabajadores podrán acceder a una jubilación anticipada sin penalización económica.

Para acogerse a esta modalidad será necesario cumplir varios requisitos:

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  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 45%.
  • Que dicha discapacidad esté asociada a alguna de las patologías incluidas en la normativa.
  • Haber cotizado al menos 15 años durante la vida laboral.
  • Acreditar que durante un mínimo de cinco años se ha convivido con esa discapacidad.
  • Estar dado de alta o en situación asimilada al alta en el momento de solicitar la jubilación.

La principal novedad es que el tiempo adelantado respecto a la edad legal se computará como cotizado, lo que permitirá cobrar el 100% de la pensión correspondiente.

Jubilación a los 56 años: así funciona el nuevo sistema

Uno de los aspectos que más interés ha despertado es la posibilidad de jubilarse a los 56 años en determinados supuestos. Esto supone un adelanto de hasta una década respecto a la edad ordinaria actual, situada progresivamente entre los 65 y los 67 años.

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A diferencia de otras modalidades de jubilación anticipada, esta fórmula no aplicará coeficientes reductores sobre la pensión. Es decir, quienes cumplan las condiciones exigidas no sufrirán recortes en la cuantía mensual que perciban.

Desde el ámbito económico y laboral, esta medida responde a una realidad demográfica y sanitaria cada vez más visible: no todos los trabajadores llegan en igualdad de condiciones al final de su carrera profesional, especialmente aquellos afectados por enfermedades crónicas o degenerativas.

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Las nuevas enfermedades incluidas por la Seguridad Social

La ampliación del catálogo de patologías es el elemento central de la reforma. La Seguridad Social incorporará 11 nuevas enfermedades al listado oficial que permite acceder a esta jubilación anticipada.

Entre las patologías incluidas destacan: párkinson, enfermedad de Huntington, lesiones medulares traumáticas, atrofia multisistémica, degeneración corticobasal, espina bífida, esclerosis sistémica e insuficiencia renal crónica avanzada.

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Se trata de enfermedades que, en muchos casos, generan un deterioro progresivo y limitan la capacidad para mantener una actividad laboral estable durante largos periodos.

Cuántas personas podrán beneficiarse

Según las estimaciones manejadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la medida podría beneficiar a cerca de 50.000 personas en España.

Aunque no supone una reforma estructural del sistema de pensiones, sí representa un cambio relevante desde el punto de vista social y laboral. El objetivo del Ejecutivo pasa por introducir mayor flexibilidad y equidad en situaciones especialmente complejas.

Además, la medida llega en un contexto marcado por el envejecimiento de la población y la presión creciente sobre el sistema público de pensiones, especialmente ante la futura jubilación masiva de la generación del baby boom.

Otros casos de jubilación anticipada en España

Actualmente, la legislación española ya contempla otros supuestos de jubilación anticipada para determinados colectivos.

Entre ellos destacan:

  • Personas con discapacidad igual o superior al 65%.
  • Profesiones consideradas especialmente penosas o peligrosas, como bomberos, policías locales o trabajadores del mar.
  • Trabajadores con largas carreras de cotización que acceden a jubilación anticipada voluntaria o involuntaria.

Sin embargo, en muchos de estos casos sí existen penalizaciones económicas sobre la pensión final. La diferencia de la nueva medida radica precisamente en eliminar esos recortes para trabajadores afectados por patologías graves y acreditadas oficialmente.

Impacto económico y laboral de la medida

Expertos en empleo y previsión social consideran que esta ampliación tendrá un impacto limitado sobre las cuentas públicas, debido al número reducido de beneficiarios en comparación con el conjunto del sistema.

No obstante, sí abre el debate sobre la sostenibilidad futura de las pensiones y la necesidad de adaptar las políticas laborales a una población cada vez más envejecida y con mayores índices de enfermedades crónicas.

En paralelo, España afronta otro gran desafío demográfico: la necesidad de incorporar miles de trabajadores durante la próxima década para compensar las jubilaciones masivas previstas hasta 2031.

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