Viernes, 19 de Abril de 2024
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El Consell aprobará hoy las ayudas de 150 euros a los afectados por un ERTE del 100%

El Consell aprobará hoy las ayudas de 150 euros a los afectados por un ERTE del 100%

Según ha podido saber este medio, el pleno del Consell aprobará hoy el decreto con las bases reguladoras de las ayudas de 150 euros para las personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), como consecuencia de la crisis de la COVID-19.

El decreto finalmente estará firmado por el Conseller de Economia, Rafa Climent, ya que los recursos partirán de esta conselleria, a pesar de que será la Agencia Tributaria Valenciana, dependiente de la conselleria de Hacienda, la encargada de tramitar y gestionar las ayudas.

Según las fuentes consultadas, podrán ser beneficiarias las personas que reúnan los siguientes requisitos:

Deben ser trabajadoras por cuenta ajena, cuyos centros de trabajo se localicen en la Comunitat Valenciana y cuyo contrato de trabajo haya sido suspendido temporalmente, de forma total, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor relacionadas con la COVID-19.

Es decir, quedan incluidas distintas modalidades, pero solo afectará a aquellos trabajadores, cuya reducción de jornada en el ERTE sea del 100%, cualquier otro porcentaje de reducción no podrá ser considerado para la obención de las ayudas.

Además, el ERTE que les afecte debe haber sido solicitado entre el 14 de marzo y el 30 de abril de este año, ambos inclusive, y ya debe haber sido aprobado, ya sea de forma expresa o por silencio administrativo, como se están produciendo algunas aprobaciones.

Asimismo, el trabajador tendrá que estar registrado en el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Labora) a consecuencia del ERTE.

En este sentido, el decreto que previsiblemente se apruebe hoy, según las fuentes consultadas, establece que las ayudas se concederán a las rentas más bajas: se priorizará a los beneficiarios en función de su base de cotización hasta que se agote el importe global dispuesto por la Conselleria de Economía para estas ayudas que es de 30 millones de euros.

En el caso de que existiesen varias personas con idéntica base de cotización tendrá prioridad la de mayor edad.

Posiblemente, el pago de las ayudas se realice mediante transferencia a la cuenta bancaria que los trabajadores facilitaran en su momento al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuando se tramitó el ERTE.

En principio, cabe esperar que estas ayudas sean compatibles con otras subvenciones o ayudas para la paliar esta crisis, y que procedan de otras Administraciones, como Ayuntamientos o Diputaciones; e incluso de entes privados, como Fundaciones.

¿Cómo deben solicitarse?

Por lo que hemos podido saber, estas ayudas de 150 euros por persona se concederán de forma directa, es decir, no deben solicitarse, se concederán a todas las personas trabajadoras en las que concurran los requisitos hasta agotar el importe asignado por el Consell.

Por tanto, no procede una convocatoria pública. El procedimiento se impulsará de oficio.

el 84% de los ERTE

Conseller de Economia, Rafa Climent

Aunque compete a la conselleria de Economia resolver la concesión de las ayudas, como decimos, será la Agència Tributaria Valenciana (ATV) la encargada de tramitar y gestionar las ayudas.

Previsiblemente, se cree una comisión en el seno de la ATV, que recabará de la Dirección General de Trabajo, de Labora y del SEPE la información necesaria para decidir a quiénes se deben otorgar las ayudas.

Como ocurre en otros procedimientos similares, sería dicha comisión la que confeccionará la lista de personas beneficiarias y elevaría la propuesta de resolución al conseller de Economía, que en este caso sería el encargado de firmala.

Según los datos recabados, el plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del decreto.

Como otras resoluciones, se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat y la relación de las personas beneficiarias en la página web de la Generalitat (www.gva.es), en este caso en la información que afecta a la Conselleria de Economía, al tratarse de su competencia.

Ante este tipo de resoluciones, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Por otra parte, como en otras convocatorias, los beneficiarios tendrán que comunicar el cambio de las condiciones por las cuales han tenido acceso a estas ayudas, como por ejemplo el hecho de que se declarase nulo el ERTE que presentó su empresa, y en su caso, si la Agencia Tributaria Valenciana lo estimara oportuno, proceder al reintegro de los fondos percibidos.

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