7 Pasos para crear una sociedad mercantil

7 Pasos para crear una sociedad mercantil

Pero antes de nada debemos evaluar el coste y la necesidad de la creación de una sociedad, ya que se trata de valorar la mejor opción para nosotros, puesto que lo que elijamos ahora nos puede condicionar en un futuro. Por lo tanto, es aconsejable buscar el asesoramiento de un especialista en temas fiscales y mercantiles que nos pueda dar una visión de las ventajas y los inconvenientes de cada opción.

Buscar asesoramiento

Aunque pueda parecer repetitivo es fundamental buscar un buen asesor tanto fiscal como mercantil que sepa aconsejarnos sobre si es mejor constituir una sociedad o trabajar como autónomos, qué tipo de sociedad es mejor constituir (S.A., SL. etc.), qué pasos debemos seguir, cuál es el coste y cuánto tiempo se tarda en constituir.

Solicitar la denominación social

El primer paso para constituir una sociedad mercantil es acudir al Registro Mercantil y solicitar un certificado negativo de la denominación social. De esa forma podremos saber si el nombre que elijamos para nuestra sociedad ya ha sido utilizado o no. Es recomendable solicitar al menos 3 denominaciones sociales distintas para no perder tiempo si la primera ya está ocupada.

Crear una cuenta a nombre de la sociedad

El segundo paso a la hora de crear la sociedad es crear una cuenta bancaria y que el banco emita un certificado. Debemos cotejar según los casos si es necesario depositar el capital mínimo dependiente de cada tipo de sociedad.

Elaborar los estatutos sociales

Los estatutos sociales son las normas básicas que van a regir la sociedad y contienen aspectos como: la denominación social, el domicilio social, el número CIF, el capital social, los socios iniciales, la forma de administración (Consejo de administración, administrador único, administradores solidarios o mancomunados etc.), objeto social, régimen de transmisión de las acciones o participaciones etc.

Hacer un pacto de socios

El pacto de socios es un documento que se formaliza por parte de los socios y que no consta en la escritura de constitución ni en los estatutos. Se trata de regular la participación de cada uno, lo que aporta a la sociedad, la forma de remuneración de cada uno, las especialidades en caso de transmisión de las acciones o participaciones etc.

Otorgar la escritura de constitución de la sociedad

Una vez que hayamos realizado todas las tareas anteriores podremos acudir al Notario para firmar la escritura de constitución. Antes de eso deberemos asegurarnos con la Notaría que otorgue la escritura si tienen toda la documentación necesaria o falta algún documento. En cuanto al Notario, de forma previa también podemos consultarle todas las dudas que tengamos y averiguar el coste de la escritura de constitución de la sociedad.

Liquidar el impuesto de AJD e inscribir la sociedad en el Registro Mercantil

El siguiente paso va a ser realizar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda que corresponda a la Comunidad Autónoma de que se trate.

Finalmente inscribiremos la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia donde se haya fijado el domicilio social. Una vez inscrita la sociedad podemos retirar el NIF definitivo en el plazo de 6 meses. Debemos tener en cuenta que la sociedad no adquiere personalidad jurídica hasta que no esté registrada.

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