Sábado, 20 de Abril de 2024
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La Agencia Tributaria facilita la declaración de la compraventa de valores y acciones

La Agencia Tributaria facilita la declaración de la compraventa de valores y acciones

La presente campaña cuenta con novedades y mejoras en Renta WEB, el servicio para la tramitación del borrador o declaración de Renta, entre ellas, la herramienta cartera de valores (CV).

«Esta herramienta existía ya en años anteriores, pero simplemente como un módulo de cálculo externo que requería la incorporación, por parte del contribuyente, de todos los datos necesarios para la determinación de las rentas a incluir en la declaración. La nueva herramienta supone un salto cualitativo en facilidades para el contribuyente», ha explicado Manuel J. Cabrera, Delegado Especial AEAT Valencia.

Así, permite visualizar directamente la composición de la cartera a 1 de enero del año de devengo del impuesto (para esta campaña, 2018) y las operaciones del ejercicio, y también volcar todas las rentas generadas por la venta de acciones cotizadas, facilitando la declaración de las plusvalías y minusvalías.

A su vez, los datos que sí tendrá que seguir incorporando el contribuyente, concretamente los precios históricos de adquisición de sus acciones, en próximos años esa información quedará ya grabada y el cálculo de las plusvalías y minusvalías será a futuro prácticamente automático.

Por tanto, si el contribuyente ha efectuado operaciones de valores durante 2018, figurará un enlace a cartera de valores  en el resumen de resultados y en el apartado del modelo de declaración “Ganancias y Pérdidas Patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas” (G2).

Entrando en CV se visualizan las diferentes acciones con un código de colores que indica:
• En rojo si es necesario incorporar un precio histórico de compra
• En amarillo si se debe revisar la información de la cartera
• En verde si la información disponible permite casar las posiciones de inicio y final del año con las operaciones del ejercicio

Una vez actualizada la cartera, los resultados se sincronizan automáticamente en Renta WEB.

Otras novedades normativas a tener muy en cuenta en esta campaña de la Renta:

1) Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

2) Gastos deducibles en actividades económicas por la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
• Suministros (luz, agua…) de vivienda parcialmente afecta a la actividad económica

• Gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad económica

3) Ampliación cheques familiares
Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad

Deducción por exceso de número de hijos en familias numerosas

– Con 3 hijos se es familia numerosa general (deducción ya existente 1.200€).

– Ahora, como novedad, con el cuarto hijo se cobrarán 600€ adicionales, llegando a 1.800.

– Con el quinto hijo se pasa a ser familia numerosa especial y la deducción es la preexistente, 2.400€.

– Ahora, como novedad, a partir del sexto hijo y sucesivos se cobrarán 600€ adicionales por cada uno de ellos.

4) Deducción por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados (hasta 1.000€).

5) Exención de las prestaciones por maternidad / paternidad. Cabe recordar, asimismo, que todavía es posible solicitar la devolución del IRPF vinculado con los permisos de maternidad y paternidad de los hijos nacidos desde 2014, en este caso a través de la propia web de la Agencia Tributaria.

6) Incremento del importe exento del gravamen especial sobre premios de determinadas loterías

7) Incremento del importe exento por becas al estudio y formación de investigadores

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