Viernes, 26 de Abril de 2024
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Valencia exige al Gobierno que compense la devolución de plusvalías cobradas indebidamente

El ayuntamiento de Valencia ha anunciado que no cobrará las plusvalías cuando no se produzcan, acatando la sentencia del Tribunal Constitucional. Según ha declarado el concejal de Hacienda, Ramón Vilar, el ayuntamiento de Valencia exigirá al Estado que compense los posibles perjuicios económicos que pudieran afectar a las arcas municipales por aplicar la sentencia que el Tribunal Constitucional ha emitido.

El presupuesto municipal de este año prevé un montante de 35 millones de euros de ingresos por este impuesto. “El Ministerio no ha cumplido con su responsabilidad de adaptar la norma la situación de crisis que hemos padecido, en la que el precio de los terrenos, en lugar de aumentar, ha decrecido”, ha denunciado el alcalde, Joan Ribó.

residencial céntricaVilar ha reiterado que el ayuntamiento ha cumplido la ley, por tanto, no es responsable de que la legislación estatal no sea constitucional.

“Por tanto –ha anunciado- nosotros devolveremos lo que tengamos que devolver, si se da el caso, pero pediremos una compensación al Estado por mantener una ley no constitucional. Vamos a exigir que el Gobierno promueva las iniciativas legislativas para adaptar este impuesto a la realidad y a la Constitución; ya que no hemos de asumir una responsabilidad que no es nuestra”.

Vilar ha recordado que el Impuesto de Plusvalías se refiere únicamente al valor del suelo urbano; es decir, que se paga en función del incremento del valor del suelo sobre la vivienda, no sobre el incremento del valor de la vivienda en sí. Por eso, ha añadido, la sentencia del Tribunal no implica que se vaya a devolver la plusvalía a todo aquel que la haya pagado, sino que únicamente sería en los casos que corresponda (es decir, que no haya habido incremento del valor del suelo) y con las pertinentes justificaciones.

El Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha acordado declarar la inconstitucional y nulidad de los arts. 107.1, 107.2a) y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El Tribunal considera que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, “sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo”.

El Pleno explica que el objetivo del impuesto regulado por la norma estatal ahora cuestionada es el incremento del valor que pudiera haber experimentado los terrenos durante un determinado intervalo de tiempo; sin embargo el gravamen no se vincula necesariamente a la existencia de ese incremento, sino “a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo computable entre uno (mínimo) y veinte años (máximo)”. Esta circunstancia impide al ciudadano a contribuir de acuerdo a su capacidad económica. Por ello el Tribunal la declara la inconstitucionalidad y nulidad de dichos artículos.

Es el turno ahora del legislador, en su libertad de configuración normativa, ha de llevar a cabo “las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto
que permitan arbitrar el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos urbana”.

La sentencia hace prever una avalancha de solicitudes de devolución del impuesto, ya que según varios despachos de abogados se puede solicitar incluso con intereses de demora en el caso de que no hayan prescrito.

En aquellos municipios, como por ejemplo Torrent, Puzol o Mislata, cuyos valores catastrales se aprobaron en 2007 con efectos 2008, precisamente en el momento de mayor valor del sector inmobiliario, verán considerablemente afectados sus ingresos. Sin embargo, en la ciudad de Valencia, el impacto será mucho menor por cuanto sus valorescatastrales no han sido actualizados desde 1998, según informa Estellés Abogados.

86.000 afectados en la Comunidad Valenciana

Por otro lado, informa reclamador.com, la devolución solo se producirá a instancia del contribuyente, ya que los ayuntamientos no realizarán la devolución de oficio. Según esta web de reclamaciones, los afectados en la Comunidad Valenciana ascenderían a 86.600, con una media a devolver de 4.500 euros. La provincia más afectada sería Alicante, con 47.500 afectados y un monto total de 230 millones de euros. 

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