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El juicio oral contra la excúpula directiva de Ruralcaja (Cajamar) ya tiene fecha

Redacción E3
Publicado a 13/10/2015 10:26

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha fijado para el próximo día 13 de enero de 2016 el comienzo de las sesiones del juicio oral contra la excúpula de Ruralcaja (entidad actualmente integrada en Cajamar Caja Rural) por un delito de apropiación indebida en concurso con un delito de insolvencia punible por el trasvase de 3 millones de euros que la entidad bancaria ordenó entre dos mercantiles del mismo grupo para poder satisfacer parte de una deuda.

La resolución judicial de la Sala cita a todos los acusados, testigos y peritos para ese día.

El juicio oral contra la excúpula directiva de Ruralcaja (Cajamar) ya tiene fecha
Eduardo Ferrer

Eduardo Ferrer

El Ministerio Fiscal solicita al expresidente de Ruralcaja, Eduardo Ferrer, al exvicepresidente José Montoliu, al ex director general de la entidad, Juan José Arrieta, José Virgilio Garzón, director de la sucursal que concedió el préstamo y al legal representante de Cosesa y Afrepark, Pascual Serrano, un total de 4 años y seis meses de cárcel por el delito de apropiación indebida en concurso con un delito de insolvencia punible, una multa de 11 meses con una cuota diaria de 50 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, la inhabilitación especial  para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, al pago de las costas procesales y al pago de las responsabilidad civil a los denunciantes afectados por los delitos.

La acusación particular que representa a los denunciantes perjudicados por su parte pide penas de 17 años para todos los imputados por los presuntos delitos de apropiación indebida, delitos contra la Hacienda Pública e insolvencia punible.

 

Juan José Arrieta

Juan José Arrieta

Antecedentes

La causa se remonta a 2007 cuando un grupo de personas firmaron un contrato de compra con la empresa Afrepark, propiedad de la empresa Cosesa , para adquirir una plaza de garaje que nunca se construyó por los siguientes motivos:

Afrepark era una sociedad con un único inmueble destacable: un solar en una de las calles más concurridas y céntricas de Valencia (calle Jesús/calle Albacete). En junio de 2007, la mercantil Cosesa decide comprar Afrepark y para ello llega a un acuerdo con Ruralcaja mediante el cual recibiría una póliza de crédito por valor de 7 millones de euros. Para hacerlo efectivo, Ruralcaja puso dos condiciones: que la mitad del crédito fuera devuelto en los próximos meses y que el restante se convirtiera en una hipoteca sobre los bienes de Afrepark.

Tal y como estaba previsto, en julio de 2007 la empresa Cosesa adquiere la totalidad de las participaciones sociales de la empresa Afrepark encargada de construir el parking.

De la misma manera, en enero de 2008 Ruralcaja concede un préstamo de 7 millones de euros a Afrepark, 3,9 de los cuales fueron abonados a la entidad bancaria, quedando pendientes de devolver 3 milllones de euros.

En abril de ese mismo año Cosesa presentó concurso de acreedores, una situación que fue comunicada inmediatamente a la cúpula de Ruralcaja  que decidió, de forma unilateral y en una reunión interna, ordenar la transferencia de los 3 millones de euros que se encontraban en la cuenta de Afrepark para la construcción de un parking, a la cuenta que Cosesa tenía en la misma entidad bancaria con el fin de aminorar su deuda.

Como consecuencia, Afrepark quedó en situación de descapitalización, práctica insolvencia y sin posibilidad de continuar la promoción del aparcamiento. Lo que provocó a su vez, que Afrepark se declarará también en concurso de acreedores, provocando un gran perjuicio económico para todos los compradores que perdieron el dinero entregado, que no recibieron el aparcamiento pagado y que se vieron relegados a meros acreedores del concurso presentado.

Con esta operación salieron beneficiados:

  1. Cosesa: porque veía reducida su deuda respecto a Ruralcaja en 3 millones de euros y además, pudo así conseguir un convenio concursal con sus acreedores.
  2. Ruralcaja: que con esta manera unidireccional de actuar obtuvo el beneficio de cobrar 3 millones de euros que debería haber reclamado por procedimiento concursal, siendo además, un crédito ordinario y sin garantía real y, por lo tanto, sin privilegios.

Uno de lo acusados por el Ministerio Fiscal en esta causa, en concreto Pascual Serrano Llacer, administrador de las sociedades Cosesa y Afrepark, tiene ya antecedentes penales ya que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia por sentencia firme de fecha 28 de abril de 2014 lo condenó por delito de estafa.

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