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Los desafíos de la economía digital en materia de política fiscal

Redacción E3
Publicado a 04/05/2016

Asociado Senior. Área de Fiscal Deloitte Abogados

2016-abril-OPI-Deloitte-Carlos-VilaplanaUno de los principales efectos que ha provocado la crisis económica ha sido la pérdida de recaudación por parte de los Estados. En este contexto económico, los dirigentes políticos de los principales países desarrollados, los medios de comunicación y la sociedad civil en general, vienen manifestando su preocupación por la planificación fiscal agresiva llevada a cabo por empresas multinacionales, que utilizan las lagunas e inconsistencias presentes en los distintos sistemas fiscales y en las normas de fiscalidad internacional, para trasladar los beneficios a países o territorios de baja o nula tributación, en los que realizan poca o ninguna actividad económica.

Esta situación provoca una asignación ineficiente de los recursos, dando lugar a pérdidas recaudatorias que afectan a la confianza en la integridad del sistema tributario, siendo esto muy relevante en tiempos de consolidación fiscal y de dificultades sociales en muchos países. La OCDE estima que las pérdidas de recaudación pueden rondar el 4-10 % de la recaudación anual global por Impuesto sobre Sociedades; es decir, al menos entre 100.000 y 240.000 millones anuales de dólares estadounidenses. En respuesta a estas preocupaciones, los gobiernos de la OCDE y del G-20 se embarcaron en la revisión de las normas de fiscalidad internacional, publicando un Plan de Acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, conocido como BEPS por sus siglas en inglés.

Como resultado de esa revisión, se han compilado los resultados finales en un completo paquete de medidas BEPS, que recogen los informes para cada una de las 15 acciones que se identificaron en el Plan de Acción BEPS, reservándose la primera acción para abordar la problemática de la fiscalidad de la economía digital.

La economía digital
La economía digital y sus modelos de negocio presentan algunas características relevantes desde un punto de vista tributario, tales como su movilidad, la importancia de los datos, los efectos de la red, la proliferación de modelos de negocio multilaterales, una tendencia hacia el monopolio u oligopolio y su volatilidad.

Asimismo, entre los tipos de actividad que podemos encontrar se incluyen diversas categorías tales como el comercio electrónico, tiendas de aplicaciones, publicidad en línea, computación en la nube, plataformas participativas en red, negociación de alta frecuencia y servicios de pago en línea. Todo ello ha transformado profundamente la economía, por lo que la fiscalidad debe adaptarse a esta nueva forma de desarrollo de la actividad económica.

En este sentido, la Acción 1ª del Plan de Acción BEPS aborda los desafíos fiscales de la economía digital, estableciendo las estrategias y recomendaciones para abordar la problemática BEPS en este contexto. La implementación coordinada de esta batería de medidas está encaminada a garantizar que los beneficios se graven allí donde se realicen las actividades económicas que los generan y donde se crea valor.

Por ejemplo, el hecho de que un vendedor en línea de ordenadores (siendo los componentes esenciales de su modelo de negocio la proximidad a los clientes y la entrega con rapidez de sus productos), posea locales de grandes dimensiones en el que trabaje un número considerable de empleados y utilice dichas instalaciones con el fin de almacenar y distribuir los productos a sus clientes, se considerará constitutivo de “establecimiento permanente”, tributando de este modo en el país donde desarrolla dicha actividad.

Precios de transferencia
Asimismo, el paquete BEPS revisa las Directrices sobre Precios de Transferencia. En estas se establecen claramente que la titularidad jurídica de los intangibles no genera necesariamente, por sí sola, el derecho a percibir la totalidad de los beneficios obtenidos por su explotación. Es decir, serán las sociedades del grupo que desarrollen las funciones esenciales, aporten la mayor parte de los activos y tengan la capacidad para controlar los riesgos más importantes desde un punto de vista económico, quienes tendrán el derecho a percibir la mayor parte de los beneficios correspondientes.

En España, fruto de la preocupación de la problemática tributaria de la economía digital, la Agencia Tributaria establece en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2016, el desarrollo de protocolos de actuación sobre empresas que realizan comercio electrónico y sobre aquellas otras empresas que alojan sus datos en la nube. En este sentido, la Administración Tributaria pretende realizar actuaciones dirigidas a la comprobación de la tributación de negocios que operan a través de la red, estableciéndose como áreas de atención prioritaria las siguientes:

1ª. El análisis y explotación de la información disponible en internet, que permita descubrir actividades o rendimientos ocultos o el tráfico ilícito de bienes.

2ª. Actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de internet, para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en la actividad económica.

3ª. Potenciación de las herramientas a disposición de la Inspección Tributaria, mediante la ampliación de la información disponible sobre los obligados tributarios, con indicadores propios de las redes sociales, tales como el grado en que una empresa está conectada con otras de su sector o su posición como intermediario.

Revisión constante
En definitiva, se espera que la implementación coordinada de las medidas incorporadas en el proyecto BEPS por parte de todos los países involucrados, resuelva de forma significativa los problemas de la planificación fiscal abusiva.

No obstante, la continua evolución de la economía digital obligará a la revisión constante de los resultados del proyecto BEPS en esta materia, debiéndose de adaptar de forma rápida a la nueva forma de hacer negocios. Por ello, ya está previsto elaborar un informe que refleje los resultados de los trabajos desarrollados en el contexto de la economía digital de aquí al año 2020.

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