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El Consell aprueba un decreto para agilizar las ayudas del Plan de Recuperación de la UE

El pleno del Consell ha aprobado un decreto ley de medidas urgentes en materia económico-financiera. Su objetivo es simplificar y agilizar la tramitación de los proyectos e inversiones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiados por los mecanismos europeos Next Generation y REACT. Este decreto-ley transpone al ámbito autonómico la normativa estatal sobre medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación europeo.

Novedades y finalidad del Plan

La finalidad es impulsar la reactivación económica después de la crisis generada por la COVID-19 y poder acceder a la mayor cantidad posible de recursos europeos para transformar el modelo productivo de la Comunitat Valenciana hacia una mayor resiliencia, sostenibilidad y digitalización. Hasta el momento la Generalitat ya ha presentado cerca de 200 proyectos por un valor que asciende a 12.000 millones de euros.

El Consell aprueba un decreto para agilizar las ayudas del Plan de Recuperación de la UE

Entre las novedades de este decreto-ley cabe destacar que permitirá la tramitación de urgencia de los expedientes vinculados a los proyectos e inversiones financiadas fondos europeos. En este sentido, los plazos previstos se reducirán a la mitad, excepto los relativos a la presentación de solicitudes y recursos para garantizar en todo momento la seguridad jurídica.

La urgencia de las medidas relativas a la gestión y tramitación de los fondos europeos viene motivada por los breves plazos exigidos por el reglamento europeo para llevar a cabo las actuaciones, ya que al menos el 60% de los compromisos de gasto deben contraerse antes del 31 de diciembre de 2022. En cualquier caso, se mantienen los controles y fiscalización de los expedientes durante todo el proceso de su tramitación.

Tramitación anticipada

Por todo ello, se podrá recurrir también a la tramitación anticipada de cualquier tipo de expediente de gasto antes de que finalice el ejercicio, con cargo al ejercicio posterior, siempre que se garantice la existencia de fondos para posibilitar su ejecución a la mayor brevedad posible.

Además, y pese a disponer de un carácter urgente, los proyectos que tengan una transcendencia significativa por la tipología su proceso de gestión o para garantizar que su aplicación se adecúa a las directrices de la Unión Europea, estarán sometidos también a un régimen de control previo y verificación.

Servicio 99

A nivel contable, la Conselleria de Hacienda podrá crear, dentro de cada sección presupuestaria, el Servicio 99 ‘Mecanismo de Recuperación y Resilencia’, en el cual se integrarán los programas presupuestarios que sean necesarios para asegurar una gestión eficiente y ágil de estos fondos.

Además, los programas se podrán dotar adicionalmente con fondos propios, siempre que tengan por objeto cofinanciar o complementar actuaciones o proyectos asociados al mencionado mecanismo.

Por su parte, las entidades que conforman el sector público instrumental que sean responsables de la gestión de estos fondos, tendrán que adoptar las medidas necesarias para poder identificar el gasto realizado en los proyectos o iniciativas financiadas, de manera que se permita asegurar su seguimiento y control en los términos y condiciones previstos.

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