Voto por correo

Voto por correo: descubre el procedimiento específico en tu comunidad

Si eres español y resides en una comunidad o localidad diferente a la que te corresponde ejercer tu derecho, no te preocupes. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en su artículo 72, estipula que cualquier ciudadano en esta situación, puede ejercer el derecho al voto a través del correo. Veamos a continuación, como puedes ejercer este derecho en algunas de las diferentes comunidades de España.

¿Cómo solicitar el voto por correo?

El Consejo de Ministros aprobará la convocatoria el día 28 de marzo y, una vez la firme el monarca el día 3 de abril, los ciudadanos ya podrán pedir el voto por correo.

La solicitud de voto por correo se podrá llevar a cabo en cualquier oficina del Servicio de Correos desde el 3 de abril al 18 de mayo. Una vez lo solicitas en Correos, procederán a enviarte por correo postal la documentación necesaria por lo que debes estar pendiente para recibirla o, de lo contrario, deberás volver a la oficina para recogerla. La documentación que recibirás es la siguiente:

  • Una hoja explicativa
  • Una papeleta de cada una de los partidos políticos
  • Un sobre de votación para cada proceso
  • El certificado de inscripción en el censo
  • Un sobre con la información de la mesa electoral

Una vez todo cumplimentado, tan sólo debes entregarlo en la oficina de Correos de nuevo.

Voto por correo elecciones Aragón

Para ejercer este derecho en Aragón, es necesario realizar una solicitud de voto por correo. Es un requisito que, de hacerse, deberá presentarse 5 días lectivos anteriores a la fecha de la elección. La solicitud debe ser rellenada, firmada y hay que sacarle copia.

Cuando se lleva a la oficina de correos, es necesario presentar el DNI y llevar un sobre abierto, donde se colocará el original con el sello de verificación. Esta es la primera fase del voto. Una vez cumplida esta fase, llegará al domicilio señalado las papeletas electorales, con un sobre colector. Todas las fases son gratuitas y deben ser dirigidas como “certificada urgente” para ser enviadas.

Voto por correo elecciones Asturias

Para ejercer este derecho se tiene que hacer en las fechas estipuladas como válidas. La comunidad informará debidamente hasta cuando deben realizarse las solicitudes. Las oficinas de correo de la comunidad serán los lugares donde los electores pueden hacer la solicitud de la impresión para ejercer el voto por correo.

Es necesario que el elector se acompañe de su DNI, inclusive pasaporte o la licencia de conducción para que el funcionario verifique la identidad y compruebe su firma. Las personas que hagan esta solicitud para la Oficina del Censo Electoral no podrán votar de manera personal, el día de la elección. Se enviará hasta la dirección aportada otro sobre contentivo de:

  • Papeleta de formaciones políticas para cada proceso que se convoque.
  • Los sobres de votación dependiendo de los procesos.
  • Certificado de inscripción.
  • Sobre con la dirección de la mesa electoral donde vota.

Este sobre debe ser recibido personalmente por el elector. De no encontrarse en la dirección de domicilio, deberá recibirlo en la oficina de correos correspondiente. Estos procesos son completamente gratuitos.

Voto por correo elecciones Baleares

El proceso de votación por correo en la comunidad de Islas Baleares es similar a los ya mencionados. En este caso, las fechas límite para la solicitud se amplían, siendo de 10 días lectivos. El proceso de solicitud es personalizado y debe hacerse directamente en las oficinas de correo de la comunidad.

En los casos de incapacidad o motivos de salud, se requiere presentar un certificado médico oficial. Esto permitirá al funcionario de la oficina comprobar que la persona en cuestión tiene limitaciones para hacer este proceso de forma personalizada. Por lo que podrá hacerse la entrega de la solicitud a otra persona; asimismo, deberá acompañarse de un poder notarial.

Voto por correo elecciones Canarias

En el caso de las elecciones en Gran Canarias, la solicitud de voto por correo se realiza cuando el elector no puede ejercer su derecho directa y personalmente en el colegio electoral. Para ello deberá hacerlo por correo certificado y calificado como urgente.

En este caso se requiere que el elector realice la solicitud en las oficinas de correos, donde presentará el DNI para comprobar la identificación y la firma. Asimismo, deberá rellenar diligentemente la solicitud. Un dato importante será la dirección donde recibirá la documentación.

Luego, recibirá un sobre de correo con la documentación y papeletas correspondientes, en donde deberá elegir y marcar las distintas opciones. Por último, deberá cerrar el sobre y llevarlo a la oficina postal, remitiéndolo a la mesa electoral donde le corresponde votar.

Voto por correo elecciones Cantabria

Previa convocatoria de cualquier comicio por la Oficina del Censo Electoral del INE España, las personas que requieran ejercer su derecho al voto por correo en Cantabria (con excepción de las personas incapacitadas por salud o físicamente) deberán asistir a la oficina de correo cercana a su domicilio a formalizar su solicitud a través del Certificado de Inscripción.

En el caso que la persona electora se encuentre enferma o discapacitada, podrá dar autorización a otra para que pueda retirar esta solicitud en la oficina de correo, previa certificación médica que haga constar su condición y un poder notarial.

Voto por correo elecciones Castilla-La Mancha

Desde la comunidad de Castilla – La Mancha, la modalidad de voto por correo no difiere mucho de las anteriores presentadas. Simplemente, el elector con plena facultad se dirige a la oficina de correo con su DNI, pasaporte o en su defecto licencia de conducir para hacer la solicitud de esta modalidad con el Certificado de inscripción en el censo.

Una vez hecha esta solicitud, no podrá votar de forma personal, el día de la elección en la mesa correspondiente. La oficina de correo tiene hasta 3 días para remitir su comunicación a la OCE del INE, registrando la intención del elector en cuestión de hacer el voto por correo. En la primera fase, llegará a la dirección que ha aportado las papeletas y sobres, el sobre con la dirección de mesa que le corresponde votar y las instrucciones para hacerlo.

Al hacer la elección, el elector deberá reenviar nuevamente el sobre de elección a la OCE por correo, con calificativo de urgente. Hay que recordar que aquellas personas con problemas de movilidad o salud, podrán apoderar notarialmente a otra para recoger o entregar su sobre de elección, además de acompañar este poder con una certificación médica que describa su condición.

Voto por correo elecciones Castilla y León

El voto por correo desde Castilla y León sigue los pasos dados por la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General). La oficina de correos será la encargada de dar a los electores que lo hagan de esta forma el certificado de inscripción en el censo. La OCE será la encargada de fijar las fechas límite para este proceso. Recuerde siempre tener a mano DNI, pasaporte o licencia.

Una vez hecha la solicitud desde las oficinas de correos, en un tiempo posterior recibirá en su domicilio los sobres y papeletas de los comicios en los que participa, así como otra documentación a presentar. Puede aprovechar con el mismo personal de correo para reenviar el sobre con su elección desde su domicilio a la mesa electoral.

Voto por correo elecciones Extremadura

Para votar en elecciones para la comunidad de Extremadura, se recuerda a los interesados presentar DNI, o en su defecto la licencia o el pasaporte. En la oficina de correos recibirá la solicitud, donde el oficial comprobará su identidad y su firma. Es importante colocar una dirección para que llegue la correspondencia, que puede ser el domicilio o lugar de trabajo, incluso un apartado de correo.

La oficina de correos tiene hasta 3 días para enviar la solicitud a la OCE del INE, en donde será reenviada la documentación contentiva de papeletas, sobres y otros aspectos, dependiendo de los comicios en los que participe. Puede enviar nuevamente este sobre con el oficial de correo que lo lleve hasta su domicilio o ir nuevamente a la oficina donde hizo el trámite, hasta 4 días antes de los comicios.

Voto por correo elecciones Madrid

Una de las comunidades donde el voto por correo ha sido el más valorado ha sido Madrid, y gracias también a la pandemia. Es más, este tipo de voto tiene dos modalidades, la telemática y la de oficinas. La diferencia es que en el primero no se requiere ir a las oficinas directamente, sino que se puede realizar la solicitud desde la web de correos.

Recuerde que en caso de que el elector no se pueda movilizar por incapacidad o enfermedad, se puede apoderar a otra persona para que haga la gestión, presentando esta última una certificación médica oficial que describa la incapacidad o enfermedad. Además, sea elector o apoderado, recuerde llevar el documento nacional de identidad o en su defecto la licencia de conducir o el pasaporte.

Voto por correo elecciones Murcia

En Murcia es otra de las regiones donde se puede ejercer el voto por correo a través de las oficinas de correo o por medio del sitio web de la oficina de correos. Esta solicitud, en esta localidad, por lo general tiene una fecha límite hasta 6 días antes de la elección.

Si se hace el proceso por medio de oficinas, hay que recordar que la misma tiene hasta 3 días para hacer llegar la solicitud a la OCE del INE para que la mesa pueda dirigir nuevamente la comunicación con las papeletas y demás recursos necesarios para que el elector pueda ejercer su derecho a votar.

Asimismo, si el elector tiene alguna incapacidad que imposibilite su participación, puede hacerlo a través de una persona designada, previamente apoderada por una notaria y presentando una certificación médica oficial que describa la imposibilidad, que puede ser por incapacidad o enfermedad.

Voto por correo elecciones Navarra

En la localidad de Navarra, el voto por correo sigue los mismos pasos anteriores. El elector deberá dirigirse a la oficina de correos, donde le facilitarán el certificado de inscripción en el censo y en el cuál, el dato más importante lo representa la dirección, bien sea de residencia, de trabajo, o hasta un apartado postal.

Recuerde que debe tener a la mano el DNI, o si no lo tiene, el pasaporte o la licencia de conducción, importantes para comprobar su identidad y la firma. Estos documentos deben ser originales, no se aceptan copias. Si la persona tiene una enfermedad o incapacidad, podrá enviar a otra en su representación, con poder notarial y certificación médica oficial para hacer los trámites.

Recuerde hacer estos procesos antes de las fechas estimadas por la OCE para los eventos electorales. Una vez que cumple con la fase de solicitud, en un tiempo le enviarán a su dirección las papeletas y otros requisitos, que deberá rellenar y reenviar en sobre cerrado. Todas las oficinas de correo tienen la instrucción de tramitar los envíos de forma gratuita y con carácter de urgencia.

Voto por correo elecciones La Rioja

La última de las regiones para esta entrada, es La Rioja. El voto por correo en La Rioja se puede solicitar hasta 10 días antes de los comicios o la fecha que estipule la OCE. El proceso se realiza en las oficinas de correos con la documentación de identidad que crea conveniente: DNI, o si no tiene, licencia o pasaporte.

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