Tipos de cheques: ¿en qué se diferencian?
Primero de todo, antes de entrar en materia sobre otros aspectos que conciernen al Cheque debemos definir de qué se trata. Nos encontramos ante un Documento de tipo mercantil a través del cual una Entidad Bancaria o Crediticia se obliga al pago de una determinada cuantía por orden de uno de sus clientes, siempre y cuando no haya saldo. Ello se lleva a cabo a través de cargo en cuenta bancaria.
Existe diferente tipología de Cheques. No obstante, a continuación vamos a enumerar y definir cuáles son los más habituales en el tráfico jurídico. Son los siguientes:
Tipos de cheques
Cheque conformado
Mediante el cheque conformado, un tipo de documento mercantil de cariz negociable, la entidad bancaria o crediticia garantiza que la firma del librador sea auténtica, así como la existencia de fondos en la cuantía que se indica en el propio cheque.
Cheque barrado
Respecto a este tipo de sistema, únicamente puede efectuarse el abono de este Cheque a través del ingreso en la cuenta del Beneficiario. Para ello, debe formalizarse, como su nombre indica, mediante la inclusión de sendas barras paralelas e inclinadas en el anverso del Documento. Esta acción tiene como finalidad que, el Cheque Barrado es para ingresar en cuenta, en caso de que se produzca la pérdida del mismo, no pueda ser cobrado por un tercero, únicamente puede serlo por la persona designada como Beneficiaria, en caso de no ser al Portador.
Cheque nominativo
Aquellos cheques que son emitidos a favor de una persona concreta se denominan cheques nominativos. En el propio Documento Mercantil se identifica a la misma a través de la consignación de su nombre y apellidos completos.
Cheque emitido al portador
Al contrario que en el tipo de cheque que hemos analizado anteriormente, en el emitido al portador no se produce la designación de persona alguna, por lo que podrá ser cualquiera quien pueda proceder al cobro del Cheque sin que la falta de consignación de sus datos pueda poner en entredicho la validez de la operación de cobro que pretende llevar a cabo.
Cheque de viaje
Son emitidos por una Entidad Bancaria o Crediticia. En él figura ésta misma como Librado, así como cualquier oficina de la misma Entidad o, en su defecto, cualquier corresponsal suyo. Como regla general, suele llevar estampada cantidades fijas, es decir, que no pueden ser variadas.
Para que puedan ser considerados válidos, el comprador de este tipo de Cheques ha de firmarlos dos veces, es decir, en el momento que los recibe, así como cuando pretenda que se hagan efectivos.
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