El SMI subirá un 5,3 % en 2027, hasta los 1.286 euros mensuales
Trabajo plantea elevar el SMI un 5,3 % en 2027, hasta 1.286 euros en 14 pagas, sin acuerdo con sindicatos ni patronal
El Gobierno plantea elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 5,3 % en 2027, hasta los 1.286 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que supone 18.004 euros anuales. Así consta en la memoria del proyecto de real decreto que el Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, ha sometido a audiencia e información pública.
La propuesta representa un incremento de 65 euros mensuales respecto a los 1.221 euros actuales y supera la recomendación del 4,9 % planteada por la comisión de expertos que asesora al Ministerio. Esta última había propuesto situar el salario mínimo en 1.281 euros mensuales.
No obstante, la cifra planteada por Trabajo se queda por debajo del incremento del 7 % que reclaman los sindicatos CCOO y UGT, mientras que las organizaciones empresariales tampoco han mostrado su respaldo a las últimas propuestas de actualización del salario mínimo.
El plazo para presentar alegaciones al proyecto normativo finaliza el próximo 16 de noviembre. A partir de entonces, el Ejecutivo podrá continuar con su tramitación y llevar la subida al Consejo de Ministros para su aprobación.
El SMI de 2027 superará la recomendación de los expertos
La propuesta del Ministerio de Trabajo mantiene el objetivo de que el salario mínimo alcance el 60 % del salario medio, en línea con los compromisos recogidos en la Carta Social Europea.
Según recoge la memoria del real decreto, la actualización pretende garantizar «el derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y a sus familias un nivel de vida decoroso».
El incremento del 5,3 % se sitúa cuatro décimas por encima de la recomendación de la comisión de expertos, que había planteado una subida del 4,9 % para 2027.
Con esta actualización, el salario mínimo pasaría de los actuales 1.221 euros brutos mensuales a 1.286 euros en 14 pagas. En términos anuales, la diferencia sería de 910 euros brutos.
La decisión llega después de que Trabajo trasladara a los agentes sociales la propuesta de los expertos, sin que se alcanzara un acuerdo sobre la cuantía definitiva.
Sin acuerdo con sindicatos ni patronal
Uno de los aspectos más relevantes de esta actualización es que podría convertirse en la primera subida del SMI impulsada por Yolanda Díaz sin el respaldo de los sindicatos.
CCOO y UGT mantienen su reclamación de un incremento del 7 %, al considerar que la actualización debe compensar la evolución de los precios y preservar el poder adquisitivo de los trabajadores que perciben el salario mínimo.
Además, las organizaciones sindicales reclaman una modificación de las reglas de compensación y absorción de complementos salariales. Su objetivo es evitar que las empresas puedan neutralizar parte del incremento del SMI mediante la absorción de determinados pluses y complementos que ya perciben los trabajadores.
Los sindicatos también han pedido aclaraciones sobre el impacto fiscal de la subida y garantías de que el incremento se traduzca en una mejora efectiva de los ingresos netos.
Por su parte, las organizaciones empresariales han cuestionado la oportunidad de aprobar una nueva subida sin un mayor margen de negociación. Desde la patronal se ha criticado también el calendario elegido por el Ejecutivo, al coincidir la tramitación con la campaña de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
¿Qué ocurrirá con los complementos salariales y el IRPF?
La compensación y absorción de complementos es uno de los principales puntos de discrepancia entre el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales.
El proyecto mantiene el esquema vigente, de manera que la revisión del salario mínimo no afectará a aquellos salarios profesionales que, considerados en su conjunto y en cómputo anual, ya superen los 18.004 euros establecidos para 2027.
Esta cuestión preocupa especialmente a los sindicatos, que consideran necesario garantizar que las subidas del SMI no terminen diluyéndose por la compensación de otros conceptos salariales.
También está pendiente de concretarse el tratamiento fiscal del nuevo salario mínimo.
La ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, ha manifestado el compromiso del Ejecutivo de mantener exentos de tributación los ingresos correspondientes al SMI.
Para ello, el Gobierno prevé actualizar la deducción fiscal que permite que los trabajadores que perciben el salario mínimo no tengan que pagar IRPF. En 2026, esta deducción se sitúa en 591 euros.
Sin embargo, esta medida requiere una modificación legal independiente del real decreto que regula la actualización salarial, por lo que su aplicación para 2027 deberá concretarse mediante el correspondiente procedimiento legislativo.
El Gobierno quiere aprobar la subida antes de las elecciones del 29N
El calendario de aprobación del nuevo SMI también está marcado por la convocatoria de elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
El Ministerio de Trabajo pretende avanzar en la tramitación para que la nueva cuantía pueda aprobarse antes de los comicios, aunque la normativa permite que el Ejecutivo apruebe la actualización mediante real decreto, previa consulta a los agentes sociales, sin necesidad de someterla a votación en el Congreso.
La ministra Yolanda Díaz ha defendido que la convocatoria electoral no debe retrasar la actualización salarial y ha insistido en que las empresas necesitan conocer con antelación la cuantía que deberán aplicar a partir del 1 de enero.
En la misma línea, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha defendido la urgencia de iniciar el procedimiento para garantizar que la subida pueda entrar en vigor al comienzo de 2027.
¿Qué impacto tendrá la subida del SMI en las empresas?
La actualización del salario mínimo tendrá implicaciones directas para las empresas con trabajadores cuyos salarios se sitúen en el entorno de la nueva cuantía.
El incremento elevará los costes salariales de aquellas compañías que deban adaptar las retribuciones para cumplir con el nuevo mínimo legal. Su repercusión dependerá, entre otros factores, del número de empleados afectados, la estructura salarial de cada organización y los complementos que formen parte de la remuneración anual.
Los sectores con una mayor presencia de empleos de salarios bajos, como la hostelería, el comercio, la agricultura y determinados servicios, deberán prestar especial atención a la evolución de sus costes laborales.
Por otra parte, la subida también incrementará las bases salariales de referencia para determinados cálculos vinculados a las cotizaciones sociales y las prestaciones.
La nueva cuantía, por tanto, tendrá efectos tanto sobre los ingresos de los trabajadores como sobre la estructura de costes de las empresas, especialmente en aquellas actividades con márgenes más ajustados.
Con el plazo de alegaciones abierto hasta el 16 de noviembre, la propuesta del 5,3 % entra ahora en su fase de tramitación definitiva. El principal interrogante será si el Gobierno mantiene la cifra planteada y cómo resuelve las discrepancias sobre la absorción de complementos salariales y la fiscalidad del nuevo SMI.







