Viernes, 26 de Abril de 2024
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Europa aprueba los 672.500 millones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Europa aprueba los 672.500 millones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

El Parlamento Europeo ha aprobado el Reglamento relativo a los objetivos, la financiación y las normas para acceder al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia por 582 votos a favor, 40 votos en contra y 69 abstenciones. Este Mecanismo, dotado con 672.500 millones de euros, es el pilar más importante del instrumento de recuperación Next Generation EU y que se ha diseñado para ayudar a los países de la Unión Europea a hacer frente a los efectos de la pandemia de la COVID-19.

El Mecanismo de Recuperación cuenta con 672.500 millones de euros en subvenciones y préstamos para financiar medidas nacionales destinadas a mitigar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia. Los proyectos iniciados a partir del 1 de febrero de 2020 podrán recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Las ayudas estarán disponibles durante tres años y los gobiernos de la UE podrán solicitar hasta un 13% de prefinanciación para sus planes de recuperación y resiliencia.

En este sentido, Eider Gardiazabal, diputada socialista en el Parlamento Europeo ha  afirmado que «el Mecanismo tiene dos objetivos: a corto plazo, la recuperación; a largo plazo, impulsar el cambio y el progreso para alcanzar nuestras metas digitales y climáticas. Nos aseguraremos de que las medidas alivian la pobreza y el desempleo, teniendo además en cuenta la dimensión de género de la crisis. Las ayudas también servirán para reforzar los sistemas sanitarios».

Dotación

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia canalizará 672.500 millones de euros, 312.500 millones de euros en subvenciones a fondo perdido y 360.000 millones en préstamos.

El 70% de las subvenciones deberá asignarse a proyectos concretos hasta finales de 2022 y el 30% restante hasta finales de 2023.

La primera franja se ha distribuido entre los 27 países teniendo en cuenta el PIB, la población y la tasa de paro entre 2015 y 2019, mientras que la segunda se ha asignado en función de la caída esperada del PIB entre 2020 y 2021.

Esta distribución deja a España como el principal beneficiario de las subvenciones, con 69.528 millones asignados en total: 46.603 millones hasta final de 2022 y 22.925 millones más hasta el cierre de 2023. Esta última cifra se revisará en 2022 con los datos definitivos de la caída del PIB.

Además, cada Estado podrá solicitar, hasta agosto de 2023, un préstamo por el 6,8% de su renta nacional bruta, en el caso de España cerca de 85.000 millones de euros.

Los países tendrán hasta finales de 2026 para gastar los fondos y podrán cubrir de forma retroactiva gastos acometidos desde febrero de 2020.

Requisitos para optar a fondos europeos

Para poder recibir financiación, los planes nacionales de recuperación y resiliencia deben centrarse en ámbitos políticos clave de la UE, como la transición ecológica, incluida la biodiversidad, la transformación digital, la cohesión económica y la competitividad, y la cohesión social y territorial. También podrán obtener dinero los planes que aborden la capacidad de reacción de las instituciones y las formas de prepararlas mejor frente a las crisis, así como las políticas en favor de los niños y los jóvenes, incluidas la educación y el desarrollo de capacidades.

Los planes deberán destinar al menos el 37% de su presupuesto al clima y el 20% a acciones digitales. Deberán tener un impacto duradero tanto en términos sociales como económicos e incluir reformas globales, así como un sólido paquete de inversiones. Además, no deberán perjudicar significativamente los objetivos medioambientales.

Dichos planes deberán abordar «todas o un conjunto significativo» de las recomendaciones económicas que la Comisión Europea hace anualmente a los países, en concreto las de 2019 y 2020, incluyendo las relativas al control del déficit y la deuda. Estas últimas solo empezarán a vigilarse una vez se reactiven las normas europeas de disciplina fiscal que se suspendieron por la pandemia y que podría ser, como muy pronto en 2022.

Llegado ese momento, si un país las incumple, Bruselas podrá suspender fondos: como máximo el equivalente al 0,25% del PIB anual del Estado afectado o el 25% de los compromisos de pago previstos en el plan (lo que sea menor) con el primer incumplimiento y estos umbrales podrán elevarse si la infracción persiste.

¿Cómo se evalúan los planes?

La regulación pide que los Gobiernos fijen en sus planes las metas (logros cualitativos) y objetivos (cuantitativos) que prevén conseguir con sus medidas y el calendario para alcanzarlos, puesto que los desembolsos dependerán de que estos se cumplan.

La Comisión Europea ya está debatiendo con los países los borradores de sus planes, cuya versión definitiva podrán enviar en principio hasta el 30 de abril, aunque este plazo no es inamovible.

Una vez los reciba, la Comisión tendrá dos meses para analizarlos y decidir si da su visto bueno.

Bruselas examinará si las medidas propuestas son relevantes, efectivas, eficientes y coherentes y asignará una nota de A (la mejor) a C (la peor).

Para «aprobar», los planes deberán conseguir una A en al menos siete criterios en total y obligatoriamente en los relativos a transición ecológica, digital, recomendaciones específicas y refuerzo del crecimiento y creación de empleo.

Una vez que la Comisión dé luz verde, el plan deberá ser aprobado por una mayoría cualificada de Estados miembros en el plazo de cuatro semanas.

Cuando el plan sea aprobado, los países podrán recibir un adelanto equivalente al 13% de sus fondos, en el caso de España 9.039 millones de euros y (otros 11.000 si llegase a solicitar también los préstamos que le corresponden, algo que de momento no ha hecho).

Desembolsos

Los desembolsos posteriores solo tendrán lugar si la Comisión comprueba que los planes se han implementado como está previsto y una vez que los Gobiernos justifiquen los gastos acometidos.

Aunque el seguimiento será continuo, los pagos solo tendrán lugar dos veces al año ya que los países deberán presentar cada seis meses sus solicitudes, acompañadas de los debidos justificantes.

La Comisión será la encargada de autorizar el pago si considera que un país ha cumplido, pero deberá consultar antes con el Comité Económico y Financiero -los segundos de los ministros de Finanzas de los Veintisiete-.

Si algún Estado cree que otro se ha desviado seriamente de lo pactado, puede pedir excepcionalmente que la cuestión se eleve a una cumbre de jefes de Estado y de Gobierno de la UE, de modo que el pago no podría autorizarse hasta que estos lo hayan discutido. El proceso debería durar como mucho tres meses.

La regulación permite desembolsos parciales, en caso de que no se hayan cumplido todos los objetivos previstos.

Financiación

Para financiar, el Fondo la Comisión emitirá deuda conjunta con el respaldo de los Veintisiete. Para que este proceso pueda comenzar es aún necesario que los parlamentos nacionales ratifiquen la regulación que permitirá hacerlo (conocida como decisión de recursos propios). Solo cuando este proceso esté completo y hayan comenzado las emisiones podrán efectuarse los primeros desembolsos.

Próximos pasos

Una vez aprobado formalmente por el Consejo, el Reglamento entrará en vigor un día después de su publicación en Diario Oficial de la UE.


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