Los bancos no podrán deducirse de sociedades el impuesto de las hipotecas
El Gobierno ha aprobado hoy una modificación de la normativa del impuesto de sociedades para que las entidades financieras no puedan deducirse el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) de las hipotecas, que a partir de ahora tendrán que asumir.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este cambio normativo acompañará a la propia modificación del artículo 29 del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para que la banca asuma el impuesto. El texto modifica también el artículo 15 de la ley del impuesto de sociedades, para dejar claro que el gasto no será deducible por el prestamista.
Montero ha justificado la urgencia de estos cambios por la «confusión» generada después de que el Tribunal Supremo dictaminara que son los ciudadanos quienes tienen que abonar el impuesto, pese a que previamente lo había asignado a la banca.
El decreto tiene como objetivo «que los ciudadanos no tengan que pagar más este impuesto, que ahora pagarán los bancos», ha añadido, y si no se ha planteado su eliminación, ni siquiera en aquellas comunidades autónomas donde gobierna, ha explicado la ministra, es porque aporta unos 2.000 millones de euros a las arcas públicas, que se destinan a Sanidad, Educación y Dependencia.
Los que abogan por su eliminación tendrán que plantear qué instrumentos alternativos ofrece para estos recursos, o habrá que pensar que quieren «limitar» el Estado del bienestar, en alusiones a las declaraciones de Pablo Casado.
Entre el 1,5 y el 0,5%
La cuota del IAJD oscila entre el 0,5% y el 1,5% sobre el valor del importe concedido, en función de la región en la que se formaliza el préstamo, ya que se trata de un impuesto transferido. Las comunidades que aplican el mayor gravamen, entre las que se encuentra la Comunitat Valenciana, son Andalucía, Aragón, Castilla-León, Cataluña, Galicia y Murcia. El graveman el 1% se aplica en Canarias, Cantabria y Rioja, mientras que en Madrid se cobra el 0,75%. En el tramo más bajo se sitúan las ciudades autónomas, País Vasco y Navarra.
El impuesto supone el 70% de los gastos de constitución de una hipoteca a los que también contribuye el coste de notaría, registro, tasación y gestoría.
Las inmobiliarias, a favor
La Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (Fadei) se ha mostrado hoy a favor del real decreto-ley que ha aprobado el Gobierno para que sean los bancos y no los clientes los que paguen el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
La patronal del sector de las agencias inmobiliarias también ha pedido dotar de protección y seguridad a los ciudadanos, así como arbitrar medidas de garantía para todo el proceso de compraventa ante la posibilidad de que sea el ciudadano el que acabe asumiendo el sobrecoste que se va a trasladar a la banca. Otra de las cuestiones que preocupa a la federación se refiere a lo que pueda ocurrir con las ofertas vinculantes de entidades de crédito para los préstamos pendientes de firma, cómo les afectará la variación del marco jurídico y si se renegociarán las condiciones. EFECOM