Tipos de Contratos Laborales. Bonificaciones a la contratación (Segund
Empezamos analizando el Contrato Indefinido y, en concreto, su definición y requisitos. Pues bien, en esta ocasión, vamos a continuar profundizando respecto a las bonificaciones a la contratación.
Colectivos beneficiados con bonificaciones a la contratación de tipo temporal.
De la misma forma que respecto a la contratación de tipo indefinido, también existen una serie de colectivos cuya contratación temporal también reporta a la empresa ser beneficiaria de bonificaciones. Son los siguientes:
- Personas con discapacidad.
- Trabajadores en situación de exclusión social.
- Víctimas de terrorismo.
- Sustitución de trabajadores en diversas situaciones mediante el uso de Contratos de interinidad.
- Jóvenes desempleados que se encuentren inscritos debidamente en la Oficina de Empleo y que sean contratados para la formación y el aprendizaje.
- Personas con discapacidad que sustituyan a trabajadores con discapacidad mediante el uso de Contratos de interinidad.
Bonificaciones a la Contratación de jóvenes.
Como hemos comentado, existen bonificaciones para fomentar el empleo y la inserción en el mundo laboral para aquellas empresas que opten por contratar jóvenes. Son las siguientes:
- Los autónomos o microempresas que contraten a jóvenes bajo la modalidad de Contrato indefinido, con independencia de sea a tiempo parcial o completo, disfrutarán de una bonificación del 100 por cien del coste de Seguridad Social.
- Los jóvenes autónomos que contraten a un desempleado mayor de 45 años gozarán de un 100 por cien de bonificación en las cuotas a la Seguridad Social.
- Aquellas empresas o autónomos que contraten a jóvenes a tiempo parcial, cuando haya vinculación formativa, tendrán una bonificación del 100 por cien de las cuotas a la Seguridad Social.
- Bonificación del 100 por cien de las cuotas a la Seguridad Social durante tres años para aquellas empresas o autónomos que contraten de forma temporal a jóvenes sin experiencia laboral y los transformen en indefinidos a los pocos meses de la contratación.
- Aquellas empresas o autónomos que contraten en prácticas a jóvenes que no tengan experiencia de tipo laboral, se podrán beneficiar de la bonificación del 50 por ciento de las cuotas a la Seguridad Social.
- Aquellas Cooperativas o Sociedades Laborales que den de alta a jóvenes en calidad de socios trabajadores o socios de trabajo en el Régimen General de la Seguridad Social, contarán con una bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social.
Tipos de contratación menos habituales y con bonificación.
Debemos tener en cuenta que existen otras figuras contractuales que son menos habituales y que, si se convierten en indefinidas, también dan lugar a bonificación. Son las siguientes:
- Sustitución por jubilación anticipada: este contrato de trabajo tiene como pretensión la contratación de trabajadores que se encuentren desempleados y que sustituyan a trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de sesenta y cinco a sesenta y cuatro años.
- Contrato de relevo: este tipo de contrato es el que se concierta con un trabajador en situación de desempleo, o bien que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada que le permita sustituir parcialmente a un trabajador de la empresa, quien accede a la pensión de jubilación de forma anticipada, dado que la recibe de forma simultánea con la realización de un trabajo a tiempo parcial, siempre que sea en la misma empresa.
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