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Redacción E3
El régimen simplificado de IVA es un régimen aplicado a empresarios individuales o personas físicas que tributan por módulos, por lo que se le conoce también como el régimen de módulos. El empresario o autónomo devenga el IVA en función de los módulos afectos a su actividad según la normativa legal vigente.
Veamos en qué consiste el Régimen Simplificado de IVA y quienes pueden aprovechar las ventajas de este régimen.
El IVA es un impuesto indirecto sobre el valor añadido que pagan los contribuyentes finales. La declaración anual de este impuesto es la diferencia entre el IVA devengado y el IVA soportado.
El régimen simplificado de IVA es un régimen especial que se caracteriza porque la liquidación del IVA se calcula en función de las cantidades económicas fijas, llamadas módulos y que son establecidas por hacienda según la actividad económica en que se desempeñe.
El autónomo o persona que se acoge a este régimen paga una cantidad fija al trimestre y al final del año se ajusta esta cantidad a la actividad real.
Se pueden acoger al régimen simplificado de IVA:
Para quienes se acogen al régimen simplificado de IVA, la Hacienda Pública exime a los empresarios de pedir facturas, por lo que no hay control del IVA repercutido.
Para calcular la cuota devengada de IVA en las facturas de ventas, como estas no existen, Hacienda proporciona anualmente unos módulos con los que el empresario o autónomo debe calcular la cuota devengada anual.
De esa cuota debe ingresar en Hacienda un tanto por ciento cada trimestre, luego, en el último trimestre, cuando tiene todo el IVA soportado en compras de todo el año, calcula la cuota anual restando las cuotas devengadas que tuvo en los módulos menos todo lo ha soportado en compras y gastos.
La ley proporciona a quienes se acogen a este régimen, las actividades sujetas a los módulos y las cantidades que se pagan por cada unidad de cada módulo. Igualmente, el porcentaje de cuota que deben ingresar a cuenta cada trimestre y el porcentaje mínimo que las empresas deben pagar
Las principales diferencias entre ambos son:
Quienes se acogen al régimen simplificado de IVA tienen las siguientes obligaciones:
Las personas que se acogen al régimen Simplificado del IVA deben hacer tres liquidaciones trimestrales, con la misma cuantía. Es decir, el monto que se va a ingresar es exactamente igual en el primer trimestre, segundo y tercero.
En el cuarto trimestre es cuando se regulariza y se determina cuánto les queda por cancelar.
Para el cálculo de las tres primeras cuotas trimestrales se debe calcular cada cuota devengada por operaciones corrientes. Sumando cada uno de los módulos por las unidades utilizadas. Luego el total de cuota a pagar es un porcentaje de las operaciones corrientes. Este porcentaje lo proporciona hacienda.
Para el cálculo de la cuarta cuota se cancela la mayor de dos opciones:
Jesús SantaellaCopywriter y redactor SEO con más de 7 años de experiencia. Colabora con Economía 3 desde el 2019 en temas de marketing, turismo, criptomonedas y economía. Es un apasionado por el marketing digital y las ventas a través de las palabras.
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