El crowdfunding de donaciones y recompensas se queda fuera de la Ley

El crowdfunding de donaciones y recompensas se queda fuera de la Ley

El Ejecutivo aprobó el pasado 28 de febrero el anteproyecto de la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula por primera vez en España las distintas vías de financiación colectiva, lo que se conoce por el término inglés «crowdfunding«, que se basa principalmente en plataformas electrónicas que ponen directamente en contacto a los inversores con las empresas.

 

Aunque desde un primer momento las asociaciones y plataformas de financiación colectiva aplaudieron que por fin se regulara esta actividad, criticaron las restricciones que la ley establece a las aportaciones de los inversores, un máximo de 3.000 euros anuales por proyecto y 6.000 por plataforma.

 

Unos límites que no afectarán al «crowdfunding» que se realiza mediante donaciones, ni al que está basado en recompensas, que ofrecen plataformas como Lánzanos o Verkami y que, según la Asociación de Empresas de Crowdfunding de España (AECEsp), es el más popular en este país.

 

En concreto, según el anteproyecto, no se consideran «Plataformas de Financiación Participativa» las entidades que funcionen mediante «donaciones», «préstamos sin intereses», o «compraventa», en este caso «pudiendo ser la entrega incierta y dilatada en el tiempo».

 

En este último tipo entrarían las plataformas basadas en recompensas, pues ofrecen a quien contribuya a financiar un proyecto «desde el agradecimiento y menciones honoríficas, a ediciones limitadas, productos personalizados, descuentos o regalos», explica la AECEsp, y están sujetas al IVA, como cualquier compra.

 

Las restricciones a las aportaciones que establece la nueva legislación sí afectarán a las plataformas de inversión o «equity», mediante las cuales los inversores aportan capital a un proyecto a cambio de participaciones, y a las de préstamo o «lending», que ofrecen una rentabilidad pactada.

 

Unos límites que para la plataforma de préstamos entre personas más antigua de España, Comunitae, implican «un trato discriminatorio frente a otros productos financieros, algunos de mucho más riesgo».

 

También crítico se ha mostrado el vicepresidente de la AECEsp, Miguel Moya, que ha asegurado en declaraciones a Efe que el anteproyecto «está destruyendo estas plataformas», e incluso algunas de ellas, empresas «perfectamente viables», han parado su actividad a la espera de la ley definitiva.

 

Moya cree que los límites que establece la norma son «ridículos», pues ponen en el mismo nivel a todos los inversores y son «muy inferiores» a los de otras regulaciones extranjeras.

 

Uno de los países pioneros en regular el «crowdfunding» fue Estados Unidos, a través de la conocida como «JOBS Act«, que sí tiene en cuenta los distintos tipos de inversores que pueden financiar un proyecto.

 

Así, a los que ganen menos de 100.000 dólares al año, la ley americana limita sus aportaciones a 2.000 dólares anuales o el 5 % de sus ingresos totales, mientras que los ciudadanos que superen esa cifra pueden contribuir con hasta 100.000 dólares, siempre que no sobrepasen el 10 % de sus ingresos anuales.

 

Puesto que la ley española debe pasar por el Parlamento antes de ser aprobada, estas plataformas esperan que se incluya alguna modificación durante su tramitación, una posibilidad a la que se refirió hace unos días el ministro de Economía, Luis de Guindos, que afirmó que «se trata de una normativa que aún debe ser mejorada».

 

En ese sentido, desde la AECEsp están intentando «promover el diálogo con las instituciones» para incluir algunos cambios, pero hasta el momento no han obtenido respuesta.

 

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