Despido Colectivo: ¿Qué es y cuáles son sus causas probables?
El despido colectivo o ERE (Expediente de Regulación de Empleo), es uno de los dos tipos de despido especificados en el Estatuto de los Trabajadores de España. Es importante saber qué es, cuáles son sus causas, cuáles son tus derechos como trabajador y que dice la ley sobre este tema.
¿Qué es un despido colectivo?
Para todos los efectos legales y basándonos en lo establecido en el artículo 51 “Despido colectivo” del Estatuto de los Trabajadores de España, se entiende como despido colectivo:
A la terminación unilateral del contrato de trabajo, por parte del empleador, basándose en causas netamente atribuibles a la empresa (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) y que en un periodo no mayor de 90 días afecte a un número importante de trabajadores. 10 en las empresas de hasta 100 trabajadores, el 10% en las empresas de entre 100 y 300 trabajadores y 30 en las empresas con más de 300 trabajadores.
¿Cuál es la indemnización en un despido colectivo?
En los casos de despido colectivo, calificado como procedente, la ley estipula una compensación de 20 días de salario por cada año de servicios prestados y hasta un máximo de 12 mensualidades.
Sin embargo, al momento de calcular la respectiva indemnización a que tiene derecho el trabajador, el empleador también deberá atender los lineamientos de la respectiva convención laboral. Siempre y cuando estos no desmejoren lo establecido en la ley.
En el caso de que el despido fuese calificado como improcedente, se deberá calcular la indemnización con base a 33 días de salario por año de trabajo, hasta un máximo de 24 meses. Esto, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores de España en su Artículo 56 “Despido improcedente”.
¿Qué dice el estatuto de los trabajadores sobre el despido colectivo?
El Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 51 establece que:
“1. A efectos de lo dispuesto en esta ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a:
- a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
- b) El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
- c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.” …
Causas del despido colectivo
De igual manera, el referido artículo 51, establece las causas legales que pueden determinar la viabilidad o no del llamado despido colectivo. Estas pueden ser, causas de tipo económico, técnico, organizativas y/o de producción.
Causas de tipo económico, cuando los resultados de la gestión de la empresa muestran resultados económicos negativos, o la disminución persistente de sus niveles de ingresos.
Causas técnicas, aquellas relacionadas con los cambios en los instrumentos o medios de producción. Es decir, cambios en la tecnología que afectan a la empresa.
Causas organizativas, cuando se ven afectados los sistemas organizativos y métodos de trabajo del personal.
Causas de producción, relacionadas con los niveles de producción y la demanda de los productos que produce la empresa y que se piensan colocar en el mercado.
Derechos de los trabajadores ante el despido colectivo
Todo trabajador que se encuentre en una situación de cara a un despido colectivo, tiene varios derechos:
- En primer lugar, tiene el derecho de impugnar la decisión del despido en las formas y modos establecidos en el artículo 51.6 del Estatuto de los Trabajadores de España.
- También tiene el derecho a ser informado de la decisión del despido de forma escrita. Mediante carta de despido, donde conste claramente la explicación de la causa y la fecha de entrada en vigencia del despido.
- De igual manera, tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, que debe ser entregada junto con la carta de despido. A menos que los motivos del despido colectivo sean por causas económicas, en cuyo caso deberá esperar, hasta la fecha en que se haga efectivo el retiro.
- También tiene derecho a acceder a la prestación de desempleo siempre que reúna los requisitos legales mínimos exigibles para disfrutar de la prestación.
¿Qué trámite ha de preceder al despido colectivo?
Según reza el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores de España, antes de iniciar el proceso de despido colectivo, la empresa debe establecer un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores. Este plazo no debe superar los 30 días naturales en los casos de empresas grandes y 15 días en los casos de empresas de menos de 50 trabajadores.
Estas consultas se harán con el fin de buscar de forma conjunta la posibilidad de reducir el número de despidos y de atenuar sus consecuencias. La convocatoria para la consulta se hará mediante comunicación escrita de la empresa dirigida a los representantes legales de los trabajadores.
¿Qué ocurre si se despide a más del 50% de la plantilla de trabajadores?
En los casos en que la decisión de despido colectivo de la empresa afecte a más del 50% de su plantilla total de trabajadores, la empresa deberá actuar de acuerdo a lo establecido en el precitado artículo 51 parágrafo 3 del Estatuto de los Trabajadores. Que establece:
“Cuando la extinción afectase a más del cincuenta por ciento de los trabajadores, se dará cuenta por el empresario de la venta de los bienes de la empresa, excepto de aquellos que constituyen el tráfico normal de la misma, a los representantes legales de los trabajadores y, asimismo, a la autoridad competente.”
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