Jueves, 25 de Abril de 2024
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Cómo hacer un rescate del plan de pensiones y cuándo interesa más

Cómo hacer un rescate del plan de pensiones y cuándo interesa más

Contar con un plan de ahorro para nuestra jubilación es tan importante como conocer cómo hacer un rescate del plan de pensiones. Esto nos va a permitir tener una vida tranquila cuando lleguen los años dorados. O ser el apoyo económico si sufrimos algún imprevisto durante nuestra vida. Un plan de pensiones es el instrumento financiero que nos garantiza un plan de ahorro-inversión destinado a cubrir las necesidades de la vejez, la jubilación, largos periodos de desempleo, invalidez laboral permanente o fallecimiento del titular o persona afiliada.

Este instrumento financiero consta de 3 etapas: aportación, inversión y rescate. La etapa de aportación exige el pago, por parte de todos los participantes del plan, de una cantidad de dinero previamente acordada en cuanto a cantidad y plazo. Con el aporte de todos los participantes se cumplen las siguientes fases. Inversión de capitales al colocar el dinero para generar dividendos y rescate del plan de pensiones. En esta etapa los participantes en caso de alguna contingencia prevista, reciben como una renta el capital correspondiente, según su aportación.

¿Cuándo es más interesante hacer el rescate?

Además de la jubilación, existen otros tipos de contingencias conocidas como excepcionales de liquidez, estas permiten realizar un rescate del plan de pensiones de manera anticipada. Estas excepciones contemplan dos aspectos básicos: los ligados directamente con la salud y los derivados del entorno social. En estos últimos podemos incluir aquellas contingencias que afectan la vida social o diaria del afiliado, pero, sin afectar su salud directamente. Como, por ejemplo, largos periodos de desempleo o ejecución hipotecaria de la vivienda principal.

Adicionalmente entre los aspectos ligados estrechamente a la salud podemos encontrar:

  • Enfermedad grave: cuando el afiliado puede acreditar que él, su cónyuge o alguno de sus ascendientes o descendientes en primer grado padecen algún tipo de enfermedad grave.
  • Incapacidad laboral permanente: cuando por causas de salud el afiliado se encuentra incapacitado total o parcialmente.
  • Fallecimiento del titular: en este caso serán sus herederos legales o sus beneficiarios designados quienes podrán recibir el capital correspondiente acumulado en su plan de pensiones.

¿Cómo rescatar el plan de pensiones?

Antes de decidir rescatar tu plan de pensiones, debes analizar y evaluar si realmente es necesario hacerlo. De ser afirmativa la respuesta lo recomendable es que sea en forma de renta, de esta manera el fondo cumplirá con el fin para el cual fue creado y así podrás contar mes a mes con un ingreso confiable. Existen 4 formas diferentes que le permitirán al beneficiario decidir la manera más conveniente de recibir el pago correspondiente de acuerdo con su plan.

  • En forma de renta: el afiliado recibe su subvención de forma periódica como una renta mensual.
  • En forma de capital: el beneficiario recibe un pago único por el total de lo correspondiente a sus aportaciones más la rentabilidad generada.
  • Forma mixta: donde el beneficiario decide recibir su pago distribuido entre las dos formas anteriores. Una parte como capital y otra en forma de renta.
  • En disposiciones: el beneficiario decide los montos y fechas en las que realizara sus cobros.

¿Qué pasa si no tengo otra renta?

Si no tienes otra renta, no pasa nada. De igual manera puedes contratar tu plan de pensión y en el momento necesario rescatar los fondos para tu retiro o cualquier tipo de contingencia. La única exigencia para poder participar es realizar las aportaciones al fondo de pensiones creado para tal fin. No hay ninguna legislación que impida a las personas adquirir un plan de pensiones así no esté trabajando, siempre y cuando sea capaz de cumplir con las aportaciones estipuladas.

Normalmente, la afiliación a un plan de pensiones aporta al titular ciertas ventajas fiscales, que en caso de no contar con un trabajo que genere otras rentas, son transferidas a su cónyuge. Así, las deducciones en las contribuciones al IRPF de las aportaciones anuales, que ingresan al plan de pensión de la persona que no trabaja, se consideran como complementarias a las que tiene derecho el cónyuge por sus propias aportaciones a su plan, hasta un máximo de 2500 € anuales.

¿Cómo tributa el rescate?

El capital obtenido independientemente del tipo de contingencia que lo genere, al momento del rescate del plan de pensiones, acarrea una obligación tributaria ante el IRPF como rendimiento del trabajo. Hay que tomar en cuenta algunas regulaciones especiales y/o transitorias, de acuerdo con el tipo de contingencia y la forma de rescate seleccionada. Por ejemplo, se bonifica a los titulares afiliados antes del 31/12/2006 inclusive esta fecha, con una reducción fiscal del 40% tributando solo 60%. Esto solo cuando el rescate se realiza en forma de capital.

En el caso de las personas con discapacidad, tendrán una reducción del 50% en su obligación tributaria. Solo para aquellos inscritos en el régimen de previsión de seguridad social, si el rescate se realiza en forma de capital. Si por el contrario el rescate se realiza en forma de renta, estará exento de la obligación hasta un máximo de 3 IPREM. En el caso de fallecimiento, los beneficiarios serán los responsables de la tributación con las mismas consideraciones fiscales ya indicadas anteriormente.

¿En qué casilla se pone el rescate del plan de pensiones?

Debemos recordar que los planes de pensiones tributan como rendimientos de trabajo al IRPF. Lo que implica que todos sus aportes durante el ejercicio económico disminuyen la base imponible de su cálculo, generando una reducción en el pago del impuesto. Es decir, se debe rebajar al total del ingreso por salarios anuales el total de aportaciones del mismo año. Y la diferencia resultante, será la base imponible para la declaración. Esto causará una valiosa rebaja en el pago del impuesto.

Para la declaración del IRPF del último año, realizada entre abril y mayo del 2020 los datos de los planes de pensiones se anotaron en las casillas de la 462 hasta la 476. En la base general y no en la base de ahorros. No hay indicios de que esto vaya a cambiar en la declaración de este año. Recuerda, los planes de pensión tienen una importante deducción fiscal y hay que asegurarse de que todos los datos sean correctos.

¿Sirve para planificar la herencia?

Sin duda alguna que sí. El plan de pensiones no forma parte de la masa, que por derecho le corresponde a los sucesores y herederos de la persona fallecida y titular de la participación. El titular designa a su libre voluntad de las personas que él desee como beneficiarios del fondo independientemente de que sean sus herederos o no. De esta manera, el titular de la participación, puede planificar con suficiente anticipación la distribución de los beneficios entre sus seres queridos.

Estos fondos los puede ceder en su totalidad a una sola persona o distribuir el monto entre varias, determinando el porcentaje que asignará a cada uno de sus beneficiarios. Pueden ser herederos legales o no. La ventaja para los beneficiarios por herencia del plan, es que no se verán obligados a pagar impuestos de sucesiones y donaciones por la cantidad recibida. Esta será considerada como rendimiento de trabajo y deberá pagar tributo como tal, con incremento en la base imponible general del IRPF.

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