Guía completa del IMV para empresas: cuándo pueden contratarse beneficiarios y qué bonificaciones aplican
- Contratar a una persona que percibe el IMV es compatible con la prestación, aunque su cuantía puede ajustarse en función de los nuevos ingresos del trabajador y de su unidad de convivencia.
- Las empresas que contratan beneficiarios del IMV pueden tener acceso a reducciones en las cuotas empresariales cuando el beneficiario pertenece además a alguno de los colectivos incentivados por la normativa.
- Estas son las claves que debe conocer una empresa antes de formalizar el contrato y aplicar cualquier incentivo.
Contratar a una persona que percibe el IMV es perfectamente posible. La incorporación al mercado laboral no provoca por sí sola la pérdida inmediata de la prestación, ya que el IMV puede compatibilizarse con las rentas del trabajo mediante un incentivo que en 2026 ha sido simplificado.
Desempleados de larga duración, personas en situación de exclusión social o trabajadores con discapacidad son algunos de los perfiles que pueden dar acceso a bonificaciones. La clave para una empresa que se plantee contratar a un beneficiario del IMV en 2026 es identificar correctamente qué circunstancia genera el incentivo y acreditar que se cumplen todos sus requisitos.
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Qué es el IMV y por qué importa al empleador, no solo al trabajador
El IMV es una prestación económica de la Seguridad Social destinada a garantizar un nivel mínimo de renta a personas y unidades de convivencia que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Su importe depende de los ingresos, el patrimonio y la composición de cada hogar.
El temor a perder el IMV puede influir en la aceptación de una oferta de trabajo, en la ampliación de una jornada o en el paso de un contrato temporal a otro más estable.
El sistema intenta evitar que empezar a trabajar suponga una pérdida económica inmediata. Para ello, una parte del incremento de los ingresos laborales no se computa al recalcular la prestación.
El IMV actúa así como complemento temporal de las rentas del trabajo, siempre que se mantengan los requisitos económicos exigidos.
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Compatibilidad del IMV con el empleo: qué puede cobrar el trabajador contratado
El IMV es compatible con un empleo por cuenta ajena, tanto indefinido como temporal y a jornada completa o parcial.
La compatibilidad no equivale, sin embargo, a conservar siempre la misma cuantía.
Cómo funciona el incentivo al empleo desde 2026
El Real Decreto 240/2026 simplificó el mecanismo:
- Cuando el incremento anual de las rentas del trabajo o de la actividad económica sea igual o inferior a 6.000 euros, el 100 % de ese aumento queda excluido del cómputo utilizado para calcular el IMV.
- Cuando el incremento supera los 6.000 euros, se excluyen esa cantidad y el 50 % del exceso.
- En unidades de convivencia con determinados complementos por discapacidad o monoparentalidad, el porcentaje aplicable sobre el exceso se eleva al 55 %.
Por ejemplo, imaginemos que una persona empieza a trabajar y gana 10.000 euros más al año. La Seguridad Social no tendrá en cuenta íntegramente ese incremento al revisar el IMV. Los primeros 6.000 euros quedan excluidos del cálculo y, del resto, solo computa el 50%.
El objetivo es facilitar la incorporación al empleo sin que la prestación desaparezca de forma inmediata.
Qué información debe comunicar el trabajador
El trabajador debe informar al INSS de los cambios que puedan modificar, suspender o extinguir la prestación, conforme a las obligaciones propias de los beneficiarios del IMV.
También debe facilitar la documentación que le sea requerida y mantener actualizados sus datos personales y económicos.
Si quieres conocer qué debe declararse y cómo evitar incidencias con el INSS, puedes consultar esta guía sobre la declaración de la Renta para beneficiarios del IMV.
La empresa no necesita conocer la cuantía que percibe el empleado ni acceder a los datos económicos de su unidad de convivencia. El hecho de ser un beneficiario del IMV tampoco debe dar lugar a diferencias salariales o de trato.
Qué ocurre si el trabajador no declara sus ingresos
El alta laboral y las cotizaciones generan información que llega a la Seguridad Social, pero eso no elimina las obligaciones del beneficiario. Si se perciben cantidades indebidas, el INSS puede revisar el expediente y reclamar su devolución.
La omisión no convierte a la empresa en responsable del cobro indebido. La compañía debe declarar la relación laboral y el salario reales; el trabajador responde de la información vinculada a su prestación.
El refuerzo del intercambio de información tributaria y laboral permite detectar diferencias entre los ingresos declarados y los efectivamente obtenidos. Economía 3 ya analizó cómoHacienda ha reforzado el control del IMV mediante el cruce automático de datos fiscales.
Bonificaciones en Seguridad Social: cuándo puede beneficiarse la empresa
La contratación de un perceptor del IMV no genera, por sí misma, una bonificación. El Real Decreto-ley 1/2023 dirige sus incentivos hacia colectivos y modalidades contractuales concretos, no hacia todos los titulares de esta prestación.
La empresa debe separar, por tanto, dos cuestiones: el trabajador puede compatibilizar el IMV con su salario y, al mismo tiempo, su contratación puede estar bonificada si reúne un perfil adicional previsto en la legislación.
Desempleados de larga duración y personas en exclusión social
La contratación indefinida de una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo durante al menos 12 meses dentro de los 18 anteriores permite aplicar una bonificación de 110 euros mensuales durante tres años.
La cuantía aumenta a 128 euros mensuales cuando se contrata a una mujer o a una persona de 45 o más años.
Para las personas en situación de exclusión social, la contratación indefinida da derecho, con carácter general, a una bonificación de 128 euros mensuales durante cuatro años.
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La situación debe estar acreditada previamente por los servicios sociales o por el órgano público competente, y la empresa debe conservar la documentación durante cinco años.
La percepción del IMV podría concurrir con una situación de vulnerabilidad, pero no acredita automáticamente la exclusión social exigida por la norma. Es necesario obtener la certificación específica.
Incentivos vinculados a la discapacidad
Las bonificaciones por contratar personas con discapacidad conservan su regulación específica en la Ley 43/2006.
En los contratos indefinidos, la cuantía general es de 375 euros mensuales durante toda la vigencia del contrato.
Puede elevarse a 425 euros mensuales cuando concurran determinadas discapacidades con especiales dificultades de inserción.
Además, existen incrementos por edad o sexo y bonificaciones diferenciadas para contratos temporales de fomento del empleo y centros especiales de empleo.
La discapacidad, por tanto, sí puede generar una reducción notable del coste laboral de un trabajador beneficiario del IMV, pero el fundamento jurídico del incentivo es la discapacidad acreditada, no el cobro de la prestación.
Otros supuestos que deben analizarse por separado
El Real Decreto-ley 1/2023 también contempla incentivos para víctimas de violencia de género, violencias sexuales, trata o terrorismo; determinados contratos de sustitución; formación en alternancia; transformaciones de contratos formativos; y algunas incorporaciones a cooperativas o sociedades laborales.
No basta con que el candidato sea joven. La norma no establece una bonificación general de 275 euros mensuales para cualquier menor de 30 años que cobre el IMV. La edad debe estar unida al supuesto concreto regulado, como determinados contratos de sustitución, la Garantía Juvenil o la incorporación a entidades de economía social.
Requisitos para aplicar correctamente las bonificaciones
Antes de calcular el posible ahorro, la empresa debe verificar tanto su propia situación como la de la persona contratada.
Aplicar una bonificación sin acreditar todos sus presupuestos puede terminar en la pérdida del beneficio y en una reclamación de cuotas.
Entre las exigencias generales se encuentran no haber sido inhabilitada para obtener ayudas públicas, no estar excluida de los programas de empleo por determinadas infracciones y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Cómo tramitar el alta sin perder el incentivo
La condición que da derecho a la contratación incentivada debe cumplirse en la fecha del alta en la Seguridad Social o en la fecha de la variación de datos que origine la bonificación y el contrato debe formalizarse mediante el modelo oficial correspondiente.
La empresa debe identificar correctamente en el Sistema RED el contrato, el colectivo incentivado y los datos necesarios para que la Tesorería General de la Seguridad Social aplique la bonificación.
Mantenimiento del empleo y causas que no computan
En las contrataciones indefinidas bonificadas por el Real Decreto-ley 1/2023, la empresa debe mantener a la persona contratada en alta durante al menos tres años desde el comienzo del contrato o desde su transformación.
No se consideran incumplimientos, entre otros supuestos, las extinciones por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente del trabajador; la resolución durante el periodo de prueba; ni determinados despidos objetivos o disciplinarios que no sean declarados improcedentes.
Casos prácticos: cuánto puede ahorrar realmente una empresa
El ahorro depende del colectivo acreditado, la modalidad contractual y la duración legal del incentivo.
Los siguientes cálculos reflejan las bonificaciones nominales, sin incluir otras partidas salariales ni posibles particularidades de la cotización.
Contrato indefinido con una persona desempleada de larga duración
Una empresa contrata indefinidamente a un beneficiario del IMV que lleva inscrito como desempleado 12 meses dentro de los 18 anteriores.
Si no concurren circunstancias adicionales:
- la bonificación es de 110 euros mensuales durante tres años.
- el ahorro máximo asciende a 3.960 euros: 110 euros multiplicados por 36 meses.
Si la persona tiene 45 o más años, o es una mujer, la bonificación será de 128 euros mensuales y en tres años, el ahorro alcanzará 4.608 euros.
Contratación indefinida de una persona en exclusión social
Un beneficiario del IMV dispone, además, de la acreditación de exclusión social emitida por el organismo competente. La empresa formaliza un contrato indefinido y aplica 128 euros mensuales durante cuatro años.
El ahorro máximo acumulado será de 6.144 euros, resultado de multiplicar 128 euros por 48 meses. La compañía deberá conservar durante cinco años la acreditación que fundamenta el incentivo.
Contratación indefinida de una persona con discapacidad
Si el beneficiario del IMV tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al exigido y se formaliza un contrato indefinido, la bonificación general de 375 euros mensuales supondría 4.500 euros al año.
Estos ejemplos muestran por qué la empresa debe analizar cada candidatura individualmente. Contratar a una persona que cobra el IMV puede facilitar su incorporación laboral y permitir el acceso a incentivos relevantes, pero únicamente cuando concurra y se acredite el perfil protegido que la legislación establece.
Preguntas frecuentes sobre IMV y contratación empresarial
¿Puede una empresa contratar a alguien que cobra el IMV sin que pierda la prestación?
Sí. El IMV es compatible con el empleo por cuenta ajena y por cuenta propia.
La cuantía de la prestación dependerá de los ingresos del trabajador y de su unidad de convivencia.
Desde 2026, los primeros 6.000 euros del incremento anual de las rentas del trabajo no se computan y, sobre el exceso, se aplica la exclusión prevista en la normativa.
¿La empresa recibe una bonificación por contratar a un beneficiario del IMV?
No. Percibir el IMV no genera por sí solo una bonificación en las cotizaciones sociales. La empresa solo puede acceder a incentivos cuando el trabajador pertenece además a alguno de los colectivos bonificados por la normativa, como desempleados de larga duración, personas con discapacidad o en situación de exclusión social.
¿Qué ocurre si la empresa aplica una bonificación sin cumplir los requisitos?
La Tesorería General de la Seguridad Social puede reclamar la devolución de las cantidades bonificadas indebidamente, junto con los recargos e intereses que correspondan.
Por ello, es importante comprobar que el trabajador reúne los requisitos del colectivo incentivado y comunicar correctamente el contrato.
¿Es compatible el IMV con cualquier tipo de contrato?
Sí. El IMV puede compatibilizarse con contratos indefinidos, temporales y a tiempo parcial, así como con una actividad por cuenta propia.
La modalidad del contrato no determina el mantenimiento de la prestación, aunque sí puede influir en las bonificaciones disponibles para la empresa.
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¿Cuánto puede ahorrar una empresa al contratar a un beneficiario del IMV?
Depende del perfil del trabajador y del incentivo aplicable. Por ejemplo, la contratación indefinida de una persona desempleada de larga duración puede generar una bonificación de 110 euros mensuales durante tres años, mientras que otros colectivos, como las personas en situación de exclusión social o con discapacidad, cuentan con incentivos específicos previstos en la normativa vigente.



