Multas de hasta un millón de euros para quienes escriban reseñas falsas
En un mundo cada vez más digitalizado, en el que un gran porcentaje de los consumidores lo hace a través de internet, cobra especial relevancia la necesidad de ofrecer al comprador un entorno fiable a la hora de escoger qué hacer con su dinero. Cuando alguien decide adquirir un producto o ir a cenar a un restaurante, a menudo lo hace movido por las opiniones publicadas en la red. En este sentido, la nueva modificación Ley General para Defensa de los Consumidores y de la Ley de Competencia Desleal, que entró en vigor el pasado 30 de mayo, se adapta a las nuevas tecnologías y endurece las penas para proteger al consumidor de las prácticas fraudulentas que pueblan internet.
El Ministerio de Consumo, con Alberto Garzón a la cabeza, busca de esta forma responder a «la creciente demanda social que al respecto» y acabar con la publicación de reseñas falsas, práctica que, hasta la fecha, ha gozado de cierta impunidad debido al vacío legal. Y es que existen empresas que emplean bots o comercializan las reseñas positivas, conscientes de la visibilidad que pueden aportar a un local o negocio. Así pues, la nueva ley contempla como prácticas engañosas el utilizar reseñas de Google falsas o pagadas con el fin de promocionar bienes o servicios.
La nueva ley pretende así aunar el interés privado de los empresarios, el interés colectivo de los consumidores y el propio interés público del Estado, «por el mantenimiento de un orden concurrencial debidamente saneado». También se homologa nuestro ordenamiento con el del conjuntos de Estados miembros. En este sentido, la incorporación de esta ley propone «dar un paso más en la dirección iniciada por la reciente Ley de Marcas».
Penas de hasta un millón de euros
Entre los aspectos que contempla la modificación se incluye el endurecimiento de las penas, que, según el decreto, pueden llegar a multiplicar las ganancias obtenidas con el engaño «hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido», con un techo de hasta un millón de euros. Las autoridades podrán, además, sancionar a los infractores con la incautación de las mercancías o el cierre de sus establecimientos hasta cinco años.
Estas sanciones tendrán como objetivo a los particulares, pero también a aquellas empresas que, por ejemplo, no especifiquen que una determinadas reseñas se trata de contenido publicitario. De igual forma perseguirá a aquellas plataformas que publiquen reseñas sin verificar que tras ellas se encuentra un consumidor real que ha comprobado el producto. Las sanciones tendrán en cuenta el músculo financiero de la empresa, así como la voluntad y la persistencia de las malas prácticas.
Cómo protegernos de las reseñas falsas
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lanzan algunos consejos para evitar caer en las reseñas falsas a la hora de consumir, como comprobar que el producto que deseamos adquirir no cuente con comentarios positivos sin «compra verificada». También sospechar de aquellos productos que cuenten con reseñas positivas demasiado profesionalizadas o basarse siempre en los comentarios más antiguos, son algunas de las herramientas que nos ayudarán a evitar engaños. Como en muchos aspectos de la vida, nada es blanco o negro. Por ello, es importante desconfiar, avisan desde la OCU, de los productos que cuenten con demasiadas reseñas positivas o muy negativas.
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