Claves en la negociación del teletrabajo: límite del 20%, costes y protección de datos

Claves en la negociación del teletrabajo: límite del 20%, costes y protección de datos

La crisis sanitaria de la Covid-19 ha hecho que el trabajo a distancia se mostrara como el mecanismo más eficaz para asegurar el mantenimiento de la actividad durante la pandemia y para garantizar la prevención frente al contagio. Así lo recoge el anteproyecto de la Ley de Trabajo a Distancia cuyas negociaciones prosiguen este martes entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal. Un documento que apunta que «durante la crisis sanitaria no solo se ha reforzado la tendencia a la normalización del trabajo a distancia, sino que incluso su utilización se ha llegado a configurar como preferente».

Las claves de la negociación sobre la futura legislación que regule el trabajo a distancia son en primer lugar la definición del propio teletrabajo donde la pieza fundamental gira en torno al porcentaje mínimo de la jornada a partir del cual se puede considerar que el empleado está teletrabajando. Después se encuentra la cuestión de los costes que implica trabajar a distancia y quién se hace cargo de ellos, y la última clave es la protección de datos y el derecho a la desconexión de los trabajadores.

Mínimo del 20 %

El borrador de la ley define en primer lugar las distintas modalidades de trabajo. De este modo, establece el trabajo a distancia como aquel que «se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar libremente elegido por esta, durante toda su jornada o parte de ella». Por su parte, el teletrabajo queda definido como «aquel trabajo que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación».

La ley que ahora se discute mantiene el porcentaje mínimo del 20 % de la jornada, en un periodo de referencia de tres meses, para considerar que existe una prestación de trabajo a distancia que obliga a firmar un acuerdo de teletrabajo. Según fuentes del diálogo social, este porcentaje es demasiado bajo para la patronal, ya que por ejemplo un solo día de teletrabajo semanal dejaría de ser considerado una medida de flexibilidad y obligaría a la firma de un acuerdo con el trabajador.

Señala Daniel Patiño, responsable de Acción Sindical de CCOO PV, que el trabajo a distancia debería definirse como «una forma de prestación de servicios» y que no debería ir «vinculado al tiempo». «Se puede compatibilizar en una misma relación laboral el trabajo a distancia con el presencial», apunta y añade que se debe respetar la voluntariedad del trabajo a distancia, es decir, que «ninguna de las dos partes pueda imponerle a la otra el carácter del trabajo a distancia, que sea de mutuo acuerdo y con la posibilidad de revertir la decisión».

¿Quién se hace cargo de los costes?

Uno de los puntos más polémicos ha sido el de quién debe asumir los costes del material y otros gastos (electricidad, internet, calefacción…) que conlleva el teletrabajo. El borrador de la ley establece que se debe generar un inventario entre empresarios y trabajadores con los bienes que son necesarios para ejercer el trabajo a distancia pero dejo a la negociación colectiva el establecer una sistema de compensación de los gastos.

Para Patiño «no tiene porque pagarlo todo el trabajador como se ha hecho durante el estado de alarma, pero de ahí a la frivolidad de que te paguen el alquiler de la casa… entiendo que tiene que haber un equilibrio».

Protección de datos

Por otro lado, señala el responsable de de Acción Sindical de CCOO PV, que un punto clave en las negociaciones será la protección de datos y la privacidad de los empleados. En esta línea, el anteproyecto de ley apunta que el empresario debe garantizar la protección de los datos del empleado e informarle de todas las normas al respecto. Del mismo modo, el trabajador esta obligado a respetar la confidencialidad de la empresa. A su vez, señala el texto que «la empresa no podrá exigir la instalación de programas o aplicaciones en dispositivos propiedad de la persona trabajadora, ni la utilización de estos dispositivos en el desarrollo del trabajo a distancia».

En este punto, añade Patiño que sería pertinente introducir en la discusión de la normativa los aspectos de ciberseguridad ya que no solo está en juego la privacidad de los empleados sino también la de la propia empresas. Esclarecer quién es el responsable de garantizar la seguridad de los equipos que se empleen en el trabajo a distancia. A su vez, el responsable de Acción Sindical apunta que se debe tratar el tema de la prevención de riesgos laborales asociada al teletrabajo y garantizar el derecho a la desconexión de los empleados.

Por último, el borrador deja a la negociación colectiva muchos aspectos de la regulación del teletrabajo, algo que según Patiño es bueno desde la definición pero si contemplamos la situación actual deja de serlo. «Como definición es bueno porque se emplaza la autonomía a las partes para adaptar ese trabajo a distancia a cada realidad. Es malo en el sentido de que hoy por hoy la negociación colectiva está muy desequilibrada, por lo que debe de ir acompañado de reformas que equilibren la negociación colectiva», concluye Patiño.

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