La Ley del IRPF, nos da la opción de realizar de forma conjunta con nuestro cónyuge, la declaración del impuesto de la renta. Esta modalidad nos permite combinar ingresos y deducciones en un mismo formulario. Lo que puede dar lugar a una reducción en los pagos del impuesto o un incremento en los beneficios. Pero también puede traer consigo ciertas desventajas, así que es una decisión que se debe pensar bien.
¿En qué consiste la declaración conjunta?
La declaración conjunta es una opción en la que se puede presentar la declaración de la renta, de forma conjunta, en unión con el cónyuge. De esta manera, se realiza en un solo documento y genera un solo pago. Es recomendable en muchos casos, debido a que puede presentar beneficios como la reducción del pago o algún tipo de bonificación. Que no se tendrían, al realizar declaraciones independientes con los mismos ingresos cada uno de los cónyuges.
Es necesario acotar, que la declaración conjunta solo es posible en los casos de matrimonio, no en las uniones de hecho. En este último caso, solamente podrá declarar uno de los progenitores con sus hijos.
¿Quién puede optar a presentar la declaración conjunta?
Básicamente, esta opción está dirigida solamente para las personas, miembros de una familia. Es decir que pueden acceder a ella todos y cada uno de los miembros de una misma unidad familiar. Entendiendo como unidad familiar, la conformada por un matrimonio y sus hijos si los hubiere, o un solo padre con sus hijos en ausencia del otro.
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF en su artículo 82, sobre tributación conjunta, estipula quiénes y cuáles son las condiciones necesarias para optar por esta modalidad de tributación de declaración conjunta.
-En primer lugar, matrimonios no separados legalmente. En los que pueden existir o no, hijos menores de edad, a excepción de los ya independizados. También en los casos de hijos mayores judicialmente incapacitados sujetos a patria potestad.
-La unidad familiar formada por cualquiera de los padres y los hijos que convivan con ellos en cualquiera de los casos del punto anterior, en los casos cuando se hubiere roto el vínculo matrimonial.
Ventajas e inconvenientes
Aunque la declaración conjunta a primeras luces se ve bien, es necesario saber que tiene ciertas ventajas y desventajas. Es importante, conocerlas y entenderla bien antes de tomar una decisión:
En primer lugar, su mayor beneficio es la reducción por tributación conjunta que se obtiene en la declaración. Esta reducción puede ir desde los 2.150 hasta los 3.400 euros, dependiendo del tipo de unidad familiar. Además, también tiene la ventaja de que nos brinda la posibilidad de compensar las pérdidas y ganancias en la renta de forma conjunta.
Por otro lado, su mayor desventaja es que en estos casos de declaración conjunta, la Agencia Tributaria es un poco más exigente en cuanto a los límites definidos para saber si existe o no la obligación de presentar la declaración. Estableciendo un ingreso mínimo para la declaración, de 5.550 euros, independientemente del tipo de unidad familiar. Adicionalmente, disminuye la reducción de la base imponible.
¿Cuándo conviene presentar la declaración conjunta?
En términos generales, hacer una declaración conjunta es más conveniente cuando:
- Solo uno de los cónyuges es el que trabaja.
- Cuando trabajan los dos cónyuges, pero el ingreso de uno es demasiado bajo.
- Cuando los ingresos de los dos son muy bajos.
- En los casos de familias monoparentales, con hijos no independizados.