Así queda la reforma fiscal para las pymes
Rebaja de impuestos
1. Con el fin de consolidar la aproximación a la fiscalidad de las empresas en los países del entorno, se procederá a reducir el tipo de gravamen general del Impuesto de Sociedades desde el 30 al 28% en 2015 y se reduce en el 25% en 2016. El tipo de gravamen de las pymes puede llegar al 22,25% si se utiliza la reserva de nivelación y al 20,25% si se suma la capitalización empresarial.
2. Se crea una reserva de capitalización, con la que las empresas podrán destinar hasta el 10% de sus beneficios a elevar los recursos propios de la sociedad, dinero por el cual no tendrá que tributar. Esta nueva medida sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.
3. Las pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación, creada de forma exclusiva para ellas, y que supone una reducción de la base imponible hasta un 10 por ciento de su importe con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de cinco años.
4. La nueva reforma mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a la pymes como es la libertad de amortización.
Reordenación de deducciones y mejora de incentivos
1. El nuevo impuesto sobre sociedades ofrece una reordenación de deducciones, mantenimiento de las actuales I+D+i, así como por creación de empleo.
2. Se produce una ampliación de la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal. Para ello, se limita la deducibilidad por gastos de deterioro, se mantiene la limitación de gastos financieros y se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles, que comenzarán a operar en el 2016.
3. Para favorecer al control del endeudamiento empresarial, se fija un límite general del 60% a la compensación de bases imponibles negativas, que entra en vigor en 2016. Esta medida es equiparable a la fiscalidad del entorno con el fin de sanear los balances de las empresas españolas.
Mayores incentivos a industria, I+D+I y cine
1. La Reforma fiscal introduce nuevos incentivos fiscales a actividades determinadas, que ayuden al crecimiento económico y al cambio del modelo productivo.
2. En el caso de las actividades industriales, se intenta mejorar la competitividad en los procesos productivos intensivos en electricidad. Se amplía la exención parcial (85%) del impuesto a todos los procesos en los que el coste de esta energía supere el 50% del coste de producción.
3. En cuanto a I+D+i, las empresas cuyas inversiones en I+D superen un 10% de sus ingresos netos, podrán ampliar el porcentaje de deducción en un 50%.
4. El nuevo Impuesto de Sociedades incluye incentivos para las actividades culturales. Para las producciones cinematográficas, se fija un tipo aplicable a productor y coproductor financiero de forma indistinta. Será el 20% desde el primer millón y del 18%, por exceso. Además, para atraer producciones extranjeras se fija una deducción del 15% de los gastos realizados en territorio español, que podrán recibirse por anticipado.
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