Así funciona el nuevo registro de alquiler turístico, obligatorio desde este martes
La medida busca frenar el fraude, garantizar la legalidad y aportar transparencia en un sector que afecta directamente al acceso a la vivienda

Desde este martes, 1 de julio, en España es obligatorio el Registro Único de Alquileres de Corta Duración, una herramienta impulsada desde la Unión Europea con el objetivo de ordenar un mercado en auge: el del alquiler turístico y de temporada.
La medida busca frenar el fraude, garantizar la legalidad y aportar transparencia en un sector que afecta directamente al acceso a la vivienda. Con ella, tanto los propietarios como las plataformas digitales que publicitan alojamientos vacacionales estarán obligados a inscribirse en este nuevo registro, obteniendo un número identificativo que será necesario para operar legalmente.
En sintonía con la normativa europea, el Gobierno de España pretende así equilibrar los intereses turísticos con el derecho a una vivienda digna, estableciendo controles que permitan una mejor gestión del parque inmobiliario.
¿En qué consiste el registro de alquiler turístico?
Desde este martes, todas las viviendas destinadas al alquiler turístico o de temporada en España deberán contar con un código de registro obligatorio para operar legalmente. Así lo establece el Reglamento (UE) 2024/1028, que busca mejorar la transparencia del mercado y combatir el fraude en el sector de los arrendamientos de corta duración.
Para facilitar la identificación y supervisión de estos alojamientos, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado el Registro Único de Arrendamientos, para que las administraciones puedan coordinarse y mejorar el control del sector. Además, la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos centraliza todos los trámites, para hacer más ágil tanto la inscripción como la consulta de datos.
Los propietarios podían solicitar su número de registro desde enero, fecha en la que entró en vigor la normativa. A partir de este martes, las viviendas que no cuenten con este código no podrán seguir anunciándose ni prestando servicio.
El proceso de inscripción se gestiona a través del Colegio de Registradores y requiere presentar documentación como la referencia catastral, la dirección exacta del inmueble, el modelo de alquiler (vivienda completa o por habitaciones), el número de ocupantes permitidos y la acreditación del cumplimiento de los requisitos autonómicos aplicables.
Una vez validada la solicitud, el propietario recibe un número de identificación oficial que deberá mostrar de forma visible en las plataformas digitales donde ofrezca el alojamiento. Esta medida garantiza que el anuncio esté respaldado por un registro oficial, es decir, se busca dar más seguridad a los usuarios y reforzar la legalidad del servicio.
Las plataformas de alquiler también están obligadas
La entrada en vigor del registro único no solo afectará a propietarios y gestores de viviendas, sino también a las grandes plataformas digitales del sector, como Airbnb, Booking.com o Rentalia. Estas deberán adaptar sus sistemas para cumplir con los requisitos de la nueva normativa europea.
Entre las principales obligaciones que tendrán que asumir las conocidas OTAs (Online Travel Agencies), figura la implementación de un sistema que verifique que cada alojamiento anunciado cuente con el nuevo número de registro obligatorio, y que este sea válido y esté incluido en la base de datos oficial. Además, deberán colaborar con las autoridades proporcionando documentación actualizada siempre que se les requiera.
Según datos recogidos por el portal inmobiliario Idealista, el impacto de estas regulaciones puede ser importante. Esto implica rediseñar sus plataformas y revisar sus políticas internas para garantizar el pleno cumplimiento del nuevo marco legal.
Más de 400.000 viviendas de uso turístico en España
La implementación de esta nueva normativa tiene como objetivo que el sector turístico trabaje con unas prácticas más transparentes y seguras para todos. Cabe recordar que España ha superado por primera vez la barrera de las 400.000 viviendas de uso turístico (VUT), según datos del INE publicados en noviembre de 2024. La cifra, la más alta registrada hasta la fecha, refleja un crecimiento interanual superior al 15%, con más de 56.000 nuevas VUT incorporadas al mercado en solo un año.
Este fenómeno implica que aproximadamente el 1,5% del parque inmobiliario español se destina actualmente al alojamiento turístico, lo que supone un aumento de 0,25 puntos porcentuales respecto al año anterior. En términos territoriales, hay una vivienda turística cada 1,25 km2, o lo que es lo mismo, una por cada 121 residentes.
Además, si se cruzan estos datos con las estimaciones del INE sobre turistas en agosto —obtenidas mediante análisis de telefonía móvil—, se desprende que este verano hubo una VUT disponible por cada 80 visitantes. Una proporción que pone de manifiesto la creciente presión del turismo sobre el mercado residencial.
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