Miércoles, 24 de Abril de 2024
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El coto a vehículos de movilidad personal en las calles de Benidorm, en marcha desde hoy

El coto a vehículos de movilidad personal en las calles de Benidorm, en marcha desde hoy

Hasta un total de siete veces costó aprobar y elaborar un documento final que regulara los vehículos de movilidad personal (VMP) en Benidorm. Fue en marzo, después de una serie de encuentros y desencuentros entre Gobierno y oposición, cuando el Pleno del Ayuntamiento de Benidorm aprobara definitivamente la  modificación de la ordenanza municipal que ponía ley y orden a segways y patinetes eléctricos. Ahora, y tras cinco meses de exposición al público, ya está en marcha el coto a este tipo de movilidad.

La regulación ha entrado en vigor hoy, después de que se publicara ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, y confiere a los patinetes eléctricos características que, en algunos casos y al tener motor eléctrico, exceden a las de los ciclos.  La modificación definitiva incluye así un régimen sancionador que establece multas de hasta 100 euros por las infracciones de carácter leve, de hasta 200 por las de carácter grave y de hasta 500 euros si son de carácter muy grave.

La norma, además, clasifica a las diferentes alternativas de movilidad personal por su peso, sus dimensiones y la velocidad máxima que pueden alcanzar, entre otros. La clasificación se ha hecho de manera que hay cinco tipos distintos de VMP, empezando por el tipo A, el de menor peso, dimensiones y velocidad máxima, y acabando por el C2. Entre medias está el B, el C0 y el C1.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia

En cuanto a prohibiciones y permisiones, queda prohibido para los patinetes eléctricos la circulación en aceras y en sus carriles bici. Sí podrán circular por carriles bici que estén en la calzada y sí podrán circular en calzadas donde la velocidad máxima permitida es de 20 kilómetros por hora. En una zona 30, los VMP de tipo A y B tendrán prohibida la circulación. Entretanto, para estos dos últimos tipos, el uso del casco es a partir de ya obligatorio mientras que para el resto se queda en recomendación.

Lo que sí es de obligado cumplimiento para todos los usuarios es la diligencia y la precaución para evitar daños a propios o a terceros; la responsabilidad de no poner en peligro al resto de usuarios; y el respeto a la preferencia de paso para los peatones. Con respecto a la vía pública, la ordenanza dice que se prohíbe atar los patinetes a árboles, semáforos bancos u otros elementos del mobiliario urbano.

Importante es a partir de ahora también que todas las tipologías de vehículos tienen el deber de incorporar elementos reflectantes, luces y timbres de manera obligatoria y debidamente homologados. Asimismo, se ha regularizado el tránsito en grupos con una serie de normas así como la circulación en VMP de personas con dificultades para moverse. Éstas, según reza la ordenanza, «podrán circular igual que un peatón y la misma velocidad de éste, respetando en todo caso la prioridad del peatón no motorizado».

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