Sábado, 23 de Noviembre de 2024
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“Las criptomonedas son el campo abonado para la delincuencia”

Un día después de que el miembro de la junta ejecutiva del Banco Central Europeo (BCE), Benoit Coeure, considerara que «las criptomonedas son el origen maligno de la crisis financiera”, la Universitat de València ha organizado la I Jornada sobre Delitos Económicos y Blanqueo de Capiteles, donde no ha faltado el análisis de las criptomonedas.

La primera ponencia, en la que Joaquín Castellón, periodista y coordinador de la Unidad de Datos de La Sexta, ha contado el proceso de investigación de los Papeles de Panamá, ha dado paso a una mesa redonda en la que han abordado los aspectos financieros y legales de la prevención del blanqueo.

“Las criptomonedas son el campo abonado para la delincuencia”

“Mucha gente se está dejando llevar por la fantasía de las criptomonedas, pero su propia palabra ya indica que se trata de información encriptada, datos que están solo al alcance de unos pocos”, ha alertado Juan Miguel del Cid, catedrático E.U. del departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Granada.

El catedrático andaluz reconoció que el uso de criptomonedas como bitcoin reduce las comisiones y agiliza las transacciones, pero está probado que financia el terrorismo y sirve como medio de pago en la red oscura. “Las criptomonedas son peligrosas porque desconocemos cómo se controla y no se puede seguir la trazabilidad, es un campo abonado para delincuencia”, ha señalado.

Según Juan Miguel del Cid no pueden existir instrumentos financieros anónimos que prometan altas cotizaciones con rendimientos imposibles. “Aunque todas las señales apuntan a que estamos ante una estafa, las empresas ya se están financiando con ICO (Ofertas Iniciales de Moneda), una inversión con mucho riesgo y ninguna garantía”.

Responsabilidad legal de los abogados

En cuanto a la figura de los abogados en los casos de blanqueo de capital, María Ángeles Pérez, profesora titular de Derecho Procesal en la Universitat Jaume I (UJI) y magistrada suplente de la Audiencia Provincial de Castellón, aclaró algunos aspectos sobre la responsabilidad de los profesionales. “Los abogados están obligados a alertar de cualquier operación de blanqueo de capital porque atenta contra la democracia y el funcionamiento normal de la economía y no entra en conflicto con el secreto profesional”, ha explicado.

Otro caso diferente relativo a la responsabilidad profesional es aquel en el que el abogado simplemente asesora a su cliente sobre las consecuencias jurídicas de ciertos comportamientos. “Si el abogado no se involucra en el blanqueo de capital, sino que simplemente usa sus conocimientos con carácter informativo, el secreto profesional protege su silencio”.

Además, María Ángeles Pérez ha indicado que en el que caso de que el abogado comunicara la sospecha y la acusación no se correspondiese con la realidad, el profesional estaría exento de cualquier cargo y sería el Estado quién indemnizaría al afectado por la demanda si procediera. “A pesar de ello, en 2016 tan solo se registraron 16 comunicaciones de sospecha, datos insignificantes atendiendo a los casos de se están destapando”.

Aspectos a revisar de la política criminal

Por último, Isidoro Blanco, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Alicante (UA), ha definido dos de las modificaciones necesarias que, a su parecer, deberían contemplarse en la estrategia de política criminal. “Por una parte, la justicia tendría que requisar los bienes a los delincuentes en prisión para desincentivar las malas prácticas, especialmente los delitos económicos”, ha reclamado el catedrático de la UA.

En segundo lugar, Isidoro Blanco ha puesto sobre la mesa la necesidad de introducir el concepto de enriquecimiento ilícito en la legislación española para poder detener a criminales sin datos exactos de la procedencia de sus ingresos. “Cuando detectamos considerables aumentos de patrimonio sin justificación probada en personas que ostentan cargos públicos es muy difícil acreditar la historia completa de su procedencia”.

Sin embargo, este cambio en la legislación ya lo han intentado asumir algunos países como Portugal, pero este añadido entra en conflicto con los derechos constitucionales por problemas de prescripción de delitos.

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