Hay que tener en cuenta que, antes de realizarse la operación, las dos partes deben ponerse de acuerdo en muchos aspectos, como:
- Lugar y fecha de salida de la mercancía
- Lugar y fecha de recepción de la mercancía
- Qué tipo de transporte se va a utilizar para el traslado
- Cantidades a trasladar
- Qué medidas de seguridad hay que asegurar para que el contenido llegue en perfecto estado
- Importe de las mercancías
- Quien se hace cargo de las diferentes tasas a sufragar (aduanas) y del seguro
- Quien debe hacerse responsable de cada uno de los pasos necesarios desde que la mercancía sale del lugar de producción hasta que llega al destino donde será utilizado o comercializado.
El último punto es el más complejo. En un transporte de mercancías intervienen muchos elementos y el bulto pasa por distintos lugares. Normalmente, al ser cantidades muy grandes, en caso de cualquier error o rotura las consecuencias en términos de pérdidas son muy grandes. Aquí, entonces, la gran discusión es: ¿Quién debe hacerse cargo y responsabilizarse de las pérdidas en caso que ocurra algún problema durante el transporte? Para delimitar de forma clara las responsabilidades y evitar conflictos entre empresas, se crearon los Incoterms.
¿Qué son los Incoterms?
Los International Commercial Terms son unas cláusulas internacionalmente reconocidas por las cuales se regulan las operaciones de compra-venta comerciales a nivel internacional.
A través de los Incoterms, queda fijado un acuerdo entre el comprador y el vendedor en el que se estipula quién es responsable de cada uno de los pasos por los que pasará la mercancía y cuándo y dónde se produce la transmisión de los riesgos y la obligación. Los más habituales son los siguientes:
- Carga en el lugar donde se encuentra el exportador
- Transporte hasta el lugar desde donde saldrá la mercancía al otro país
- Pago de la aduana del país desde donde se realiza la exportación
- Costes de carga de la mercancía en el país exportador
- Flete y recargos del transporte en sí
- Costes para descargar la mercancía en el país importador
- Costes de la aduana de país importador
- Licencias necesarias en el país importador
- Transporte que se realiza dentro del país importador
- Descarga de la mercancía en el domicilio del importador
Así pues, cada Incoterm marca si es el exportador o el importador quien debe de hacerse cargo de la responsabilidad en cada uno de los puntos mencionados. Por lo tanto, en caso de haber algún tipo de problema, se podrá delimitar perfectamente quien debe asumir los costes derivados del error.
¿Qué tipos de Incoterm existen?
Ya sabes qué son los Incoterms, pero, ¿Qué tipos hay? Según la distribución de responsabilidades entre exportador e importador, encontramos los diferentes tipos de Incoterm. Para que no haya confusiones idiomáticas, existe una traducción aceptada en cada idioma.
Grupo E
Agrupa aquellos Incoterms que comparten las siguientes características:
-
- El vendedor no debe de asumir ningún tipo de responsabilidad en ningún momento del transporte. Sencillamente, su función consiste en tener en su propio local la mercancía acordada.
- El comprador es quien asume todos los gastos y los riesgos que se han desglosado en un principio. Esta situación puede darse porque el mismo importador, con experiencia en el comercio internacional, prefiere controlar todos los aspectos del transporte para asegurarse que las mercancías llegarán en el estado y tiempo que precisan para poder satisfacer las exigencias de sus clientes. Además, también puede deberse a un tema de control de costes: contratando el importador todos los servicios, se asegura de la cantidad máxima que deberá afrontar y podrá utilizar el hecho de hacerse cargo de todos los gastos como herramienta de negociación con el exportador.
- Solamente existe un tipo de Incoterm en esta categoría: EXW (‘EX Works’ o ‘En fábrica’)
Categoría F
Engloba aquellos Incoterms en los cuales:
-
- El vendedor es el responsable de cargar la mercadería y de transportarla hasta el puerto de exportación. Por lo tanto, también costea las tasas de exportación. Una vez ya ha entregado los bultos dentro de las fronteras de su país al transportista, se termina su responsabilidad.
- El comprador se hace cargo de contratar y realizar el transporte hasta su propio país. Por lo tanto, debe hacer frente al coste del flete y del seguro.
- Existen distintos tipos de Incoterms dentro de esta categoría:
- FCA (‘Free carrier at’, o ‘Libre al transportista’): el vendedor tiene la obligación de dejar la mercancía a un punto acordado con el importador. Por lo tanto, es él quien deberá costear los gestos de aduana y transporte. El comprador podrá solicitar a la naviera o a su agente de carga que emita el BOL/BL (Bill of Lading) con la anotación “on board” para el vendedor.
- FAS (‘Free alongside ship’ o ‘Libre costado buque’): la entrega de la mercancía se produce al lado del transporte donde se transportará hasta su destino. En este caso, el vendedor debe pagar los gastos de aduana de exportación. En cambio, el comprador es el responsable del embarque y del transporte de la mercancía.
- FOB (‘Free on board’ o ‘Libre a bordo’): el vendedor debe llevar la mercancía hasta dentro del transporte. Por lo tanto, afrontará los costes y responsabilidades hasta este momento.
Categoría C
Encontramos los incoterms que comparten los siguientes puntos:
-
- El vendedor es quien contrata el transporte principal, pero no asume los riesgos consecuencia de la pérdida o el daño de la mercadería en su viaje hacia el país importador. Además, debe realizar los trámites aduaneros para la exportación.
- El comprador se hace cargo de todos aquellos aspectos a partir que a mercancía llega a su propio país. Ahora bien, es quien asume el riesgo en caso que haya algún problema durante el viaje de las mercancías hasta el destino.
- Hay los siguientes tipos de Incoterms:
- CFR (‘Cost and freight’, o ‘Coste y flete’): el vendedor debe cargar con todos los costes y el gasto del transporte principal hasta que la mercancía llega al lugar donde será recogida en su destino.
- CIF (‘Cost, insurance and freight’ o ‘Coste, seguro y flete’): el vendedor también tendrá que asumir los gastos de seguro y éste debe ser a todo riesgo.
- CPT (‘Carriage Paid To’ o ‘Transporte pagado hasta’): el vendedor se encarga de todos los costes y el gasto del transporte principal hasta que la mercancía llega al primer medio de transporte.
- CIP (‘Carriage and insurance paid to’ o ‘Transporte y seguro pagados hasta’): supone que el vendedor se hace cargo de todos los gastos, incluyendo seguro a todo riesgo, hasta que entregue el bien al comprador en el punto de destino convenido.
Categoría D
Agrupa los Incoterms por los cuales:
-
- El vendedor asume todos los gastos y los riesgos desde que la mercancía sale de sus dependencias hasta que llega al lugar donde se encuentra el importador. Del mismo modo que hemos visto en la primera categoría, el vendedor lo hace para asegurar el éxito del transporte o para controlar costes.
- El comprador no debe de hacer frente a ningún gasto.
- Encontramos los siguientes tipos de Incoterm:
- DPU (‘Delivered at Place Unloaded’ o ‘Entregada en lugar de descarga’): es el único Incoterm en el que la descarga se hace en destino. El vendedor realiza la entrega de la mercancía y transmite el riesgo cuando la pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada, descargada por sus medios, y en el punto de destino convenido.
- DAP (‘Delivered at Place’ o ‘Entregado en lugar’): el vendedor se hace cargo de todos los costes aunque solo lo hace hasta el lugar acordado. Por lo tanto, no paga los gastos de la importación.
- DDP (‘Delivered Duty Paid o ‘Entregado con derechos pagados’): el vendedor corre con todos los gastos hasta que llega al establecimiento del importador.