Expediente de Regulación de Empleo. ERE Temporal de Suspensión de Contrato y Reducción de Jornada. Procedimiento.

Expediente de Regulación de Empleo. ERE Temporal de Suspensión de Cont

Por tanto, podemos decir que, en estos casos, no se aplicaba la forma más radical del Expediente de Regulación de Empleo, que no es otra que la Extinción del puesto de trabajo, sino que se llevaba a cabo una Suspensión del Contrato o, en su defecto, una Reducción de la jornada. Vamos a ver cuáles son las principales características, además del Procedimiento a seguir.

Expediente de Regulación de Empleo de Suspensión de Contrato.

El Expediente de Regulación de Empleo en su modalidad de Suspensión de Contrato tiene como objetivo el cese temporal de la relación laboral, el cual afecta a días completos de trabajo, con independencia de que sean seguidos o alternos, teniendo una duración mínima de una jornada laboral.

Esta situación se daría en el siguiente supuesto: la Empresa Z, tiene 20 trabajadores, los cuales desarrollan sus funciones en dos grupos diferenciados, dado que se encargan de dos secciones distintas de la producción que son complementarias entre ellas. A causa de la crisis, ha sufrido un gran descenso de los pedidos y, por tanto, de la facturación. Es por ello que se ve obligada a aplicar una medida de Regulación de Empleo y opta por una menos agresiva: la Suspensión de Contrato. En base a ella, 10 trabajadores de una sección trabajan una semana y los 10 restantes otra. Por tanto, su contrato de trabajo se encuentra en suspenso los días que no trabajan y, por tanto, se encuentran percibiendo la prestación por desempleo, pasando a estar vigente aquellos días que sí acuden a su puesto, siendo la Empresa quien deba abonarles la nómina por estos días.

Debemos tener en cuenta que, durante el Expediente de Regulación de Empleo de Suspensión de Jornada, la Empresa sigue cotizando a la Seguridad Social por cada uno de sus empleados. Una vez finalizada dicha medida temporal, la Sociedad puede reanudar los contratos o bien extinguirlos.

Expediente de Regulación de Empleo de Reducción de Jornada.

En esta modalidad se produce una minoración de carácter temporal de la jornada laboral, comprendida entre un 10 por ciento y un 70 por ciento de la misma. Dicha disminución se puede aplicar respecto a la jornada diaria, semanal, mensual o anual.

Debemos tomar en consideración que el trabajador consumirá su Prestación por Desempleo por horas y no por días completos.

Otra cuestión a tener en cuenta es que, durante el periodo de duración del Expediente de Regulación de Empleo, la Empresa podrá bonificarse la mitad de las Cuotas a la Seguridad Social por Contingencias Comunes durante un máximo de 240 días por cada trabajador. Mientras el Expediente de Regulación dure, el empleado seguirá cotizando con la misma Base de Cotización, debiendo la Empresa ingresar a la Seguridad Social la Cuota Patronal y el Servicio Público de Empleo Estatal cotizar por la parte del tiempo que no se haya trabajado.

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