Recibir una herencia, no importa de que se trate (propiedad, terreno, casa u otro bien), es algo emocionante. Y dejarse llevar por la emoción de heredar algo, es muy normal. Pero, superada la emoción, es necesario entender cómo se reparte una herencia. De esta manera, podremos saber que nos corresponde y evitarnos algunos inconvenientes. Así que, también es normal querer saber cómo se reparte una herencia en España. Por esta razón, en este artículo repasaremos lo que hay que saber sobre la división de la herencia tras el fallecimiento.
¿Cómo se reparte una herencia?
Para saber cómo se reparte una herencia, debemos remitirnos al Código Civil español, que establece en su artículo 658, la sucesión por manifestación testamentaria y a falta de esta por disposición de la ley, llamada Legítima. El orden del derecho está establecido de la siguiente manera:
Descendientes (hijos y, nietos cuando falten los primeros), ascendientes, (padres y, abuelos en caso de fallecimiento de los primeros), cónyuge, en el caso de ausencia de los anteriores y hermanos y, sobrinos (en caso de ausencia de los hermanos).
Adicionalmente, también se establece la división del patrimonio de la herencia, en tres partes iguales: La Legítima, La Mejora que forma parte de la Legítima y la Libre disposición.
La Legítima es la parte que la ley dispone intocable por el testador y que garantiza el patrimonio de los herederos legítimos o forzosos.
La mejora, que es la parte de la que el testador puede disponer, para favorecer a alguno de sus herederos legítimos sobre los otros. Nunca a favor de terceros que no sean sus herederos forzosos.
La libre disposición es el tercer tercio del que, como su nombre lo indica, puede disponer libremente el testador, incluso a favor de terceros, extraños o no familiares.
Reparto de herencia entre viudas e hijos
En los casos de sobrevivientes cónyuge e hijos, el Código Civil, en su artículo 834, establece el derecho de los descendientes (hijos) sobre el 66,66% del caudal hereditario. Es decir, del total de la Legítima. Sin embargo, también concede al viudo/a, el derecho de usufructo de por vida, de lo correspondiente a la mejora. Es decir, el 33.33% del caudal hereditario. En el caso posible de que no haya herederos legítimos, descendientes o ascendientes, el cónyuge tendrá derecho al total de la herencia.
Reparto de herencias entre hermanos
En el caso del reparto de la herencia entre hermanos, hay que tomar en cuenta, dos situaciones posibles: la manifestación testamentaria, cuando existe un testamento, y la condición de abintestato (sin testamento) del patrimonio heredado.
En el primero, se debe repartir lo correspondiente a la Legítima en partes iguales entre los hermanos o herederos legítimos (forzosos). Mientras que lo correspondiente a la Mejora, queda por cuenta de lo determinado en el testamento.
El segundo de los casos, es cuando el caudal hereditario es abintestato. En este caso, se debe repartir a partes iguales, lo correspondiente al 66,66% (Legítima y Mejora), de la herencia entre los hermanos.
Reparto de herencia en matrimonio de gananciales con hijos
En el caso de los matrimonios bajo régimen de gananciales, antes de determinar cómo se reparte la herencia, se deben liquidar los bienes gananciales habidos en el matrimonio. De esta manera, se podrá establecer cuál es la parte de los bienes que corresponden al viudo/a y cuál se integrará a la herencia.
¿Cómo se reparte una herencia cuando no hay acuerdo?
Cuando no existe un acuerdo entre los herederos, sobre la forma como se reparte la herencia. Se debe apelar a la división judicial de la herencia. Un procedimiento que garantiza que cada uno de los herederos reciba la parte de la herencia que le corresponde, según lo que establece la ley.