Una tendencia minoritaria, pero creciente. El teletrabajo transfronterizo se ha convertido en una opción muy atractiva para nuestro país. ¿El objetivo? Atraer el talento cualificado de los llamados ‘nómadas digitales’.
¿Qué es el teletrabajo transfronterizo? Básicamente, es cuando una persona trabaja desde su casa o cualquier lugar fuera de su país de residencia para una empresa que está en otro país. En lugar de ir a una oficina, esta persona utiliza la tecnología, principalmente internet, para realizar su trabajo a distancia. Esto significa que pueden vivir en un lugar y trabajar para una empresa en otro país sin necesidad de estar físicamente allí.
Ahora, nuestro país ha comenzado a contar con marcos legislativos concretos para evitar abusos laborales.
El perfil del teletrabajo transfronterizo
Esta modalidad de trabajo atrae especialmente a empleados jóvenes, tanto freelance como asalariados, de perfiles tecnológicos y procedentes de países nórdicos para los que España se ha convertido en uno de los destinos preferentes.
En este contexto, nuestro país se adscribió el pasado verano al acuerdo marco europeo que desarrolla el reglamento comunitario para casos de teletrabajo transfronterizo habitual. Esto asegura mejores condiciones a los europeos que trabajan desde España para una empresa ubicada en otro estado miembro.
Junto a esto, la Seguridad Social ha emitido un criterio flexibilizador, que también se aplica desde el 1 de julio, para los casos en los que el teletrabajo en otro Estado miembro es aleatorio, limitado en el tiempo y no forma parte del patrón habitual de la prestación de servicios, según explicaban recientemente desde Cuatrecasas. En estos supuestos, también se considera que el teletrabajador sigue sujeto a la legislación del Estado desde donde realizaba su actividad de forma ordinaria.
Mejores condiciones para los nómadas digitales
¿Qué implica este acuerdo marco europeo? La adhesión de España al acuerdo marco europeo implica que, a partir de ahora, deberá aplicarse al teletrabajador la legislación del Estado en el que el empresario tenga su sede. Por ejemplo, en cuanto a salario o cotizaciones sociales. Eso sí, siempre que el tiempo de trabajo en su país de residencia no supere el 50%.
De momento, el acuerdo ha sido suscrito también por Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta y Francia.
Visados para nómadas digitales
Con la aprobación de la Ley de Startups a finales del pasado año, se facilitó la obtención de un visado para residir por teletrabajo de carácter internacional de los nacionales de terceros Estados. Hasta finales de agosto, la Empresa Nacional de Innovación (Enisa) había analizado más de 800 de estos visados de trabajo para nómadas digitales.
¿Cuáles son los criterios económicos para obtener un visado? Según explican desde Echeverria Abogados, «debes demostrar que ganas al menos el 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta suma puede demostrarse mediante contratos de trabajo, facturas o extractos bancarios».
¿Es entonces necesario que los nómadas digitales paguen impuestos en España? La verdad es que si permaneces en España más de 183 días, se te considerará residente fiscal. Esto implica que cualquier dinero que ganes mientras trabajes en España tributará, aunque proceda de clientes o empresas de otros países.
El visado de nómada digital ofrece ventajas financieras porque está sujeto al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), en lugar del impuesto sobre la renta progresivo estándar (IRPF) que pagan los empleados permanentes en España. El IRNR suele ser del 24% en España (para los residentes va del 25 hasta el 50%).
Sin embargo, según explican desde el bufete, solo les convendrá tributar por la Ley Beckham a quienes tengan ingresos superior a 55.000 euros (si los ingresos son inferiores a esta cantidad, no es conveniente), pero si estás dentro de la Ley de Nómada Digital no pagarás por los rendimientos de activos inmobiliarios, dividendos de sociedades, etc., que se generen en tus país. «El impuesto al patrimonio solo lo pagas por los bienes situados en España. Ten en cuenta que este régimen solo se puede utilizar durante los primeros seis años», concluyen.