La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, que actúa en este caso como tribunal de Dibujos y Modelos Comunitarios, desestima la acusación de plagio interpuesta por la empresa de mobiliario Viccarbe Habitat S.L. contra Global Sofás S.L. y Hacemos Proyectos Creativos S.L referida a un mueble. La sentencia tiene especial relevancia, ya que el tribunal reconoce la prevalencia de un diseño industrial registrado por encima de otro diseño anterior en el tiempo pero no registrado.
La Audiencia rechaza así las pretensiones de la firma de mobiliario que acusaba a los apelados de infracción de derechos de autor, infracción de modelo comunitario no registrado y actos de competencia desleal.
La demandante ha sido, además, condenada en costas. La primera compañía es fabricante y comercializadora de muebles y la segunda, diseñadora del puf motivo de la demanda. La demanda ya se desestimó en primera instancia por el juzgado de Dibujos y Modelos número 2 de Alicante y esa sentencia la ha ratificado la Audiencia Provincial tras su apelación. El fallo es firme, puesto que no se ha recurrido.
No hay plagio
Global Sofás y Hacemos Proyectos Creativos han sido defendidas por el despacho Tomarial y la sentencia ha dado la razón a sus argumentos: el mueble motivo de la demanda no es un plagio de otro modelo de la empresa demandante.
La firma demandada había protegido este modelo de asiento con un modelo comunitario registrado válido y además argumentó que había diferencias entre los modelos comercializados por ambas empresas.
La sentencia ha desestimado íntegramente la demanda, negando cualquier infracción por derechos de autor, protección de diseño industrial ni competencia desleal.
Una sentencia relevante
La sentencia rechaza también la pretensión de la demandante, Viccarbe, respecto al carácter singular o novedoso de su puf. La falta de singularidad del modelo, un modelo no registrado, no merece protección de protección industrial. El puf de Global Sofás motivo del litigio sí contaba con un modelo comunitario registrado válido.
Tomás Vázquez Lépinette, Catedrático de Derecho mercantil, socio de Tomarial y abogado de Global Sofás en este caso, explica que la sentencia «es relevante porque la dicta la Audiencia Provincial de Alicante en su condición de Tribunal de Dibujos y Modelos Comunitarios, que es el tribunal de referencia en España para las cuestiones de protección de marcas y diseños de la Unión Europea«.
«En este caso, se reconoce la prevalencia del diseño industrial registrado de un mueble por encima de otro diseño que fue lanzado al mercado con anterioridad pero no estaba registrado. La legislación protege durante 3 años diseños no registrados, pero han de darse también unas características de novedad y singularidad que en este caso no se cumplían», ha concluido el catedrático.