Llega el acuerdo para reformar el sistema de cotización de autónomos (RETA)
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha cerrado este miércoles con los agentes sociales y las asociaciones de autónomos un acuerdo para la reforma del sistema de cotización basado en los rendimientos reales de los trabajadores por cuenta propia.
El Gobierno aprobará por decreto ley en el próximo Consejo de Ministros esta reforma, que establece una subida progresiva de las bases de cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) en 15 tramos según ingresos desde 2023 y hasta 2025, año en el que serán revisados.
Escrivá también confía en que la reforma reciba «un apoyo muy amplio» de los grupos parlamentarios, teniendo en cuenta que tiene el respaldo de las tres asociaciones de autónomos ATA, UPTA y UATAE, los sindicatos UGT y CCOO, y la patronal Cepyme y CEOE.
Cuota mínima de 200 € y revisión en 2025
Según el documento acordado, el acuerdo va rebajando la cuota mínima y elevando la máxima durante los tres próximos años, hasta situar en 2025 en 200 euros la más baja (los autónomos con ingresos inferiores a 670 euros mensuales) y en 590 euros la más alta (más de 6.000 euros de rendimientos).
«Hemos acordado un calendario de tres años», ha dicho Escrivá, de forma que en 2025 volverá a reunirse con los agentes sociales y las asociaciones de autónomos para evaluar la evolución del sistema y pactar los siguientes tramos para los tres siguientes años, algo que volverá a ocurrir en 2028, terminando el periodo transitorio en 2032; con el objetivo de que para entonces la cotización esté directamente vinculada a sus ingresos reales.
Las tablas con los tramos de cotización han sido fruto de intensas negociaciones entre Gobierno y asociaciones de autónomos, que se han solventado, en parte, introduciendo un elevado grado de flexibilidad.
Así, desde ATA han apuntado a la posibilidad de cotizar durante los tres años del acuerdo (2023, 2024 y 2025) por una base comprendida entre la que le corresponda y la máxima del sistema, así como la opción de mantener el año que viene la base actual aunque sea superior a la determinada por sus rendimientos.
Claves de la reforma del régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
En concreto, el tramo más bajo (de menos de 670 euros mensuales) parte de una cuota de 230 euros en 2023 para pasar a 225 euros en 2024 y a 200 euros en 2025; mientras que el tramo más alto (para rendimientos superiores a 6.000 euros) parte de una cotización de 500 euros el año que viene, que suben a 530 el siguiente y se sitúan en 590 al final del periodo.
Actualmente los autónomos eligen voluntariamente la base por la que cotizan y el 85% lo hace por la más baja, que implica una cuota de 294 euros mensuales.
Según la Seguridad Social, de los 3,4 millones de autónomos, el 50% declara rendimientos iguales o inferiores a 670 euros mensuales, con lo que verá reducida significativamente la cuota con el nuevo sistema.Otro 14% que declara rendimientos entre 670 y 1.125 euros mensuales también pagará menos. El 12 % con rendimientos entre 1.125 y 1.700 euros mensuales abonará la misma cuota o ligeramente inferior.
El 24% restante, con rendimientos a partir de 1.700 euros pagará más, sobre todo quienes tienen rendimientos superiores a 4.050 euros al mes (el 8% del total).
Los autónomos societarios con rendimientos netos por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), familiares y con rendimientos cero cotizarán por una base mínima de 1.000 euros, que irá progresivamente convergiendo con la del régimen general.
Nueva tarifa plana
Se establece una nueva cuota reducida de 80 euros al mes para todos aquellos trabajadores que inicien una actividad por cuenta propia durante el primer año, prorrogable a otros 12 meses si el autónomo registra ingresos inferiores al SMI.
Actualmente es de 60 euros al mes el primer año, 147 euros los siguientes seis meses y de 206 euros los seis siguientes.
Sistema flexible
Al inicio de año o en el momento del alta, los autónomos comunican su previsión de rendimientos netos, que cada dos meses (hasta 6 veces año) se puede modificar. Una vez vencido el ejercicio y con los datos proporcionados por la Agencia Tributaria, la Seguridad Social regularizará las cuotas si se ha cotizado por debajo o por encima de los rendimientos netos anuales obtenidos.
Se permite a los autónomos que estaban en diciembre de 2022 cotizando por una base mayor a la que determinan sus rendimientos netos permanecer en esa base si así lo desean, en tanto que desaparece desde 2023 el tope de cotización para los trabajadores mayores de 47 años.
Cálculo de los rendimientos
Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos (ordenador, alquiler local, compra de suministros).
Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% de los rendimientos netos (3% para los autónomos societarios).
Bonificaciones y reducciones
El acuerdo mejora las bonificaciones de cuota para madres trabajadoras (se amplía de 12 a 24 meses), para cuidado de hijos menores de 12 años o familiar a cargo, por familiar colaborador agrario (del 40%) y por cuidado de menor afectado por cáncer o enfermedad grave (75%).
Asimismo, se recoge una reducción en el IRPF del 10% de las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social.
¿Habrá paro para los autónomos?
Además del cese de actividad actual, que obliga a cerrar el negocio y darse de baja del RETA para poder cobrar una prestación del 70% de la base reguladora durante un máximo de dos años, se regula un nuevo cese de actividad parcial del 50% de la base reguladora, compatible con la actividad y que se podrá cobrar por un periodo de cuatro meses a dos años.
Podrán acceder los autónomos con trabajadores que reduzcan o suspendan la jornada al 60% de la plantilla, que vean recortados sus ingresos o ventas un 75% durante dos trimestres y que no tengan ingresos superiores al SMI.
Los autónomos sin trabajadores accederán si tienen deudas con acreedores no públicos durante dos trimestres que supongan una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas.
Asimismo se establece el cese temporal parcial por fuerza mayor cuando exista la declaración de emergencia y los autónomos pierdan el 75% de sus ingresos y se queden con una renta no superior al SMI.
Se adapta el mecanismo de los ERTE para los autónomos
La norma adapta a los autónomos el mecanismo de protección Red establecido en la reforma laboral para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) cíclicos o sectoriales, teniendo que acreditar en ambos casos caída de ingresos o impacto en la plantilla.
En los cíclicos cobrarán el 50% de la base reguladora hasta un año, sin consumir derecho a prestación por cese de actividad y con una exoneración del 50 % de la cotización, mientras que en el sectorial, se recibirá un pago único del 70 % de la base reguladora y el pago del 50 % de la cotización.
Un acuerdo que ha tardado en salir adelante
Para llegar a sellar el acuerdo, han hecho falta meses de negociaciones y reuniones. De hecho, se daba por firmado hace ya un par de semanas cuando UPTA se adhería al mismo, pero desde ATA se ha peleado hasta el último minuto para ver plasmadas sus aspiraciones en el texto definitivo que debía facilitar el Gobierno, el cuál se hizo esperar hasta el pasada noche del 19 de julio. Una vez se revisaba por parte de ATA, el miercóles daban el visto bueno, y con ellos también Cepyme y CEOE.
El presidente de ATA, Lorenzo Amor, destacaba que el acuerdo, era «una hipótesis o una entelequia» hace un año y ha valorado las mejoras incorporadas en cuanto a las bonificaciones para madres trabajadores, por cuidado de hijos menores de 12 años, por familiar colaborador agrario o por cuidado de menor afectado por cáncer o enfermedad grave.
La secretaria general de UATAE, María José Landaburu, ha destacado que éste es un «acuerdo de mínimos» sobre el que seguirá trabajando, después de haberse centrado en «ayudar a los que menos tienen» rebajando las cuotas más bajas y en flexibilizar los requisitos para acceder a la prestación por cese de actividad.
Además, tal y como ha destacado el ministro, la reforma recoge un cese de actividad «en situaciones de excepcionalidad», haciendo esta prestación análoga a las de los ERTE red cíclicos y sectoriales que existen para los asalariados.
«Hoy es un día histórico (…). Es el inicio de un cambio de sistema que tendrá que converger a lo largo de los próximos nueve años» hacia uno de cotización por ingresos reales, ha dicho el presidente de UPTA, Eduardo Abad, quien ha valorado las mejoras en protección social y las rebajas de las bases.
Entre los puntos del acuerdo más discutidos, Escrivá ha destacado la deducción del 7 % de los «gastos difíciles de justificar o que puedan tener otra naturaleza» ajena a la de su actividad, o la definición de «rendimientos netos», que no son puramente los ingresos.
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