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Puertos del Estado autoriza la ampliación norte del Puerto de València

Redacción E3
Publicado a 25/03/2022 13:02

El Organismo Público Puertos del Estado (OPPE), dependiente del ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha resuelto «emitir ‘Informe Favorable’ sobre el proyecto constructivo del muelle de contenedores de la ampliación norte del Puerto de València«.

Las conclusiones del informe de Puertos del Estado señalan que «las obras incluidas en el proyecto cumplen las funciones requeridas en relación con la mejora de competitividad del Puerto de València en tráficos de mercancía contenerizada. Mediante la ejecución de una nueva terminal de contenedores funcional y operativa que completa la ampliación norte del puerto. Asimismo, las obras incluidas en el proyecto alcanzan una fiabilidad técnica suficiente en términos, tanto de estabilidad hidráulica como geotécnica y estructural«.

Puertos del Estado autoriza la ampliación norte del Puerto de València

El presidente de la Autoridad Portuaria de València (APV), Aurelio Martínez, ha presentado los detalles del informe de Puertos del Estado sobre la nueva terminal a los miembros del Consejo de Administración de la APV.

Las recomendaciones de Puertos del Estado

El documento de OPPE realiza unas últimas prescripciones y recomendaciones a la APV a la hora de aprobar el proyecto constructivo de la terminal norte de contenedores. Así, indica que la APV, «en calidad de promotor y órgano sustantivo de la actuación, deberá emitir una certificación de que el proyecto no requiere someterse a un nuevo procedimiento ambiental, con carácter previo a la aprobación del mismo«. Un requerimiento habitual al organismo promotor de las obras que se solicita a las autoridades portuarias.

El proyecto, tal y como refleja Puertos del Estado, recoge todos los elementos de juicio necesarios para emitir dicha certificación; por lo que el informe recibido respalda una vez más el criterio de que no es necesario un nuevo estudio de impacto ambiental, ni siquiera abreviado, por no incumplirse ninguno de los supuestos de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

En su ‘Informe Favorable’ a la nueva terminal, matiza Puertos del Estado, que se debe completar el proyecto con la caracterización de los materiales a dragar en el Puerto de Sagunto. Un aspecto que la APV presentará en las próximas semanas. Una observación que se refiere a la realización de catas para analizar el material de los fondos marinos a dragar.

También indica que los tiempos de consolidación que figuran en el proyecto tras el fondeo y relleno de cajones y tras la ejecución de la precarga sobre la nueva explanada se consideran tiempos mínimos. Y deberán incluirse en el Pliego de Cláusulas de contratación de las obras para que sean tomados en cuenta por los licitadores.

Replantear el entronque del muelle

Puertos del Estado recomienda replantear el entronque del muelle de contenedores manteniendo la cota del último cajón a la cota -20 metros, igual que el resto del muelle. Y resolviendo el encuentro con una sección de hormigón sumergido que salve los dos metros de diferencia entre el muelle y el dique. En el proyecto inicial, el entronque del muelle de contenedores (cimentado a la cota -20m) con el dique de abrigo exterior, se resuelve con la reducción de la cota de cimentación del último cajón del muelle a -18 metros.

Por último, sugiere concluir el ensayo sobre buques portacontenedores pequeños para asegurar la operatividad de la terminal para una flota lo más amplia posible de portacontenedores. Recomendaciones que la Autoridad Portuaria de Valencia incorporará al proyecto en las próximas semanas.

No es necesaria una nueva DIA

Por otro lado, la memoria del proyecto concluye que las distintas modificaciones introducidas en el proyecto que ha analizado Puertos del Estado respecto al proyecto original evaluado ambientalmente en su día «no tienen efectos sobre el medio ambiente, adicionales a los ya considerados en la citada resolución; por lo que no se dan ninguno de los supuestos establecidos en la letra C (del apartado segundo del artículo 7 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental)«.

Respecto al «incremento significativo de las emisiones a la atmósfera» señala que el proyecto no representa un incremento de emisiones respecto al que tiene DIA favorable.

Sobre el «incremento significativo de los vertidos a cauces públicos o al litoral» indica que «en el caso del proyecto de 2021 los efectos de dispersión y sedimentación resultan prácticamente inapreciables. Por lo que podemos afirmar que no se va a producir un incremento en la dispersión de los materiales finos«.

En este punto, Puertos del Estado añade de forma singularizada que en el proyecto de nueva terminal «no se va a producir un incremento de los materiales finos que afecte a los espacios protegidos ubicados en el entorno del Puerto«.

Otras cuestiones

En relación con el hipotético incremento significativo de la generación de residuos, el anejo incide que «el proyecto propone el máximo aprovechamiento de los materiales resultantes de las demoliciones que deben realizarse, del material procedente de los dragados y de la retirada o desmontaje de las instalaciones ya existentes. Se concluye -por tanto –  que no se producirá un incremento de la generación de residuos«.

Sobre la preocupación por un posible incremento significativo en la utilización de recursos naturales, señala el documento que «la solución planteada en el proyecto bascula, como elemento relevante, sobre la reutilización completa de los materiales procedentes del desmontaje o demolición de las infraestructuras ya existentes, lo que evita la generación de residuos, además de minimizar la necesidad de extraer nuevos recursos naturales para este concepto. Se concluye que no sólo no se produce un incremento significativo en la utilización de recursos naturales, sino que se consigue una disminución en la cantidad de recursos naturales a utilizar«.

Respecto a la posible afección a Espacios Protegidos a la Red Natura 2000, el anejo elimina cualquier duda ya que «se prevé una disminución en la afección a los espacios naturales protegidos con la solución del proyecto constructivo frente a la anterior, que fueron analizado en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA)«.

Finalmente, sobre la afección significativa al patrimonio cultural el mencionado informe es igualmente contundente: «No habrá ninguna variación en la afección al patrimonio cultural distinta a la establecida en el EIA del Proyecto con DIA de 2007. Con el anejo al Proyecto constructivo se recopilan los trabajos realizados en esta materia para cubrir la necesidad de determinar que no se produce afección al Patrimonio Cultural Subacuático de la Comunitat Valenciana«.

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