La presidenta de Cosital Valencia, Vanesa Felip

¿Cómo pueden las cláusulas sociales en la contratación pública ayudar contra la covid?

Hace tres años de la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público (LSCP), una norma que impuso a las entidades locales la obligación de incorporar cláusulas sociales y medioambientales en la contratación. Esta medida puede convertirse ahora en parte de la solución a la crisis derivada de la pandemia. Mediante las cláusulas se puede incentivar a la contratación responsable de personas en riesgo de exclusión social o que padecen algún tipo de diversidad funcional, entre otros aspectos relacionados con la igualdad y el comercio justo.

Sin embargo, pese a que la ley impone la utilización de estas cláusulas, son muchos los ayuntamientos que no disponen de los medios e instrumentos para llevarlo a cabo. “La Ley impone a los consistorios la reserva de un tanto por ciento anual del presupuesto para este tipo de contratación con aquellos sectores más desfavorecidos, y en concreto, con los centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción, pero la carencia de medios impide que puedan hacerlo en muchos de estos municipios”, señalan desde Cosital Valencia.

Explica su presidenta, Vanesa Felip, que “existe intención” por parte de los consistorios de incluir este tipo de cláusulas pero que, entre otros problemas, los Tribunales de Contratación Pública estarían “tumbando” estas iniciativas cuando “no ven un plus diferencial en los contratos que las incluyen”. Un ejemplo de ello, expone Felip, pueden ser los criterios de conciliación laboral. “Como no es demostrable que un empleado que puede llevar a cabo su conciliación familiar y personal trabaje mejor, no se consideran esas cláusulas. No se ve claramente el plus que aporta al contrato”, indica.

Es por ello, apunta la presidenta de Cosital Valencia, que las administraciones están optando por utilizar estas cláusulas “como condiciones especiales de ejecución más que como criterios de adjudicación”. Es decir, se obligaría al adjudicatario del contrato a cumplir con las cláusulas. “El criterio de adjudicación inclina la balanza de adjudicarlo a uno u a otro, sin embargo, la condición especial de ejecución se exige en todo caso”, afirma Felip. Expone, a su vez, que los criterios sociales y medioambientales en la adjudicación de contratos públicos no están siendo decisivos a la hora de elegir entre empresas.

Por otra parte, un segundo problema que se encontrarían los ayuntamientos a la hora de aplicar estas cláusulas es a la hora de verificar su cumplimiento. La Ley de Contratos establece la figura del responsable del contrato, pero no han dado más medios a los consistorios, defiende Felip. “Con el mismo personal tienes que hacer más cosas y al final ese control que es necesario, queda por cubrir”, lamenta la presidenta de Cosital, y advierte que la atribución de nuevas competencias a los entes locales no ha ido acompañada de recursos. Por ello, expone que en el caso de las cláusulas sociales y medioambientales es importante definir cómo se tiene que acreditar su cumplimiento para facilitar su posterior verificación.

En esta línea, Cosital Valencia cuenta con un convenio de colaboración a través del cual facilita la incorporación de cláusulas sociales en los contratos de aquellos ayuntamientos que lo soliciten. A través de la firma del acuerdo, el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital Valencia), ofrece un servicio de estudio y aportación de alternativas en la redacción de las cláusulas sociales que, de modo rápido y sencillo, sirva de apoyo al colegiado o colegiada a la hora de incorporación de las citadas cláusulas y condiciones especiales de ejecución de los contratos del sector público.


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