Confinan a Elda y Petrer y limitan aforos en tiendas, velatorios, terrazas y CComerciales
Los municipios alicantinos de Elda y Petrer pasan a estar confinados desde este sábado y durante catorce días, mientras que también desde mañana en toda la Comunitat Valenciana se limita al 30% el aforo máximo en lugares de culto para reuniones y celebraciones, o al 50% en centros comerciales, en los comercios minoristas y en mercadillos. Así lo recoge el decreto del president de la Generalitat, Ximo Puig, por el que se prorroga, desde este mediodía, siete días más el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, y en el que además se adoptan nuevas medidas para frenar al avance de la pandemia, según publica este viernes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La resolución, que entrará en vigor a las 00.00 horas del 7 de noviembre y tendrá efectos hasta las 23.59 horas del 9 de diciembre, limita el aforo en parques infantiles al aire libre al 50 %, con una distancia de seguridad de metro y medio, y señala que las actividades grupales de ocio infantil y juvenil tendrán un máximo de seis participantes.
Los cines, teatros, auditorios, circos y espacios cerrados similares podrán desarrollar su actividad, con el público sentado y siempre que no se supere el 50 % del aforo, y se recomienda la realización telemática de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos, según la resolución que publica este viernes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La nueva resolución sustituye y deja sin efecto la que se dictó en agosto y que se ha prorrogado varias veces, con las medidas adoptadas por el Consejo Interterritorial de Sanidad, y las de finales de octubre que establecieron medidas concretas para 31 municipios y fijaron un máximo de seis personas paras la reuniones de sedes festeras.
De esta forma, las medidas que estarán vigentes desde este sábado en toda la Comunitat son:
LIMITACIÓN POR SECTORES:
– Velatorios y entierros: máximo de un tercio del aforo, y de 25 personas al aire libre y de 15 en espacios cerrados, sean o no convivientes y siempre que se garantice la distancia de seguridad.
– Ceremonias y celebraciones posteriores en hostelería y restauración: máximo un tercio del aforo y de 25 personas al aire libre y de 15 en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas, siempre que se garantice la distancia.
– Actividades multitudinarias: no se autorizan.
– Actividades festeras tradicionales: no se pueden superar las 6 personas y en ningún caso estarán abiertas al público.
– Parques infantiles recreativos al aire libre, castillos hinchables, toboganes y otros juegos infantiles: limpieza al menos diaria, aforo limitado al 50 %, distancia de seguridad de 1’5 metros excepto convivientes o pertenecientes al mismo grupo. Las actividades grupales tendrán un máximo de 6 participantes.
LOCALES COMERCIALES
– Establecimientos minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales: aforo del 50 %.
– Mercadillos al aire libre: aforo del 50 %. Cuando acabe la actividad, se desinfectarán suelos y superficies.
– Centros comerciales: aforo del 50 % en cada local. No se permite permanecer en las zonas comunes. Cerradas las zonas recreativas como parques infantiles.
– Establecimientos de hostelería y restauración: se suspende la actividad de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, así como la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en establecimientos de restauración y hostelería.
El consumo en el interior del local no podrá superar un tercio del aforo, ni en terrazas el 50 %. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet, ni el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería.
– Hoteles y alojamientos turísticos: aforo de un tercio en zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos. Las personas pertenecientes a distintos grupos de convivencia no podrán pernoctar ni utilizar simultáneamente los servicios colectivos.
BIBLIOTECAS, MUSEOS Y CINES
– Bibliotecas, museos, salas de exposiciones y zoológicos: aforo del 50 % para las actividades.
– Cines, teatros, auditorios, circos y espacios cerrados similares: 50 % del aforo, se prohíbe comer y beber en el interior de las salas y las entradas han de ser numeradas y los asientos preasignados, con identificación de las personas que los ocupen. No se permiten los espectáculos itinerantes donde público y espectáculo se mueven a la vez.
CONGRESOS Y REUNIONES DE NEGOCIO
– Se recomienda la realización telemática de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos.
– Si son presenciales, aforo máximo del 50 % en los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos e instituciones feriales. No se autorizan servicios de hostelería ni restauración.
OTROS ESTABLECIMIENTOS
– Locales de juego y apuestas: un tercio del aforo y máximo de seis personas por mesa.
– Piscinas recreativas: un tercio de aforo si son cerradas y del 50 % al aire libre. No se pueden usar las duchas.
– Autoescuelas y academias: 50 % de aforo.
ACTIVIDAD DEPORTIVA NO PROFESIONAL
– Se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas en instalaciones abiertas, y un máximo de 20 en instalaciones cerradas, sin contacto físico, con distancia de seguridad y un tercio del aforo.
– Acontecimientos deportivos en instalaciones o en la vía pública: sin público.
TABACO Y CRIBADOS
– No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de al menos dos metros. Se incluyen cigarrillos electrónicos o vapeo.
– Cribados con PCR en grupos específicos: en caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas.
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