Miércoles, 01 de Mayo de 2024
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El Consell aplaza la recaudación de 137M en Donaciones, Sucesiones,Transmisiones y AJD

El Consell aplaza la recaudación de 137M en Donaciones, Sucesiones,Transmisiones y AJD

Las medidas de carácter tributario que ha aprobado el Consell para hacer frente al impacto del coronavirus y que ya vienen recogidas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) de este lunes, supondrán aplazar la recaudación de unos 137 millones de euros de los impuestos cedidos por cada mes que dure el estado de alarma.

Y es que, entre las medidas propuestas y consensuadas tanto por la Dirección General de Tributos y Juego como por la Agència Tributaria Valenciana (ATV) y aprobadas por el Consell, figura la ampliación del plazo para la presentación y pago de las autoliquidaciones de los impuestos sobre Sucesiones, Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, además de Tributos del Juego.

El DOGV recoge que este periodo de presentación y pago se incrementará un mes «desde el día en que se declare el fin de la vigencia del estado de alarma», al igual que en el caso de los tributos sobre el juego que hayan finalizado durante este periodo de estado de alarma. Además el decreto establece que, en caso de que el mes de prórroga finalice en un día inhábil, este se ampliaría hasta la siguiente jornada hábil.

Si nos basamos en los datos publicados por este medio el pasado mes de febrero relativos a estos tributos en 2019 y tomamos como referencia el derecho reconocido, que es la realidad tributaria del año, que bien puede estar ingresada (recaudada) o pendiente de ingreso (aplazada o fraccionada, por ejemplo), vemos como en Sucesiones y Donaciones a lo largo de 2019 se generaron derechos de recaudación por 280 millones; en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por 1.211 millones y 159M más en Juego, en total unos 1.650 millones (de este cuadro hemos restado Patrimonio que no viene recogido en el DOGV), y dividido entre doce, para detallar qué cantidad pospondrá el Consell por cada mes que se extienda el confinamiento. Unos 137 millones de euros.

No obstante, la directora general de la ATV, Sonia Díaz, ha concretado a este medio que se posibilita la ampliación de presentación y pago de estos tributos, pero ello no significa que todos los contribuyentes vayan a acogerse a esa medida, pues existen ciertos contribuyentes que sí necesitan realizar esa operativa:

«Por ejemplo, si un contribuyente necesita movilizar cuentas bancarias de una herencia, o presenta y autoliquida el impuesto o no lo podrá hacer, o por ejemplo en una compra-venta si el bien no se registra, el contribuyente no podrá disponer de él y para ello, ha de presentar el impuesto y pagarlo. Por ello, a pesar de esta moratoria o dilación, habrá contribuyentes que sí que continuarán presentando de forma telemática estas autoliquidaciones«, opina Díaz.

De este modo, la directora de la ATV estima que, casi la mitad de los contribuyentes están utilizando estos días los medios electrónicos sin acogerse a la medida «de hecho, me consta que hay contribuyentes interesándose actualmente por los procesos telemáticos para poder presentar el impuesto, pagarlo y continuar con su tramitación habitual» y sobre todo teniendo en cuenta la incertidumbre generada -pues el decreto de estado de alarma del Gobierno, dejaba claro que no se interrumpían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias-.

En cuanto a las otras dos medidas relativas a tributos aprobadas por el Consell, hacen referencia, por un lado, a la bonificación del tributo sobre los juegos de suerte, envite o azar, en la modalidad de explotación de máquinas y aparatos automáticos (durante el periodo que dure el estado de alarma); y por otro, a la eliminación del requisito de presentar obligatoriamente la autoliquidación del modelo 600 de Transmisiones Patrimoniales para poder aprovecharse de la deducción por arrendamiento en Renta.

Es decir, se suprime, con efectos del 1 de enero de 2019, la obligación del arrendatario de tener que presentar la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para obtener la deducción autonómica en la declaración de la renta por arrendamiento de la vivienda habitual. A partir de ahora, los ciudadanos podrán beneficiarse de la deducción sin tener que presentar obligatoriamente esa autoliquidación.

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