Viernes, 26 de Abril de 2024
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Los administradores concursales apuestan por la autorregulación hasta la nueva ley

Los administradores concursales apuestan por la autorregulación hasta la nueva ley

Fruto de los esfuerzos por «dignificar» la labor de estos encargados de procesos de reestructuración, concursos de acreedores y segundas oportunidades, la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac) ha presentado el primer Código de Buenas Prácticas, una iniciativa «pionera» que busca dar «transparencia» al sector.

En declaraciones a Efe, su autora, Marta Flores, destaca como principales influencias el Código Ético de la Insolvencia, vigente en el Reino Unido, y los principios de los administradores alemanes, en cuya ley concursal – la Insolvenzordung- , está basada la española.

Con el interés del concurso como hilo conductor, la obra plasma los deberes de estos profesionales, algunos de los cuales son «sólo programáticos», ya que el devenir de los procedimientos no depende únicamente de ellos, sino también de la propia carga de trabajo del juzgado. El documento es, en su opinión, un intento atemporal con el que salvar la «trayectoria hasta ahora inestable» de la legislación, motivo por el cual no incorpora referencias a artículos concretos.

El colectivo se prepara para afrontar las novedades que introduce la última directiva europea en materia de insolvencia sitúan a los Estados ante un punto de inflexión en el que mejorar su relación con los administradores concursales, un colectivo que aspira a ser parte de los futuros cambios normativos gracias a su profesionalización.

En su artículo 25, la propuesta del Parlamento Europeo dispone que los países miembros deben «fomentar la formación inicial y complementaria», así como el establecimiento de códigos de conducta que, en el caso de España, ya han empezado a ver la luz.

Autorregulación frente a un largo proceso de habilitación

En cualquier caso, este colectivo profesional se enfrenta un periodo de cambios a un medio plazo. De hecho, el Gobierno deberá aprobar el texto refundido de la ley concursal, que pasará de 242 artículos a 751 al apostar por preceptos más cortos. Entre las principales modificaciones, señala el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, José Amérigo, se encuentra la división en libros, el primero, compuesto de 14 títulos, relacionado con los concursos de acreedores.

Tras éste, se desarrollarían las instituciones preconcursales, regulando aspectos como las comunicaciones y los acuerdos de financiación, en tanto que el tercero haría alusión a las normas de derecho internacional privado.

Esta estructura, sostiene Amérigo, «facilita la transposición de la directiva europea», la cual incide en las situaciones de preconcurso, los mecanismos de segunda oportunidad y en la figura del administrador concursal, de su despacho y su equipo. No obstante, para que el cambio surta efecto deberá ser avalado en los próximos ocho meses, plazo que podría ampliarse ya que las habilitaciones para aprobar este tipo de textos quedan suspendidas con un Gobierno en funciones.

Mientras tanto, el presidente de Aspac, Diego Comendador, anima a adoptar los instrumentos de autorregulación que establece un Código voluntario que «no pretende sustituir el buen criterio del legislador, sino adoptar una actitud proactiva en búsqueda del beneficio de deudores, acreedores y órganos jurisdiccionales». Y es que, dada su naturaleza, aspira a mantener su validez «en el tiempo«, impulsado por el criterio de magistrados, e incluso órganos internacionales, con un objetivo fundamental, el de acabar con los mitos de esta profesión.

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