Viernes, 26 de Abril de 2024
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Las corredurías de seguros, en la encrucijada legal y tecnológica ( I )

Las corredurías de seguros, en la encrucijada legal y tecnológica ( I )

El valenciano Maciste Argente llegó al sector asegurador antes de haber cumplido los veinte años. Trabajó en una compañía durante una década hasta que decidió constituir la sociedad Argente Correduría, activa más de 30 años. A finales de los 2000 se vinculó a organizaciones sectoriales y tras presidir una asociación autonómica –Aprocose-, fue elegido en diciembre de 2017 presidente de la Federación de Corredores y Corredurías de Seguros de España (Fecor).

A día de hoy la profesión de corredor de seguros es difícil de perfilar. El presidente de Fecor es consciente de ello: «Si hiciésemos una encuesta y preguntáramos a las personas qué es un corredor de seguros, casi nadie lo sabría». Así que, en primer lugar, situemos su figura, atribuciones y función.

Argente define que «un corredor de seguros es un especialista en dos vertientes muy concretas: Riesgos y Seguros. Gran parte de nuestro cometido profesional es detectar los riesgos en nuestros clientes, no importa si es una empresa, un autónomo o un particular. Es decir, cualquiera tiene el riesgo inminente, que todos tenemos en la cabeza, de incendio o de robo; pero también está el de responsabilidad civil, de responsabilidad profesional, o de lucro cesante en el caso de que se tenga un siniestro».

Por otra parte, «una vez se han identificado los riesgos, se diseña la cobertura en lo que se denomina un programa de seguros. En base a sus características y a un análisis profesional, entendemos que se necesita una póliza de daños con unas garantías determinadas, una cobertura de responsabilidad civil bajo esas garantías, un seguro de crédito, etc. Se le hace una propuesta y una vez aceptada, salimos al mercado. Dicho de otro modo, cogemos ese mapa de riesgos y acudimos a las compañías del mercado para solicitar y negociar los términos de su cobertura».

En resumen, el corredor asesora y media entre el cliente y la compañía. ¿Y quién le paga? «La vigente ley ofrece dos alternativas: cobrar comisiones por parte de la compañía o cobrar honorarios por parte del cliente. Si se opta por la segunda opción, se debe informar adecuadamente al cliente y emitir las correspondientes facturas. Pero esto es casi inexistente. El 99% del sector cobra mediante comisiones, porque es un sistema que funciona perfectamente, está asumido, y no crea ningún problema, ya que cuando hay que exigir que la compañía cumpla lo establecido en póliza si ocurre un siniestro, se puede hacer en total libertad y sin cortapisas».

Aunque hasta aquí parezca claro cuál es el papel y el nicho de mercado del corredor de seguros, si uno se para a pensar un poco, no le tardarán en venir a la mente poderosas campañas publicitarias que se emiten a lo largo de todo el año. Ahí, de nuevo, se nos resbala entre las manos su función profesional.

«Hay compañías aseguradoras que acceden directamente al mercado en busca de clientes. Los corredores no somos el único canal. Somos uno de los más importantes y el único que ofrece asesoramiento desde la más absoluta independencia .  Por otro lado, están los agentes exclusivos, con contrato mercantil con las compañías, bajo su disciplina, y su obligación es vender. A todos los efectos, son como sus tentáculos. Tal y como recoge la ley, su función es representar a la compañía ante el cliente».

En la actualidad, en España existen unas 5.000 corredurías de seguros, empresas homologadas que generan empleo.

corredurías

Maciste Argente en el Primer encuentro Fecor, que tuvo lugar en Madrid en septiembre de 2018. | E3

«La Ley pone al lobo a vigilar del rebaño»

En los próximos meses va a cambiar la Ley de Distribución de Seguros que está en vigor desde 2006. En el marco legal vigente, existen tres figuras de distribución: el agente de seguros exclusivo, el agente de seguros vinculado, y el operador de banca de seguros (en adelante, OBS).

El agente vinculado es una figura intermedia entre el agente exclusivo y el corredor. Puede trabajar para más de una entidad, y en ese sentido se asemejaría al corredor, pero sin el status de representatividad del cliente ni la independencia que tiene el corredor, porque asume cuestiones contractuales con cada una de las compañías. Pero ha tenido poco éxito y es una figura muy residual.

El verdadero problema con el que los corredores de seguros cargan desde 2006 es el del OBS, a través del cual las entidades bancarias, además de conceder créditos o hipotecas, también pueden colocar seguros. A todos los efectos, es un agente exclusivo; está vinculado a una compañía, a favor de la cual pone a su disposición todas sus oficinas.

El presidente de Fecor muestra su respeto a la legalidad vigente: «Hay compañeros que opinan que el OBS representa un abuso. Honestamente, no creo que debamos lanzar ese mensaje. Para mí, el problema del OBS es que si al que cuenta con la llave de dar un crédito, también se le da la posibilidad de distribuir seguros, se está lejos de conseguir una verdadera protección del consumidor de seguros garantizando su libertad de elección. Si realmente existe una voluntad de proteger al consumidor, ¿no sería más lógico, como ocurre en otros países -Canadá, por ejemplo- que se prohíba distribuir seguros a las entidades bancarias? No les conceden esa posibilidad a quienes conceden los créditos. No se debería vincular una cosa con otra. La Ley hipotecaria, en tramitación parlamentaria en estos momentos, ayudará un poco pero a mi entender no lo suficiente”.

Entre líneas, se podría intuir que nos encontramos con un caso de intrusismo profesional. Una persona no especializada, como es el empleado de un banco, hace la función de un agente de seguros -que debe cumplir los requisitos que le exija su compañía- y la del corredor, que necesita una formación homologable, además de la posibilidad de crear una empresa y dar empleo.

Sin embargo, Argente aclara que «no hablaría de intrusismo. No es una ilegalidad, y estoy convencido de que procuran cumplir la ley lo mejor que pueden. Pero es la ley la que está mal. Pone al lobo a vigilar el rebaño. Mientras se le permita a quien tiene la capacidad de dar crédito distribuir seguros, algo no funciona».

En estos momentos, se encuentra en trámite parlamentario la Directiva Europea de Distribución de Seguros, de la que se derivará un nuevo marco legislativo para el sector. Visto el panorama, cualquiera puede deducir que viene para que al fin se salga de este estado de ligera confusión de competencias.

Pues…parece todo lo contrario.

(Continuará).

 

 

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