Conozca su valor y aprenda a protegerlos

Conozca su valor y aprenda a protegerlos

Todas las organizaciones cuentan con recursos que les permiten destacar en el mercado. A través de dichos recursos, las empresas consiguen alcanzar sus objetivos con mayor rapidez, calidad o eficiencia en función de cual sea su estrategia o su capacidad. El uso de estos medios se refleja en determinada información, que constituye la esencia de su fortaleza y que, como tal, deberá en ocasiones ser preservada de su divulgación a terceros y competidores, deviniendo en secretos empresariales.

Las nuevas prácticas empresariales han generado una gran exposición de la información que se maneja en la organización. Factores como la globalización, la externalización de un gran número de servicios o la sobreexposición a las nuevas tecnologías de información o comunicación han contribuido a convertir los secretos empresariales en una cuestión sensible y, en ocasiones, hasta crítica.

Cabe preguntarse, en un primer momento, qué entendemos por secreto empresarial. La reciente Directiva 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los secretos comerciales, que está actualmente en transposición en el ordenamiento español a través del Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales, aporta una definición para todos los países de la UE.

Define este concepto como aquella información que reúna los siguientes requisitos:
> Ser secreta en el sentido de no ser, en su conjunto o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, generalmente conocida por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utilice el tipo de información en cuestión, ni fácilmente accesible para estas;
> Tener un valor comercial por su carácter secreto;
> Haber sido objeto de medidas razonables, en las circunstancias del caso, para mantenerla secreta, tomadas por la persona que legítimamente ejerza su control.

La tipología de los secretos empresariales varía mucho según los sectores y las organizaciones. Sin ánimo de ser exhaustivos, podemos clasificar la información que puede considerarse secreta en los siguientes grupos:
> Información Técnica. Se incluyen aquí fórmulas, características técnicas de productos, componentes de productos, diseño de productos, o prototipos de éstos últimos.
> Información Comercial. Compuesta, entre otros, por listados de proveedores y de clientes, planes de lanzamiento de productos, investigaciones, o cálculos de precios.
> Información Financiera. Comprende, entre otros, balances que no hayan sido publicados, planes vinculados a modificaciones estructurales a llevar a cabo en la organización, o información sobre accionistas.
> Información Organizativa. Vinculada a información sobre trabajadores, salarios o desarrollo de nuevos centros de trabajo.

Por lo que respecta a la regulación aplicable, actualmente, la Ley de Competencia Desleal, en su artículo 13, regula la violación de secretos en el ámbito empresarial, si bien hasta la fecha se ha utilizado con frecuencia el derecho penal, para cumplir una función preventiva y punitiva más propia de la jurisdicción civil o mercantil.

En el ámbito penal, en los artículos 278 y 279 se tipifica la difusión, revelación o cesión de secretos empresariales.

Existencia del secreto empresarial
A través de la interpretación jurisprudencial de estos artículos, se requiere para considerar que exista secreto empresarial:
> Carácter confidencial de la información. Es decir, que la misma no sea pública o de acceso no restringido.
> Carácter exclusivo de la información. Atendiendo a que la información sea propia y particular para la entidad.
> Valor económico de la información.
> Licitud de la información. En cuanto a que la información no infrinja normativa alguna.

Atendiendo a todas estas cuestiones, surge la necesidad de adoptar las siguientes medidas de protección:

Definir con claridad qué información empresarial debe de considerarse secreta. Será necesario concretar de forma precisa aquella información que no queremos que sea conocida por terceros, siempre que aporte valor a la organización.

Señalar qué personas en concreto podrán tener acceso a la información secreta y bajo qué premisas podrán acceder a la misma. Esto permitirá excluir de manera explícita a otros profesionales del acceso a esta información y, por lo tanto, incrementará la protección.

Proteger con las mayores garantías la información. Deberá de fomentarse la protección tanto a través de cláusulas en los contratos que se firmen con trabajadores, colaboradores, proveedores y clientes (en su caso), como por medio de los sistemas de gestión de información existentes o de las herramientas informáticas que se encuentren a disposición del empresario.

> Abordar procedimientos de salvaguarda de la normativa en materia de secreto empresarial debe ser asumido desde las organizaciones como un aspecto esencial dentro del cumplimiento normativo. Para aquellas que cuenten con un modelo adecuado de “compliance”, estas medidas de preservación, tanto de su propia información empresarial, como de aquella información secreta de terceros de la que se haga uso, asegurarán no sólo la competitividad en la organización, sino también la transmisión de una cultura de compromiso con la información como palanca de generación de valor de la compañía que, además y en última instancia, podrá servir de evidencia de legalidad frente a terceros, hasta el punto de garantizar para la organización la exención de una eventual responsabilidad penal.

En definitiva, asegurar la protección de los secretos empresariales va camino de convertirse en un punto crítico para la mayor parte de las organizaciones. La futura Ley de Secretos Empresariales, cuyo Anteproyecto vio la luz el pasado febrero, permitirá que los poseedores de este tipo de información tengan claro el ámbito objetivo y el marco de protección de sus activos, y que cuenten con herramientas efectivas para la tutela de su posición jurídica. No obstante, en una gran parte de las organizaciones empresariales el reto consiste, todavía, en aprender a identificar cuáles son sus secretos, y en enseñar a todo el personal la importancia de la protección de estos.

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