Sábado, 11 de Mayo de 2024
Pulsa ENTER para buscar
autoridad Portuaria de Valencia

MiFID II como oportunidad para el asesor independiente

Director de Desarrollo de Negocio de Buy&Hold Asesores EAFI, socios de la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros (FEBF)

2015-marzo-OPI-FEBFEl espacio europeo, que veía la luz a partir del Tratado de Roma de 1957, experimentó un crecimiento sin precedentes hasta su consolidación mediante el Tratado de la Unión de 1993 y, próximamente, será desde el ámbito de las finanzas que recibirá un nuevo remache a partir de la entrada en vigor, en enero de 2018, de MiFID II, siglas en inglés de la segunda entrega de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros. Básicamente hablamos de una directiva que afecta a todos aquellos agentes clasificados por la realización de servicios y actividades financieras en la Unión Europea. Sobre su aplicación hay que tener en cuenta que, tratándose de una Directiva, esta deberá desarrollarse a través de la ley de cada Estado, a diferencia de un Reglamento que se aplicaría directamente a todos los Estados miembros.

Productos complejos y no complejos
Tras la entrada en vigor de la Directiva MiFID II, los productos financieros serán clasificados como complejos y no complejos. De esta manera, se abre la posibilidad a que el cliente minorista pueda contratar productos no complejos sin la necesidad de un asesor profesional, y se hace necesaria la contratación de asesoramiento cuando se trate de productos identificados como complejos. Estos últimos son considerados demasiado arriesgados para el inversor sin un amplio conocimiento del mercado financiero. A este respecto, queda mucho por hablar aún dado que la asociación entre complejidad y riesgo que se viene haciendo en ciertos foros no es ni mucho menos de una perfecta correlación, existiendo productos muy complejos poco arriesgados y productos que, pese a su sencillez, conllevan un riesgo alto.

El otro aspecto especialmente relevante para la industria del asesoramiento financiero a cliente minorista residente en la Unión Europea es que este será clasificado como independiente o no. Esto básicamente dependerá del abanico de posibilidades que nos ofrezca el asesor y de manera significativa estará relacionado con la relación que exista entre este y la entidad proveedora de los productos financieros. Este aspecto viene considerado en el artículo 24 de la Directiva como conclusión a un razonamiento obvio, un asesor no puede presentarse como independiente si no puede demostrar dicha independencia. Su interés debe ser ganar cuando gane su cliente y no por colocación de producto al cliente final.

Pero la MiFID no es una cosa nueva, se trata de uno de los pilares del Plan de Acción de Servicios Financieros que nace en 1999 a partir del FSAP (Financial Services Action Plan), cuyas 42 medidas están provocando cambios sustanciales en la regulación de los mercados financieros de la UE.

El primer conjunto de normas adoptadas por la UE contribuyó a aumentar la competitividad de los mercados financieros mediante la creación de un mercado único de servicios y actividades de inversión. También garantizaron un mayor grado de protección armonizada para los inversores en instrumentos financieros, como acciones, bonos y derivados. Sin embargo, después de la crisis financiera de 2008 se hizo evidente que se necesitaba un marco regulador más robusto para reforzar aún más la protección de los inversores, abordar el desarrollo de nuevas plataformas y actividades comerciales.

A partir de estas necesidades es como se gesta la Directiva sobre mercados de instrumentos financieros con la aplicación de la Directiva 2004/39/CE. En vigor desde noviembre de 2007, se ha convertido en una piedra angular de la regulación de la UE de los mercados financieros dado que afecta a la prestación de servicios de inversión en instrumentos financieros por parte de bancos y empresas de inversión y al funcionamiento de las bolsas de valores tradicionales y de los centros de negociación alternativos.

Mejorar la transparencia y supervisión
La MiFID II pretende reforzar las actuales normas europeas sobre los mercados de valores garantizando que el comercio organizado tenga lugar en plataformas reguladas, introduciendo reglas sobre la negociación algorítmica y de alta frecuencia. Todo ello para mejorar la transparencia y la supervisión de los mercados financieros, incluidos los mercados de derivados, con el fin de abordar algunas deficiencias en los mercados de derivados de productos básicos y, en definitiva, mejorando la protección de los inversores y las normas de conducta empresarial; así como las condiciones de competencia en la negociación y compensación de instrumentos financieros.

Basándose en las normas ya establecidas, las normas revisadas de la MiFID también refuerzan la protección de los inversores mediante la introducción de requisitos sobre la organización y la conducta de los agentes en estos mercados. En coherencia con ello, MiFIR establece requisitos sobre divulgación al público de los datos sobre la actividad comercial, divulgación de datos de transacciones a los reguladores y supervisores y negociación obligatoria de derivados en lugares organizados. Además de la eliminación de las barreras entre los centros de negociación y los proveedores de servicios de compensación para garantizar una mayor competencia y acciones específicas de supervisión sobre instrumentos financieros y posiciones en derivados.

La fecha de solicitud de MiFID II y MiFIR, prevista inicialmente para el 3 de enero de 2017, se ha ampliado hasta el 3 de enero de 2018 para lo cual hay que echar un vistazo a los últimos datos del Colegio General de Economistas sobre la situación de las Empresas de Asesoramiento Financiero a cierre de 2016 es un buen indicador de su futuro cercano. Así, el número de EAFI (Empresa de Asesoramiento Financiero Independiente), que en 2009 era de 16, ha alcanzado las 160 empresas, pasando de 317 clientes en la primera fecha a casi 6.000 en la actualidad.

Por lo que respecta al patrimonio bajo asesoramiento ha pasado de los 1.400 millones de euros hasta los más de 27.000 millones de euros, con unos ingresos que empezaron en tres millones y ahora se sitúan en torno a los 52. Con estos datos solo podemos que reforzar la convicción de que el asesoramiento independiente cada día es más valorado y solicitado por los inversores en nuestro país.

Perfils UJI
campanya renda Generalitat
Perfils UJI
masteres UMH

Dejar una respuesta