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9 cuestiones legales a tener en cuenta si te haces autónomo

9 cuestiones legales a tener en cuenta si te haces autónomo
Publicado a 17/12/2015 0:00

A continuación, os vamos a detallar algunos aspectos legales que pueden afectar a los autónomos y que es conveniente tener en cuenta antes de comenzar la actividad.

Autónomo o sociedad.

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La primera cuestión que nos plantearemos es si darnos de alta como autónomos o constituir una sociedad mercantil. En este sentido, en primer lugar, es necesario recabar el asesoramiento de un abogado o gestor especialista en estos temas que estudie nuestro caso en concreto. No obstante, a grandes rasgos la constitución de una sociedad es más lenta que el darse de alta como autónomo y además supone mayores costes (aranceles notariales y registrales, aportación al capital social mínimo etc.), pero tiene la ventaja de que nuestro patrimonio personal queda más protegido ante la actividad que desarrollemos.

Qué gastos te puedes deducir.

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En cuanto a los gastos deducibles cuando eres autónomo, las mayores dudas surgen cuando trabajas desde casa. En este sentido una reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sostiene que los autónomos que trabajan desde casa pueden deducirse una parte de los gastos por consumos de luz, agua, calefacción o teléfono, ya que si se permite la afectación parcial de la vivienda a una actividad no se entiende que se excluyan los suministros.

Cuotas de la seguridad social.

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Cuando nos damos de alta en la Seguridad Social como autónomos, tenemos que elegir una base de cotización. La base de cotización mínima supone una cuota de 264 euros al mes, que cubre la prestación por incapacidad temporal por enfermedad común. Pero para tener cobertura en caso de accidentes laborales, enfermedades profesionales o cese de actividad (paro) la cuota aumenta.

En el año 2013 el gobierno aprobó la tarifa plana para autónomos para menores de 30 años. Posteriormente, la tarifa plana se extendió a todos los nuevos autónomos, aunque la duración de la rebaja en la cuota es diferente.

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Alta en Hacienda.

Al comenzar tu actividad como autónomo, deberás darte te alta en Hacienda mediante el modelo 136 o 137. El modelo 136 es el más común, y es fundamental para que puedas darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y para que puedas facturar.

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Qué ocurre si te pones enfermo.

Siempre se dice que los autónomos no enferman y es que si dejan de trabajar dejan de tener ingresos. Un autónomo pueda solicitar un subsidio en los casos de enfermedad, pero para poder solicitarlo es necesario tener cotizado un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores a la solicitud. Este límite no se aplica para los casos de enfermedad profesional o accidente laboral, en los que no se solicita un plazo mínimo de cotización.

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¿Puedes cobrar por el cese de actividad?

Un autónomo que cesa en su actividad puede cobrar un subsidio, pero debe cumplir con determinados requisitos: estar dado de alta en la Seguridad Social y al corriente del pago de las cuotas, cotizar por el cese de actividad, justificar el cese voluntario, no haber alcanzado la edad de jubilación y suscribir el compromiso de actividad.

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¿Respondes con tu patrimonio de las deudas?

Si eres autónomo responderás directamente con tu patrimonio de tus deudas y si estás casado y tienes bienes en común con tu pareja, debes estudiar todas las medidas necesarias para proteger tu patrimonio.

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Ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez ¿Es posible?

Sí es posible siempre y cuando se comunique la situación de pluriactividad a Hacienda y a la Seguridad Social. Podrás tener derecho a determinadas bonificaciones si cumples unos requisitos.

Obligación de inscripción en el Registro Mercantil.

Al contrario de lo que sucede con las sociedades mercantiles, no es precisa la inscripción de los autónomos en el Registro Mercantil. Sin embargo las sociedades mercantiles deben cumplir con todos los requisitos para inscribir tanto la escritura de constitución como las de apoderamiento etc. en el Registro Mercantil.

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