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Calcular indemnización de despido: ¿Cómo hacerlo según el tipo de despido?  

La indemnización por despido es un pago que el empleador debe hacer al trabajador una vez que ha decidido terminar de forma unilateral el contrato de trabajo, por causas que no se ajustan a derecho. Algo importante a tener en cuenta, es que existen dos tipos de despido: el despido procedente y el despido improcedente. El despido procedente es aquel que se ajusta a derecho y que, por tanto, no es susceptible de indemnización. En cambio, el despido improcedente es aquel que se realiza sin justa causa o que no se ajusta a derecho. En cuyo caso se hace necesario calcular la indemnización por despido.

¿Qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?

Cuando se produce el despido de un trabajador hay una serie de factores que se deben tener en cuenta para calcular la indemnización de despido correspondiente. El salario, la antigüedad del trabajador, así como el tipo de despido efectuado, son fundamentales para el cálculo correspondiente. Es importante saber, que cuando el despido es procedente o disciplinario, no genera obligación de indemnización alguna.

Por otro lado, cuando el despido es improcedente y en los casos de despido objetivo, el trabajador tendrá derecho a una indemnización.

Fórmula cálculo indemnización por despido

Lo primero que debemos tener en cuenta, es que no se debe confundir la indemnización por despido con lo que se conoce como finiquito. Ya que la indemnización está reservada solo para los casos ya mencionados de despido improcedente u objetivo. Mientras que el finiquito es un derecho del trabajador sin importar el tipo de despido.

La fórmula para calcular la indemnización por despido es:

Indemnización = Salario diario x Nro. de meses x (Nro. de días de indemnización/12 meses)

Salario diario: se debe calcular el total del salario bruto anual y dividir entre 365 días.

Nro. de meses: corresponde al número de meses trabajados.

Nro. de días de indemnización: este valor va a depender del tipo de despido y debe reflejarse en meses. Para determinarlo, se debe tomar en cuenta la reforma del 12 de febrero de 2012.

Indemnización por despido por causas objetivas

El despido objetivo se define como la decisión unilateral del empleador de dar por terminada la relación laboral, basándose en causas legales. En otras palabras, el despido objetivo no se produce por incumplimiento del trabajador, sino de una serie de causas ajenas de las cuales ni el trabajador ni la empresa son responsables.

Este tipo de despido, por causas objetivas, se encuentra contemplado en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores de España. Ahora, en todos los casos de despido objetivo, el trabajador tiene derecho a acceder a una indemnización. No obstante, la cuantía de esta va a depender de si el despido se califica como procedente o improcedente.

En el caso de que el despido sea calificado como procedente, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de trabajo hasta un máximo de 12 meses. En el caso contrario, el cálculo de la indemnización será el correspondiente a un despido improcedente (explicado en este artículo más adelante).

Indemnización por despido colectivo

Se tiene por despido colectivo o ERE (Expediente de Regulación de Empleo) de extinción, a la decisión unilateral del empleador de dar por terminada la relación laboral existente con un número representativo de trabajadores. Esgrimiendo razones de índole económicas, técnicas, organizativas o de producción. Este tipo de despido se encuentra regulado en el artículo 51 del Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En este caso, el cálculo de la indemnización por despido del trabajador, se realizará de la misma forma que en el caso de despido objetivo. Es decir, que de considerarse procedente, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. Y en caso contrario, se deberá tratar como despido improcedente para su cálculo.

Indemnización por despido improcedente

El despido improcedente es aquel en el que, sin causa legal justificada, el empleador decide dar por terminada unilateralmente la relación laboral. Es importante saber, que la calificación de improcedente del despido solo puede ser otorgada por un juez de un tribunal social, o por la misma empresa.

En el caso de despido improcedente, la indemnización por despido correspondiente, se deberá calcular tomando en cuenta la reforma del 12 de febrero de 2012. Esto es, que antes de la reforma la indemnización por despido improcedente era de 45 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades. Y posterior a la reforma, esta cifra quedó estipulada en 33 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades.

En consecuencia, para calcular la indemnización por despido improcedente se debe tener muy en cuenta el tiempo de servicio. Y si la relación laboral se ha iniciado antes de la reforma del 12 de febrero de 2012, la indemnización, se deberá calcular de forma mixta.

Ejemplo de cálculo de indemnización por despido

Un ejemplo práctico del cálculo de la indemnización por despido objetivo sería:

Juan Pérez fue despedido de su trabajo como técnico en la fábrica XXX el 10 de noviembre del 2022. Su fecha de ingreso a la empresa fue el 15 de enero de 2010, su salario mensual era de 2.000 euros.

Salario diario: 65,75

Número de meses trabajados: 154 meses

Número de días de indemnización: al tratarse de un despido objetivo, será de 20 días entre 12 meses.

Indemnización = Salario diario x Nro. de meses x (Nro. de días de indemnización/12 meses)

Indemnización = 65,75 x 154 x 1,66

I = 16.808,33 euros.

Y como vemos, está por debajo del límite de las 12 mensualidades establecidas por ley. Por lo tanto, le corresponde el pago total de su indemnización.

En el caso de despido improcedente, el primer paso es calcular el tiempo de servicio antes y después de la reforma. Posteriormente, realizar los dos cálculos por separado y totalizarlos. Antes de la reforma 45 días de salario por año y después de la reforma 33 días de salario por año de servicio.

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