Así queda la jubilación activa y parcial tras pactar Sánchez y agentes sociales
El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha alcanzado un acuerdo con los agentes sociales en materia de pensiones que permitirá mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo.
Gobierno e interlocutores sociales –las organizaciones patronales CEOE, ATA y Cepyme y las sindicales CCOO y UGT– han logrado avanzar en la regulación de las modalidades de compatibilidad de trabajo y pensión, en concreto, en lo que se refiere a la jubilación activa y la jubilación parcial.
Con estas medidas, se busca que los trabajadores puedan realizar una salida del mercado de trabajo más progresiva y flexible, en línea con los países de nuestro entorno.
Jubilación activa
En cuanto a la jubilación activa, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore (de manera que cada año de demora en la jubilación activa, incrementará el % a aplicar en el percibo de la pensión).
Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial, se establece ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista: su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo en un puesto no amortizable.
Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera, se va a prorrogar el marco actual hasta 2029 incluido. Esta prórroga incluye algunos ajustes para mejorar las condiciones del trabajador relevista y el diseño de una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en cuanto a la organización de la jornada del relevista y del pensionista.
Asimismo, se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.
Estas medidas completan el proceso de reformas iniciado en 2021 que buscaban acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal y establecían un nuevo abanico de opciones para el trabajador de cara a la jubilación.
Novedades Autónomos
En el caso de los autónomos, tanto societarios como persona física, tampoco será necesaria la carrera completa de cotización y alcanzar el 100% de la base reguladora para acceder a la jubilación activa.
Cada 12 meses de jubilación activa tras la edad legal de jubilación se incrementará en 5 puntos porcentuales la pensión que podrá compatibilizarse con la actividad por cuenta propia.
El primer año de jubilación activa los autónomos cobrarán un 45% de pensión; e irá incrementándose cinco puntos porcentuales cada año. Esta es una de las novedades, pues hasta la fecha los autónomos cobraban un 50% que se mantenía a lo largo del tiempo siempre que estuvieran en jubilación activa. De este modo, en 6 años más, se puede llegar a un 75% de la jubilación y en once alcanzar el 100%, tal y como ha detallado Lorenzo Amor, presidente de ATA.
Si en lugar de acceder a la jubilación activa el primer año que el autónomo tenga derecho, lo hace en el segundo, la iniciará con el 55% de la pensión; en el caso del tercero con el 65%; el cuarto, el 80% y si se retrasa al quinto, cumplida la edad legal, será del 100%.
Para los autónomos que mantengan o creen empleo en contrato indefinido en lugar del 45% se aplicará el 75% y también se incrementará 5 puntos porcentuales cada 12 meses.
Incapacidad temporal
También se ha logrado un punto de acuerdo en la negociación sobre el desarrollo de lo pactado en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), en relación con la implicación de las Mutuas en la IT, a la hora de colaborar con los Servicios Público de Salud, en la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen traumatológico. Eso sí, esto siempre estará sujeto a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos.
Además, los agentes sociales y el Gobierno han avanzado en abrir una línea de trabajo que permita hacer un seguimiento de indicadores de IT, de acuerdo con lo establecido en el AENC, con la constitución de una comisión de control para el seguimiento y control de estos convenios y el análisis de la evolución de la Incapacidad Temporal.
Coeficientes reductores de la edad de jubilación
En la línea de fijar una regulación más flexible en función de las circunstancias de cada ocupación o trabajador, otro de los aspectos sobre los que se ha avanzado es el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas.
Esta nueva regulación se determinarán las circunstancias objetivas, que permiten establecer coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación, como puedan ser: la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.
Mejoras para los trabajadores fijos discontinuos
El acuerdo incluye mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
Luz verde
Todas las partes se han felicitado con este acuerdo. Cree la patronal que este nuevo marco en materia de jubilación parcial, jubilación activa, jubilación flexible o la prevista para las actividades consideradas penosas, peligrosas o tóxicas se adecúa a los requerimientos actuales de la economía española y de las empresas.
Considera que el acuerdo también prioriza la protección de la salud de los trabajadores, al impulsar la colaboración de las mutuas con los servicios públicos de salud, en línea con lo ya pactado en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).
La patronal ha ratificado el valor del diálogo social como instrumento clave para lograr acuerdos estables, amplios y duraderos en el tiempo, en beneficio del conjunto de los ciudadanos.