Viernes, 26 de Abril de 2024
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¿Cuándo se deflactará la tarifa del IRPF?

¿Cuándo se deflactará la tarifa del IRPF?
Miguel Ángel Molina Martínez, Socio Área Fiscal en Tomarial

No cabe duda de que en los últimos años hemos asistido a una serie de acontecimientos importantes para nuestra sociedad y, por ende, para la historia de España. Desde la crisis financiera del 2008, pasando por el conflicto catalán o la aparición de nuevas formaciones políticas que modificaron el tablero político, hasta la más reciente crisis sanitaria y económica originada por la pandemia de covid-19.

Tras ello, cuando todos los indicadores apuntaban en la misma dirección, llegaron la escasez de materias primas, huelga de transporte, incremento de precios de bienes de primera necesidad, subida inédita de la luz y combustible y, para ‘rematar’, la guerra en Ucrania, que ha derivado en un ajuste adicional al alza de los citados suministros y, por tanto, de la temida inflación.

Por todo esto, ajustar los impuestos a la inflación –lo que se conoce como deflactar-; en concreto, con relación a los tributos que tienen tipos progresivos, como es el IRPF, es una cuestión de rabiosa actualidad político-económica-financiera y, en opinión del que suscribe, de ‘imperiosa’ necesidad.

«Deflactar es una cuestión de rabiosa actualidad político-económica-financiera»

El objetivo de deflactar las tarifas del impuesto es corregir la mayor tributación proporcional de las rentas, actualizadas nominalmente por causa de la inflación, al llevarlas a las tarifas del IRPF para determinar las cuotas estatal y autonómica, porque se produce el paso a tramos con tipos superiores, resultando un tipo medio más elevado sin que ello tenga causa en una mayor renta real.

Según información estadística, la inflación del 2021 en España se situó en el 6,5% y, en abril del 2022, en el 8,4%. No cabe duda que supone un duro ‘golpe’ para los bolsillos de los contribuyentes y las medidas para remediarlo pueden ser ‘perniciosas’.

La situación ‘perniciosa’ se produce cuando, en un escenario de elevada inflación, se incrementa el salario para adecuar el mismo a la inflación y dicho aumento origina el saltar de tramo del IRPF y tener que pagar más a la Hacienda pública, aunque en la práctica el poder adquisitivo se ha visto realmente afectado pero a la baja. Con la deflactación se podría evitar el citado aumento de tramo cuando sube la renta nominal y no la real.

Ejemplo para el sueldo de un trabajador

Lo dicho hasta aquí podemos verlo mejor con el ejemplo de un empleado soltero y sin hijos que en 2021 tenía un sueldo bruto de 22.000 euros -el mínimo para estar obligado a presentar la declaración si se cobra solo de un pagador-. Y en 2022 recibe una subida salarial de un 1,5%, pasando a ganar 22.330 euros.

  • Tramos del IRPF sin deflactar. En caso de que las tarifas del impuesto permanezcan con los actuales límites, tendría que pagar 2.861,89 euros, cuando si no le hubieran subido (por 22.000 euros brutos) pagaría 2.787,72 euros.
  • Tarifas deflactadas. Si se suben los tramos en función del incremento salarial, por ejemplo del 1,5% medio en 2021, habría pagado 2.852,55 euros; es decir: 9,34 euros menos. Si la subida hubiera sido del 3% y la deflactación al mismo porcentaje, la diferencia alcanzaría el doble: 18,67 euros. En el caso de un trabajador que ganaba 50.000 euros en 2021 y al que le suben el 1,5%, el sueldo bruto pasa a ser de 50.750 euros. El efecto de no deflactar la tarifa al 1,5% es de 64,48 euros. Si la subida fuera al 3%, el efecto de no deflactar a ese porcentaje sería el doble: 128,96 euros.

También es verdad que la deflactación de las tarifas no puede solucionar la pérdida de poder adquisitivo de las rentas salariales, empresariales y del capital. Únicamente puede evitar la injusta progresividad en frío. No obstante, existen otro tipo de parámetros del impuesto que deberían ajustarse con arreglo a la inflación, como son los mínimos personales y familiares, así como los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo. Ello supondría un alivio para los ciudadanos que no han tenido un incremento de salario.

«No hemos de preguntarnos si debería haber o no deflactación, sino cuándo la habrá»

A título corolario, la deflactación supone una herramienta para esquivar los efectos perniciosos de la situación inflacionista actual, por lo que no debe ser una opción sino una obligación para nuestros gobernantes. Por eso no hemos de preguntarnos si debería haber o no deflactación, sino cuándo la habrá.

Sobre el autor

Miguel Ángel Molina Martínez. Socio del Área Fiscal desde 2017. Licenciado en Derecho por la Universitat de València y Máster financiero y tributario en Asesoría Fiscal por la Hacienda Pública. Es experto en operaciones de reestructuración, comprobaciones fiscales, recursos ante la administración tributaria y fiscalidad de empresa.

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