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El dineral que se juegan los grandes bancos tras la extinción de los ‘mariachis’

Durante las últimas semanas un auténtico terremoto ha sacudido el sector financiero en nuestro país. La reciente aprobación de una nueva ley fiscal, con la que se pretende combatir el fraude en las sociedades de inversión, ha generado un gran revuelo en la comunidad inversora. Y si hablamos de agitación, en el ámbito de los mercados, las sicav no podían faltar a su habitual cita con la controversia. De hecho, esta nueva enmienda legal afecta, principalmente, a este tipo de sociedades.

En Economía 3 realizamos una breve síntesis sobre las sicav y la transformación legal que han experimentado. Finalmente, desglosaremos las posibles consecuencias que pueden tener los nuevos requisitos jurídicos en una modalidad de inversión que mueve en España miles de millones cada año.

El dineral que se juegan los grandes bancos tras la extinción de los ‘mariachis’

Mercados de capitales. Bolsa. Financiación.

¿Qué es una SICAV? ¿Qué modificaciones recoge esta nueva ley?

Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son instrumentos de inversión colectiva que mediante la adquisición de valores mobiliarios -y otros tipos de activos financieros- tienen la finalidad de generar un rendimiento a los que participan en ellas. Es decir, su objeto social es la captación de fondos con el objetivo de invertirlos de la forma más eficiente posible para maximizar, así, la rentabilidad de sus accionistas.

Una de sus ventajas -la cual disparó su popularidad- es su bajo tipo impositivo. De este modo, las sicav pueden tributar en el Impuesto sobre Sociedades al 1 %. Además, hasta el pasado 13 de marzo, los requisitos para su constitución eran notablemente laxos. De ahí la modificación en la ley que regula su creación.

El capital mínimo de estos vehículos de inversión sigue siendo de 2,4 millones de euros. Por otro lado, el número mínimo de accionistas por los que tienen que estar participadas se sigue manteniendo en 100. Sin embargo, es en el capital mínimo exigido que tiene que aportar cada accionista donde radica el cambio legal más significativo. Así, todos los participantes de una sicav deberán aportar, al menos, 2.500 euros.

El capital mínimo de estos vehículos de inversión sigue siendo de 2,4 millones de euros

Este nuevo requisito está siendo la razón principal del alejamiento de gestores e inversores hacia esta modalidad de inversión. De hecho, se espera que varias sicav opten por la disolución y nuevas fórmulas de inversión ante la irrupción de esta exigencia añadida.

No obstante, desde el Ejecutivo aseguran que la única finalidad de la reforma es combatir las irregularidades que sicav presentaban -dado el eco de las críticas que se venían produciendo desde hace ya bastante tiempo-.

Acabar con los ‘mariachis’, la finalidad de la actual ley

El hecho relevante que hay detrás de la revisión de las Sociedades de Inversión de Capital Variable en España ha sido la desregulación que había en relación con la contribución mínima de cada uno de los socios. Así, la mayor parte del valor nominal de la sociedad se concentraba en muy pocas manos, siendo la mayoría de las aportaciones meramente simbólicas.

Es aquí donde aparece el popular término de ‘mariachis’, el cual la reforma legal pretende abolir. Los ‘mariachis’ sonpersonas de paja’ ligadas al principal accionista -bien sea por un vínculo familiar, una estrecha relación laboral, etc.-. Estos accionistas servían de puente para la creación de la sicav, dada la obligatoriedad de estar compuestas por al menos 100 accionistas. Como no podía ser de otro modo, muchos inversores se aprovecharon de esta laguna legal, siendo atraídos por los beneficios fiscales potenciales.

Los ‘mariachis’ sonpersonas de paja’ ligadas al principal accionista

13.000 millones ‘en el aire’

Este nuevo cambio en las reglas del juego está provocando un giro de 180 grados en el panorama financiero. Los grandes bancos -como Santander, Bankinter o BBVA– están tratando de forma desesperada de liquidar los vehículos y dar a sus participantes coberturas con otro tipo de fondos de inversión.

Las nefastas consecuencias -en el peor de los escenarios- se estiman en una masiva fuga de capitales de unos 13.000 millones de euros. Los países mejor colocados para la captación de estos fondos serían Luxemburgo e Irlanda, ya que ambos disfrutan de una exención fiscal total en el porfolio financiero. De nuevo, este cambio de legislación suscita grandes incógnitas y polémicas. La exposición de la renta variable española a las sicav es bastante elevada. Sin embargo, con la nueva regulación esta situación podría cambiar drásticamente.

No obstante, el legislador, para evitar la fuga de dinero al exterior, ofrece una salida ventajosa a los propietarios de estos vehículos. En concreto, si optan por reinvertir en un fondo con formato Ucits (el estándar europeo) el patrimonio acumulado en la sicav no tendrán que tributar por las plusvalías que tengan acumuladas.

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