Viernes, 26 de Abril de 2024
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¿Qué es el modelo 347 y dónde presentarlo?

¿Qué es el modelo 347 y dónde presentarlo?

El modelo 347 de la AEAT, básicamente, es la declaración informativa que deben presentar todas las sociedades (personas jurídicas) y autónomos (físicas). Tanto a privadas como a públicas; las cuales, en el desarrollo de actividades profesionales o empresariales facturan operaciones por un importe anual superior a los 3.005,06 euros.

Actualmente podemos apoyarnos en el uso de la tecnología para agilizar todo ese tipo de declaraciones o demás documentos contables. En este caso vamos a mencionar a Vuzoon. Lo destacaremos entre el resto debido a que es un software muy intuitivo y totalmente gratuito, dirigido a pequeñas y medianas empresas. Si estás teniendo dificultados en las gestiones de tu departamento contable, Vuzoon te sacará de muchos aprietos.

¿Cómo y dónde presentar el modelo 347?

El modelo 347 debe presentarse de manera telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Eso, a través de una clave PIN, un certificado digital o un DNI electrónico. Dicho modelo generalmente se estructura en tres páginas:

Resumen de datos

En esta página se debe detallar al declarante, su ejercicio (si se trata de una declaración complementaria o sustitutiva), firma y fecha. En esta misma sección se visualizan las siguientes casillas:

  • Casilla 01. Especifica el número de clientes y proveedores con los cuales el declarante ha realizado transacciones con un importe superior a 3.005,06 euros.
  • Casilla 02. Indica el valor total de las operaciones que se han realizado con los clientes y proveedores de la casilla anterior. Este valor o importe debe incluir el IVA.
  • Casilla 03. Señala el número total de los locales del negocio del declarante en cuestión.
  • Casilla 04. Determina el costo del alquiler de los locales del negocio especificados en la casilla previa. Este importe también debe incluir el IVA.

Relación de declarados

Define los proveedores y clientes con lo que se han realizado transacciones cuyo valor total haya superado los 3.005,06 euros. De cada transacción con terceros se declara el NIF, el nombre o la razón social, la provincia, el tipo de transacción realizada, entre otros.

Relación de inmuebles

En esa página, el objeto de declaración son los establecimientos de negocio alquilados por un coste superior a los 3.005,06 euros. Aquí se especifica el NIF del arrendatario, e nombre comercial y el importe del alquiler o dirección del local en cuestión.

¿Quién tiene obligación de presentar el Modelo 347?

Están en la obligación de presentar el modelo 347 todas las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas que, en desarrollo de actividades profesionales o empresariales, facturen por un importe mayor a los 3.005,06 euros anuales.

De igual manera, deberán presentar el modelo 347 aquellas entidades privadas de carácter social y las comunidades de propietarios por las compras de bienes y servicios. Las cuales, efectúen una actividad cuyo valor haya superado la cantidad fijada. Para esto, podremos excluir el consumo de energía eléctrica, suministros de agua, seguros y combustible.

¿Quiénes están exentos de presentarlo?

  • Quienes estén obligados a llevar los Libros Registro de IVA mediante la sede electrónica de la AEAT a través del Suministro Inmediato de Información.
  • Todos aquellos que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales en España sin tener la sede de su actividad económica en suelo español. También, en el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, sin tener presencia en territorio español.
  • Cuando se haya hecho de manera exclusiva operaciones no sometidas al deber de declaración.
  • Los que no hayan hecho transacciones que, en total, respecto a otra entidad o persona, hayan rebasado la cifra de 3.005.06 euros durante un año. O de 300,51 euros en ese mismo periodo cuando hagan el cobro por cuenta de terceros.
  • Entidades o personas físicas en atribución de rentas en el IRPF y en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la ganadería, agricultura y pesca.
  • Aquellos que tienen obligación de informar sobre las transacciones incluidas en los libros registro del IVA.

¿Qué operaciones se incluyen dentro de la declaración del Modelo 347?

  • Deben incluirse los servicios relacionados con las exportaciones, tanto los prestados como los recibidos.
  • Se deben incluir los servicios prestados a establecidos en las Islas Canarias. Las operaciones que no se incluyen en el modelo 347 son las adquisiciones y entregas de bienes que supongan importaciones o exportaciones. Generalmente, envíos entre territorio peninsular español o las Islas Canarias o las Islas Baleares, Ceuta y Melilla.
  • Montos recibidos en metálico que superen los 6.000 euros. Tanto cuando se perciban luego de la presentación del modelo en las que se introducen las transacciones, como cuando el importe alcanza luego de haber presentado dicho modelo. Estas cuantías se reflejarán en lo que es la declaración que corresponde al año posterior en el que se hubiese realizado el cobro o e hubiera alcanzado el importe señalado.
  • También los anticipos de clientes a proveedores deben anexarse en la declaración anual de operaciones con terceras personas. Luego, cuando la transacción se lleve a cabo, se declarará el importe total de la misma minorada en el valor del anticipo ya declarado. Siempre que el resultado de dicha minoración supere, junto con el restante de operaciones realizadas con la misma entidad o persona, los 3.005,06 euros.

Plazo de presentación del Modelo 347

La Agencia Tributaria ha establecido el mes de febrero de cada año como fecha límite para presentar el modelo 347. Siendo el 28 de febrero la fecha máxima para dicha entrega. Declarando así todas las operaciones relativas al año natural pasado. Cabe resaltar que, si el día del plazo cae festivo o fin de semana (día no hábil) entonces el plazo de entrega del modelo se alargará hasta el próximo día laboral.

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