Ana Mayor de Port Hotels, ‘Premio CaixaBank Hotels&Tourism’ en la CV y Murcia
Redacción E3
El crowdfunding, una de las formas de financiación compartida de proyectos de distinta índole, desde empresariales a culturales o sociales, deja de ser una actividad personal sin regulación gracias al proyecto de Ley aprobado por el Gobierno que pretende regular por primera vez el régimen de funcionamiento de las Plataformas de Financiación Participativa.
Destacan, en la propuesta, los límites cuantitativos en la inversión impuestos a los inversores no acreditados, así como las obligaciones de información y transparencia de las PFP para proteger fundamentalmente a todos los inversores. El proyecto regula la financiación de un proyecto mediante pequeñas, pero múltiples, aportaciones canalizadas a través de una plataforma web.
El proyecto de ley, según informa Broseta, los requisitos que debe presentar una PFP son:
El Proyecto contempla un régimen sancionador que depende de la CNMV. Dicho régimen prevé duras sanciones económicas, consistentes en multas que oscilarían en función del beneficio bruto obtenido o el volumen de negocios neto anual total.
El importe máximo de captación de fondos para el proyecto no podrá superar los 2.000.000 de euros y sólo se podrá solicitar financiación para proyectos europeos.
El Proyecto de ley distingue entre dos tipos de inversores: acreditados y no acreditados. Los inversores acreditados son aquéllos a los que se presume cierta solvencia económica y/o técnica y que aparezcan en una lista tasada en el Proyecto.
Se consideran inversores acreditados:
Los inversores que no figuren en dicha lista tasada tendrán la consideración de inversores no acreditados.
Los inversores acreditados podrán realizar las inversiones que estimen oportunas, sin ningún tipo de limitación de carácter económico o temporal, mientras que los inversores no acreditados no podrán invertir más de 3.000 euros por proyecto publicado en una PFP ni más de 10.000 euros en proyectos publicados en una misma PFP en un periodo de 12 meses. Todo ello pretende que el inversor no acreditado sea consciente del riesgo que supone la inversión.
Las plataformas actualmente operativas deberán adecuarse a la normativa vigente cuando entre en vigor la norma, debiendo obtener la autorización de la CNMV para operar e inscribirse en el registro durante un periodo transitorio.
Redacción E3